Comisión Nacional de Comunicaciones

SERVICIOS POSTALES

Resolución 514/97

Inscríbese a Quick Bike S.R.L. en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

Bs. As., 14/5/97

B.O: 21 / 5 / 97

VISTO el expediente N° 1338 del Registro de la ex-COMISION NACIONAL DE CORREOS Y TELEGRAFOS de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que en las presentes actuaciones la firma QUICK BIKE S.R.L. ha solicitado su inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales.

Que en relación a lo peticionado, han sido cumplidas la totalidad de las condiciones exigidas por el artículo 11 del Decreto N° 1187/93 (t.o. 1997).

Que de la documentación aportada puede inferirse que quienes forman parte de los órganos de administración o control de la persona ideal de marras no han sido condenados por los delitos previstos en los artículos 153, 154, 155, 156, 157, 194, 254, 255 y 288 del Código Penal.

Que ha sido presentada la declaración jurada prevista por el artículo 14 del decreto ya referido.

Que asimismo se efectuó el formal cumplimiento a la totalidad de las reglamentaciones normadas por el artículo 1° inciso d) del Decreto N° 115 del 5 de febrero de 1997.

Que la Gerencia de Jurídicos y Normas Regulatorias, en su carácter de Servicio Jurídico Permanente de la COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES, se ha expedido a fojas 52 mediante el Dictamen N° 69232/GJNR/97 y manifiesta no tener objeciones de índole legal que formular.

Que, en consecuencia, procede disponer la inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales a la firma denominada QUICK BIKE S.R.L.

Que esta medida se dicta de conformidad con las facultades contenidas en el artículo 6° inciso d') del Decreto N° 1185/90 y normas concordantes y complementarias.

Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES

RESUELVE:

Artículo 1º.-Declárase que la empresa QUICK BIKE S.R.L. ha cumplido con la totalidad de los requisitos previstos en el Decreto N° 1187/93 (t.o. 1997) para su inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales, por lo que se entiende su calidad de Prestador de Servicios Postales.

Art 2º- Inscríbase a las empresa referida en el Registro Nacional de Prestadores Postales bajo el número CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO (465).

Art. 3º-Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, publíquese y archívese. -Roberto C. Catalán.-Roberto E. Uanini.-Hugo Zothner.- Patricio Feune de Colombi.-Antonio S. Name. -Alberto J. Gabrielli.-Federico N. A. Luján De La Fuente.