Secretaría de Culto

CULTO

Resolución 1136/97

Reconócese a los Oblatos Diocesanos-Instituto Secular-como persona jurídica y entidad de bien público.

Bs. As., 8/5/97

B.O: 21/5/97.

VISTO lo solicitado por los OBLATOS DIOCESANOS-INSTITUTO SECULAR-, y

CONSIDERANDO:

Que los OBLATOS DIOCESANOS-INSTITUTO SECULAR-, es un Instituto de Vida Consagrada y como tal ha acreditado su carácter de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, conforme lo normado por el Código de Derecho Canónico.

Que el solicitante ha cumplido con todos los requisitos la solicitante ha cumplido con todos los exigidos por la normativa vigente, acompañando sus estatutos, constituciones vigentes, decreto de erección y memoria, debidamente aprobados por la autoridad eclesiástica.

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo 1° de la ley 24.483.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO

RESUELVE:

Artículo 1°-Reconócese como persona jurídica a los OBLATOS DIOCESANOS-INSTITUTO SECULAR-, con sede legal en calle Pichincha, número dos mil trescientos sesenta y siete (2367), localidad de San Justo, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y domicilio especial en calle Venezuela, número tres mil setecientos sesenta y siete (3776), CAPITAL FEDERAL, el que queda inscripto bajo el número OCHENTA Y DOS (82) del Registro de Institutos de Vida Consagrada.

Art. 2°-Reconócese a dicho Instituto de Vida Consagrada el carácter de entidad de bien público, a todos los efectos que correspondan.

Art. 3°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -Angel M. Centeno.