Secretaría de Culto

CULTO

Resolución 1143/97

Reconócese a la Congregación Canonesas de la Cruz como persona jurídica y entidad de bien público.

Bs. As., 8/5/97

B.O: 21/5/97

VISTO lo solicitado por la CONGREGACION CANONESAS DE LA CRUZ, y

CONSIDERANDO:

Que la CONGREGACION CANONESAS DE LA CRUZ, es un Instituto de Vida Consagrada de Derecho Pontificio y como tal ha acreditado su carácter de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, conforme lo normado por el Código de Derecho Canónico.

Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos por la normativa vigente, acompañando sus estatutos, constituciones vigentes, decreto de erección, memoria, debidamente aprobados por la autoridad eclesiástica y constancia de su admisión en la REPUBLICA ARGENTINA.

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo 1° de la ley 24.483.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO

RESUELVE:

Artículo 1°-Reconócese como persona jurídica a la CONGREGACION CANONESAS DE LA CRUZ, con sede legal en calle CINCUENTA Y TRES (53), número MIL TREINTA Y NUEVE (1039), Ciudad de La Plata, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, y domicilio especial en Avenida Callao, número QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE (569), CAPITAL FEDERAL, la que queda inscripta bajo el número SETENTA Y NUEVE (79) del Registro de Institutos de Vida Consagrada.

Art. 2°-Reconócese a dicho Instituto de Vida Consagrada el carácter de entidad de bien público, a todos los efectos que correspondan.

Art. 3°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Angel M. Centeno.