Secretaría de Culto

CULTO

Resolución 1230/97

Reconócese a la Orden de Agustinos Recoletos como persona jurídica y entidad de bien público.

Bs. As., 13/5/97

B.O.: 23/05/97

VISTO lo solicitado por la ORDEN DE ACUSTINOS RECOLETOS, y

CONSIDERANDO:

Que la ORDEN DE AGUSTINOS RECOLETOS es un Instituto de Vida Consagrada de Derecho Pontificio y como tal ha acreditado su carácter de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, conforme lo normado por el Código de Derecho Canónico.

Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos por la normativa vigente, acompañando sus estatutos, constituciones vigentes, decreto de erección y memoria, debidamente aprobados por la autoridad eclesiástica.

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo 1° de la ley 24.483.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO

RESUELVE:

Artículo 1°-Reconócese como persona jurídica a la ORDEN DE AGUSTINOS RECOLETOS, con sede legal en calle Raúl Scalabrini Ortíz, número MIL SETENTA Y TRES ( 1073), CAPITAL FEDERAL, y domicilio especial en calle Aráoz, número MIL SETENTA Y DOS (1072), CAPITAL FEDERAL la que queda inscripta bajo el número OCHENTA Y CUATRO (84) del Registro de Institutos de Vida Consagrada.

Art. 2°-Reconócese a dicho Instituto de Vida Consagrada el carácter de entidad de bien público, a todos los efectos que correspondan.

Art. 3°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Angel M. Centeno.