Secretaría de Industria, Comercio y Míneria

INDUSTRIA

Resolución 469/97

Apruébase un plan de intercambio compensado presentado por Inacel S.A.

Bs. As.. 20/5/97

B.O: 26 / 5 / 97

VISTO el expediente N° 060-019131/96, del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por el que la firma "INACEL S. A", con domicilio en Uruguay 651, Piso 13, Departamento "A", Capital Federal, solicita la aprobación de un plan de intercambio compensado que proyecta desarrollar como empresa autopartista independiente de la industria automotriz, y

CONSIDERANDO:

Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos de la legislación aplicable.

Que la Subsecretaría de Industria ha evaluado el pedido de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1º de la Resolución ex-S.M e I Nº 190 del 29 de abril de 1996 modificada por la Resolución S.I.C y M. Nº 175 del 26 de setiembre de 1996.

Que la Delegación III de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en virtud de lo establecido en los artículos 6° y 14 del Decreto N° 33 del 15 de enero de 1996 y en el artículo 1° de la Resolución ex-S.M. e I. N° 190 del 29 de abril de 1996, modificada por la Resolución S.I.C. y M. N° 175 del 26 de setiembre de 1996.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA

RESUELVE:

Artículo 1°-Apruébase el plan de intercambio compensado presentado por la firma "INACEL S. A." con domicilio en Uruguay 651, Piso 13, Departamento "A", Capital Federal, con las condiciones que se indican en el Anexo de UNA (1) foja que forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2°-Los derechos y obligaciones emergentes de la solicitud a que se refiere la presente resolución se regirán por el Decreto N° 33 del 15 de enero de 1996, por la Resolución ex-S.M. e I. N° 190 del 29 de abril de 1996, modificada por la Resolución S.I.C. y M. N° 175 del 26 de setiembre de 1996, y por la presente, como así también por los compromisos asumidos por la beneficiaria en el expediente M. E. y O. y S.P. N° 060-019131/96.

Art. 3°-Déjase establecido que a los efectos que hubiere lugar, la firma "INACEL S. A." constituye domicilio especial en Uruguay 651, Piso 13, Departamento "A", Capital Federal, donde serán válidas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se le practiquen, siendo competente para el caso de divergencia o controversia la jurisdicción de la Justicia Nacional en lo Federal de la Capital Federal.

Art. 4°-La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente de su notificación.

Art. 5°-Remítase copia de la presente resolución a la ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS.

Art. 6°-Notifíquese a la interesada.

Art. 7°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Alieto A. Guadagni.

ANEXO A LA RESOLUCION S.I.C. y M. N° 469

Expediente N° 060-019131/96

Empresa: INACEL S. A.

Productos a Exportar:

Posición N.C.M.                       Descripción                          

8507.10.00                            Bateria de arranque                  


Productos a Importar:

Posición N.C.M.                      Descripción                           

8507.10.00                           Batería de arranque                   

3920.10.00                           Separadores de poliéster