PERSONAL MILITAR

Decreto 452/97

Convalídase el desplazamiento en comisión "transitoria" de Personal Militar a la Zona de la Misión de Observadores Militares Ecuador - Perú (MOMEP).

Bs. As., 21/5/97

B.O: 27 / 5 / 97

VISTO lo informado por el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y

CONSIDERANDO:

Que por razones de servicio resultaba conveniente relevar al Personal Militar que se encontraba prestando servicios en la Zona de la Misión de Observadores Militares ECUADOR- PERU (MOMEP).

Que los gastos ocasionados por esta comisión fueron solventados por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que la medida propuesta se dicta en uso de las facultades emergentes del Artículo 99, inciso 12 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1°-Convalidar el desplazamiento en comisión "transitoria" del Teniente Coronel D. Aníbal Gilberto FONSECA (DNI 11.800.323), del Capitán de Fragata D. Carlos José ANZOATEGUI (DNI 10.608.024) y al Vicecomodoro D. Miguel Angel RABIOLO (DNI. 11.086.025), a la Zona de la Misión de Observadores Militares ECUADOR - PERU (MOMEP), a fin de desempeñarse como Observadores Militares, a partir del 3 de agosto de 1996 y por el término de NOVENTA (90) días.

Art. 2°-Convalidar el desplazamiento en comisión transitoria del Coronel D. Raúl Antonio SEVILLANO (DNI 7.792.801), a la Zona de la Misión de Observadores Militares ECUADOR-PERU (MOMEP), a fin de desempeñarse como Oficial de Operaciones en el Cuartel General de la citada Misión, a partir del 17 de agosto de 1996 y por el termino de NOVENTA (90) días.

Art. 3°-Convalidar el desplazamiento en comisión "transitoria" del Sargento Jorge Eduardo Luján FERRER (DNI 16.804.020) a la Zona de la Misión de Observadores Militares ECUADOR - PERU (MOMEP), a partir del 17 de agosto de 1996 y por el término de NOVENTA (90) días.

Art. 4º-Los gastos que demandó la mencionada comisión fueron atendidos con las partidas que asignó el MlNISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO a la Jurisdicción 4524 - ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS.

Art. 5°-Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. - MENEM. - Jorge Dominguez.-Guido Di Tella.