Secretaría de Culto

CULTO

Resolución 1167/97

Reconócese al Monasterio Nuestra Señora de La Paz (Congregación Benedictina de la Santa Cruz del Cono Sur) como persona jurídica y entidad de bien público.

Bs. As., 8/5/97

B.O: 27/5/97

VISTO lo solicitado por el MONASTERIO NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ (CONGREGACION BENEDICTINA DE LA SANTA CRUZ DEL CONO SUR), y

CONSIDERANDO:

Que el MONASTERIO NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ (CONGREGACION BENEDICTINA DE LA SANTA CRUZ DEL CONO SUR), es un Instituto de Vida Consagrada de Derecho Pontificio y como tal ha acreditado su carácter de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, conforme las normas del Código de Derecho Canónico.

Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos por la normativa vigente, acompañando sus estatutos, constituciones vigentes, decreto de erección y constancia de su admisión en la REPUBLICA ARGENTINA, debidamente aprobados por la autoridad eclesiástica.

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo 1° de la Ley 24.483.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO

RESUELVE:

Artículo 1°-Reconócese como persona jurídica al MONASTERIO NUESTRA SEÑORA DE LA PAZ (CONGREGACION BENEDICTINA DE LA SANTA CRUZ DEL CONO SUR), con sede legal en la localidad de San Agustín, PROVINCIA DE CORDOBA, y domicilio especial en calle Villanueva, número NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO (955), CAPITAL FEDERAL, la que queda inscripta bajo el número UNO barra DOS (1/2) del Registro de Institutos de Vida Consagrada.

Art. 2°-Reconócese a dicho Instituto de Vida Consagrada el carácter de entidad de bien público, a todos los efectos que correspondan.

Art. 3° -Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Angel M. Centeno.