INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 785/97

Bs. As., 23/5/97.

B.O: 29 / 5 / 97

VISTO el Expediente N° 2225/96/lNCAA, la Resolución N° 1005/96/lNCAA por la cual se llama a Concurso para la Producción por el sistema de Coparticipación de UNA (1) Película Nacional de Largometraje cuya temática refiera a sucesos de Recreación Histórica Nacional, de conformidad con el régimen previsto por el artículo 52 y siguientes de la Ley N° 17.741 y sus modificatorias; y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 11 de la Resolución N° 1005/96/lNCAA establece la designación de un Jurado propuesto por el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES para la selección de los proyectos del llamado a Concurso para la Producción por el sistema de Coparticipación de UNA (1) Película Nacional de Largometraje, cuya temática refiera a sucesos de Recreación Histórica Nacional.

Que el mencionado Jurado estará integrado por CINCO (5) miembros, los cuales serán: Un Director Cinematográfico, un Guionista, un Productor, un Técnico Cinematográfico y un Historiador, debiéndose nombrar un suplente por cada uno de ellos.

Que el artículo 12 de la citada Resolución, establece el plazo no mayor de CUARENTA Y CINCO (45) días corridos para la elección del proyecto ganador y un suplente.

Que debe dictarse resolución al respecto.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTICULO 1°-Desígnase al Jurado para la selección de los proyectos del llamado a Concurso para la Producción por el sistema de Coparticipación de UNA (1) Película Nacional de Largometraje, cuya temática refiera a sucesos de Recreación Histórica Nacional, el cual estará integrado de la siguiente manera: Como Director Cinematográfico el señor Eduardo CALCAGNO (C.I. N° 3.832.721), como Guionista el señor José MARTINEZ SUAREZ (C. I. N° 2.323.252), como Productor el señor Oscar KRAMER (C. I. N° 3.904.094), como Técnico Cinematográfico el señor Alejandro Arturo PIMENTEL (D.N.I. N° 4.597.249) y como Historiador el señor León Benaros (D.N.I. N° 934.124) (C. I. N° 2.644.653).

ARTICULO 2°-Los integrantes del Jurado del Concurso serán contratados por el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES por el término de CUARENTA Y CINCO (45) días, percibiendo en tal carácter una remuneración equivalente a la de un agente Nivel "B" Grado "0" del SINAPA.

ARTICULO 3°-Los integrantes del mencionado Jurado deberán ajustar su actuación a lo dispuesto por la Resolución N° 1403/96/lNCAA

ARTICULO 4º- La Dirección de Administración deberá disponer de los fondos necesarios para cumplimentar con lo establecido en el artículo precedente.

ARTICULO 5°-Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese.-JULIO MAHARBIZ, Director Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

e. 29/5 N° 187.223 v. 29/5/97