Dirección General Impositiva

OBLIGACIONES DEL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Resolución General 4338/97.

Procedimiento. Recursos de la Seguridad Social. Trabajadores Autónomos. Sistemas de información y control de inscripción y pago de aportes. Resolución General N° 3791, sus modificatorias y complementarias. Su derogación.

Bs. As., 28/5/97.

B.O.: 02/6/97.

VISTO el régimen de información y control de inscripción y pago de aportes, respecto de los trabajadores autónomos, establecido por la Resolución General N° 3791, sus modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que la aplicación de medios informáticos posibilitan determinar y controlar adecuadamente el grado de cumplimiento de sus obligaciones con el Sistema Unico de Seguridad Social.

Que atento a los expuesto, se entiende aconsejable dejar sin efecto el régimen de información y control de inscripción y pago de aportes mencionado en el visto.

Que han tomado la intervención que les compete las Direcciones de Legislación, de Programas y Normas de Fiscalización y Legal y Técnica de los Recursos de la Seguridad Social.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 5° y 7° de la Ley N. 11.683, texto ordenado en 1.978 y sus modificaciones.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR GENERAL A CARGO DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA

RESUELVE:

Artículo 1°-Derógase la Resolución General N° 3791, sus modificaciones y normas complementarias.

Art. 2°-Lo dispuesto en el artículo 1° será de aplicación para los actos, operaciones y gestiones que se realicen a partir del 1 de junio de 1.997, inclusive.

Art. 3°-Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Jorge E. Sandullo.