SERVICIO EXTERIOR

Decisión Administrativa 317/97

Autorízase al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto, a atender el pago del alquiler para vivienda, de los funcionarios y personal que se desempeñen en la Representación Permanente en el Reino de Tailandia.

Bs. As., 4/6/97

B.O: 10/06/97

VISTO lo dispuesto en el artículo 22, inciso e) de la ley 20.957 y lo propuesto por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO en materia de alquiler de viviendas para el personal del Servicio Exterior de la Nación y sus respectivas familias cuando se desempeñen en la Representación Permanente de la República en el REINO DE TAILANDIA, y

CONSIDERANDO:

Que la Representación Permanente de la República destacada en ese país da cuenta de la situación que se plantea debido al elevado costo del valor locativo de los inmuebles, en relación a las retribuciones que se liquidan al personal del Servicio Exterior de la Nación, creando a ese personal una situación de singular gravedad y que de acuerdo a sus alcances puede llegar a impedir la permanencia del mismo en ese destino. Ello toda vez que los cánones locativos superan el VEINTICINCO POR CIENTO (25,00 %) de sus ingresos. Que esa situación es similar a la que diera origen al Decreto N° 1052 del 12 de mayo de 1978, referido al anticipo de las sumas necesarias para atender el pago anticipado de alquileres.

Que para solucionar el problema que plantea la circunstancia expuesta, corresponde autorizar al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, como así también a los distintos organismos del Estado que deban destacar representantes con carácter permanente en ese país, a atender el pago del excedente del VEINTICINCO POR CIENTO (25,00 %) de la retribución que se liquida al personal destinado a la locación de inmuebles para vivienda, con afectación a la partida específica de su presupuesto.

Que se ha expedido favorablemente respecto de la medida propuesta la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 100, Inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

Artículo 1°-Autorízase al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO a atender el pago del alquiler para vivienda, en lo que exceda del VEINTICINCO POR CIENTO (25,00 %) de la retribución que se liquida a los funcionarlos del Servicio Exterior de la Nación y al personal cuyas retribuciones se afecten a su presupuesto, cuando los mismos se desempeñen en la Representación Permanente de la República en el REINO DE TAILANDIA.

Art. 2°-En todos los casos en que se solicite el beneficio previsto en la presente Decisión Administrativa, el titular de la respectiva Representación Diplomática dejará expresa constancia, bajo su responsabilidad, de haber verificado la inexistencia de otros inmuebles con condiciones economices y exigencias contractuales mas favorables que el propuesto y que pudieran ser destinados adecuadamente para el fin perseguido.

Art. 3°-Extiéndese la autorización que se acuerda por la presente Decisión Administrativa, a todos los Organismos del ESTADO NACIONAL que, en razón de sus funciones específicas deban desplazar personal con carácter permanente para desempeñarse en el mencionado país, debiéndose ajustar para ello a las normas que en su texto se determinan.

Art. 4º-El gasto que demande la aplicación de lo dispuesto en la presente Decisión Administrativa se imputara a la partida correspondiente del presupuesto del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y, en su caso, a la similar de cada uno de los Organismos del ESTADO NACIONAL contemplados en el artículo precedente.

Art. 5°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Jorge Rodríguez.-Guido Di Tella.