Secretaría de Culto

CULTO

Resolución 1322/97

Reconócese como persona jurídica y entidad de bien público a la Pia Sociedad de las Hijas de San Pablo (Hermanas Paulinas).

Bs. As., 22/5/97

B.O.: 10/06/97

VISTO lo solicitado por la PIA SOCIEDAD DE LAS HIJAS DE SAN PABLO (HERMANAS PAULINAS), y

CONSIDERANDO:

Que la PIA SOCIEDAD DE LAS HIJAS DE SAN PABLO (HERMANAS PAULINAS) es un Instituto de Vida Consagrada de Derecho Pontificio y como tal ha acreditado su carácter de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, conforme lo normado por el Código de Derecho Canónico.

Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos por la normativa vigente. acompañando sus estatutos, constituciones vigentes, decreto de erección, memoria, y constancia de su admisión en la REPUBLICA ARGENTINA, debidamente aprobados por la autoridad eclesiástica.

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo 1° de la ley 24.483.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO

RESUELVE:

Artículo 1°-Reconócese como persona jurídica a la PIA SOCIEDAD DE LAS HIJAS DE SAN PABLO (HERMANAS PAULINAS), con sede legal y domicilio especial en calle Fray Justo Santa María de Oro, número DOS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES (2353), CAPITAL FEDERAL, la que queda inscripta bajo el número OCHENTA Y CINCO (85) del Registro de Institutos de Vida Consagrada.

Art. 2°-Reconócese a dicho Instituto de Vida Consagrada el carácter de entidad de bien público, a todos los efectos que correspondan.

Art. 3°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese.-Angel M. Centeno.