BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

Comunicación "B" 6156 (27/5/97) Ref: Nuevo Banco de Azul S.A. Revocación de la autorización para funcionar.

B.O. 11/6/97

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. para informarles que esta Institución ha resuelto revocar la autorización para funcionar, acordada al Nuevo Banco de Azul S.A. como banco comercial de acuerdo a lo previsto en el artículo 44, inciso c) de la Ley N° 21.526, con las modificaciones de las Leyes Nros. 24.144 y 24.485.

Asimismo, les informamos que se dispuso comunicar dicha medida al Juzgado comercial competente, tal lo dispuesto en el tercer párrafo del art. 45 de la Ley N° 21.526 con las modificaciones de las Leyes Nros. 24.144 y 24.485.

Por otra parte les señalamos que el Nuevo Banco Industrial de Azul S.A. ha adquirido los activos y asumido los pasivos privilegiados de la entidad revocada. Hasta el 30 de Junio, inclusive, los cheques librados contra cuentas del Nuevo Banco de Azul S.A. serán procesados por las Cámaras Compensadoras con cargo al Nuevo Banco Industrial de Azul S.A.

e. 11/6 N° 188.685 v. 11/6/97