MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACION

Resolución Nº 25.200/97

Expediente Nº 34.379

Bs. As., 23/5/97

B.O: 17/6/97

VISTO las presentes actuaciones relacionadas con la fusión por absorción de "COMPAÑIA DE SEGUROS DE CREDITO SOCIEDAD ANONIMA" por parte de "GENERAL DE FIANZAS Y GARANTIAS SOCIEDAD ANONIMA COMPAÑIA DE SEGUROS", y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 1/ 17, obra la escritura pública Nº 224 del 27- 11 -96, Registro Notarial Nº 887 que transcribe el compromiso previo de fusión, proyectado por los Directorios de las entidades. Asimismo se transcriben las actas de las Asambleas del 14 de junio de 1996 de ambas aseguradoras, que aprueban la fusión por absorción con efecto al 31 de marzo de 1997.

Que a fs. 107/108 la Gerencia Técnica se expide en el sentido de no tener observaciones que efectuar.

Que a fs. 110 se pronuncia la Gerencia de Contro, informando que, del análisis de los estados contables, los intereses de los asegurados se encuentran debidamente amparados.

Que se ha dado cumplimiento a lo preceptuado por los artículos 46 y 47 de la ley Nº 20.091, obrando agregados a fs. 54/57 las constancias de publicaciones de los edictos.

Que a fs. 115, 116 y 118 obran constancias acerca de la inexistencia de oposiciones por parte de los asegurados a la fusión y consecuente cesión de cartera.

Que la Gerencia Jurídica a fs. l19 dictamina que, se han cumplido los requisitos de forma y de fondo, que hacen procedente prestar conformidad al tramite instrumentado en autos.

Que el artículo 46,47 y 67 inciso "e" de la Ley Nº 20.091, confiere atribuciones a este Organismo para dictar esta Resolución.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SEGUROS

RESUELVE:

ARTICULO 1º-Conformar la fusión por absorción de "COMPAÑIA DE SEGUROS DE CREDITO SOCIEDAD ANONIMA" por parte de "GENERAL DE FIANZAS Y GARANTIAS SOCIEDAD ANONIMA COMPAÑIA DE SEGUROS" con efecto al 31 de marzo de 1996, dispuesta por las Asambleas Extraordinarias de ambas entidades, celebradas el 14 de junio de 1996.

ARTICULO 2º-Revocar la autorización para operar en seguros que se le confiriera a "COMPAÑIA DE SEGUROS DE CREDITO SOCIEDAD ANONIMA" por Resolución Nº 23.460, del 30/8/94, inscripta en el Registro de Entidades de Seguros bajo el Nº 538 e inscripta en el Registro Público de Comercio de la Capital Federal el bajo el Nº 9051 Libro 115 Libro A de Sociedades Anónimas.

ARTICULO 3º-Conformar el aumento de capital de "GENERAL DE FIANZAS Y GARANTIAS SOCIEDAD ANONIMA COMPAÑIA DE SEGUROS" a $ 775.000 resuelto por la Asamblea Extraordinaria celebrada el 14 de junio de 1996.

ARTICULO 4º-Agregar copias certificadas de la presente Resolución en los expedientes Nos. 26.552 y 29.026 de "GENERAL DE FIANZAS Y GARANTIAS SOCIEDAD ANONIMA COMPAÑIA DE SEGUROS" y "COMPAÑIA DE SEGUROS DE CREDITO SOCIEDAD ANONIMA", respectivamente.

ARTICULO 5º-Dar intervención a la Inspección General de Justicia a los fines de que proceda a inscribir la presente en el Registro Público de Comercio.

ARTICULO 6º-Regístrese, notifíquese a las interesadas, tómese razón en el Registro de Entidades de Seguros y publíquese en el Boletín Oficial.-Dr. CLAUDIO O. MORONI. Superintendente de Seguros.

e. 17/6 Nº 189. 100 v. 17/6/97