Decreto 537/97
Bs.As., 11/6/97
B.O: 18/6/97
POR TANTO:
Téngase por Ley de la Nación Nº 24.824, cumplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -MENEM.-Jorge A. Rodríguez.-Susana B. Decibe.