Secretaría de Industria, Comercio y Minería
IMPORTACIONES
Resolución 550/97
Otórgase el beneficio establecido por la Resolución Nº 502/95-MEYOSP para la importación de bienes integrantes de un proyecto presentado por Miller Varco Pruden S.A.
Bs. As., 13/6/97
B.O.: 19/06/97
VISTO el Expediente Nº 061 -000727/96 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y
CONSIDERANDO:
Que la firma MILLER VARCO PRUDEN S.A., ha solicitado los beneficios establecidos en el Régimen de "Proyectos para la Instalación de Nuevas Plantas Industriales" conforme la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 502/ 95 para la importación de equipamiento destinado a una nueva planta de fabricación, comercialización y montaje de estructuras metálicas para edificios, a ser instalada en Ruta 2 y 520 -Abasto- Parque Industrial La Plata, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.
Que la mencionada planta estará integrada por UNA (1) línea de producción autónoma y completa a ser provista bajo la modalidad Llave en Mano, por VARCO PRUDEN BUILDINGS - A UNITED DOMINION COMPANY de los ESTADOS UNIDOS DE AMERICA.
Que la firma MILLER VARCO PRUDEN S.A. ha adquirido un compromiso para la obtención de una certificación de calidad según la norma IRAM/IACC/ISO 9002.
Que, asimismo, se cuenta con un informe favorable emitido por la ESCUELA SUPERIOR TECNICA DE ENSEÑANZA DEL EJERCITO ARGENTINO GRAL. DIV. MANUEL N SAVIO, quien manifestó que el proyecto responde a lo previsto en la reglamentación vigente.
Que del análisis efectuado surge que la planta a importar encuadra dentro de los objetivos fijados por la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 502/95 y que se ha dado cumplimiento con los requisitos establecidos por la Resolución ex- S.C. e I. Nº 318/95.
Que el Servicio Jurídico Permanente ha tomado la Intervención que le compete opinando que la medida propuesta resulta legalmente viable.
Que la presente se dicta conforme a lo previsto por el Artículo 6º de la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 502 del 7 de noviembre de 1995 y el Decreto Nº 1450 del 12 de diciembre de 1996.
Por ello,
EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA
RESUELVE:
Artículo 1º-Considérase sujeta al beneficio establecido por los Artículos 2º y 8º de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 502/95 la importación de bienes integrantes del proyecto presentado por la firma MILLER VARCO PRUDEN S.A. consistente en una planta para la fabricación, comercialización y montaje de estructuras metálicas para edificios, cuya descripción de bienes se detalla en el Anexo I que en DOS (2) planillas forma parte integrante de la presente resolución.
Art. 2º-Atento a lo requerido por el Artículo 5º del inciso a) de la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 502/95, la firma deberá dar cumplimiento en el plazo establecido en el Artículo 12 de la Resolución ex-S.C. e I. Nº 318/95 para la presentación del correspondiente certificado de norma internacional de calidad.
Art. 3º-El incumplimiento por parte de la beneficiaria de los objetivos establecidos en el proyecto de inversión para la mencionada planta y/o de los límites para importación de repuestos estipulados en el Artículo 2º de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 502/95 y/o de la presentación del certificado de norma internacional de calidad, dará lugar a la aplicación del Artículo 13 de la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 502/95.
Art. 4º-A través de la DIRECCION DE PROMOCION DE LAS EXPORTACIONES dependiente de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR notifíquese a la interesada.
Art.5º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -Alieto A. Guadagni.
ANEXO I A LA RESOLUCION Nº 550
BIENES INTEGRANTES DE "PROYECTOS PARA LA INSTALACION DE NUEVAS PLANTAS INDUSTRIALES" CON DESTINO A UNA PLANTA PARA LA FABRICACION DE ESTRUCTURAS METALICAS PARA EDIFICIOS.
SUBPARTIDA CANTIDAD DESCRIPCION ARMONIZADA 8462.49 1 Prensa hidráulica de 150 t. para punzonado de perfiles con su enderezador de 5 rodillos. 8428.90 1 Trasportador de bobinas 8479.81 1 Debobinador de chapa 8466.94 3 Rodillos para producción de perfiles C y Z Debobinador de chapa 8462.41 1 Equipo de punzonado y corte de chapa compuesto por cilindros de entrada, guillotina de 20 t. y rodillos de salida, con control numérico montado en basamento común. 8462.21 1 Equipo de conformado de paneles de techo y pared por rodillos con su aplicador de sellado con mastic, montado en basamento común 8479.81 1 Debobinador de chapa 8462.31 1 Cortadora longitudinal y transversal de chapa, con control numérico 8428.39 1 Transportador a rodillo motorizados 8515.31 1 Máquinas de soldar automáticas por arco sumergido para estación de soldadura de vigas 8428.39 1 Transportador a rodillos motorizados 8462.41 1 Conjunto de máquinas para fabricación de perfiles, montadas sobre basamento común constituida por: prensas hidráulicas de punzonado de 200 t., guillotina. alimentador por rodillos, equipos neumático de centrado, estación de soldadura, con control numérico 8462.39 1 Guillotina para corte de chapa
SUBPARTIDA CANTIDAD DESCRIPCION ARMONIZADA 8456.99 1 Equipo de corte de chapa por plasma 8428.39 1 Mesa de rodillos de entrada motorizados para equipo de corte por plasma 8428.39 1 Mesa de rodillo de salida motorizados para equipo de corte por plasma 8515.31 12 Maquinas de soldar automáticas. tipo MIG, montadas en grúa de pescante 8462.10 1 Prensa hidráulica de 200 t. con 11mltador de fuerza y control de golpe infinitamente ajustable cada 0.025 mm. 8471.49 6 Terminales servers Oracle 8471.49 23 Unidades centrales de proceso. 8471.49 23 Teclados para unidades centrales de proceso 8471.49 23 Mouse 8471.49 1 Impresora laser jet 4 MB monocromática 8471.49 4 Impresora laser jet 4 Mb policromática
Monto total de los bienes integrantes del "proyecto para la Instalación de Nuevas Plantas Industriales" sujeto al beneficio, sin repuestos: DOLARES TRES MILLONES CUATROCIENTOS VEINTITRES MILTRESCIENTOS QUINCE (U$S 3.423.315,00).
Monto total de los repuestos sujetos al beneficio de acuerdo al Artículo 2º de la Resolución M.E. y O. y S.P. 502/95: DOLARES CIENTO SETENTA Y UN MIL CIENTO SESENTA Y CINCO CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS (U$S 171.165,75).