Secretaría de Industria, Comercio y Minería

INDUSTRIA AUTOMOTRIZ

Resolución 593/97

Apruébase un plan de intercambio compensado presentado por "Perkins Argentina Sociedad Anónima Industrial y Comercial".

Bs. As., 24/6/97

B.O: 27/6/97

VISTO el expediente Nº 060-000005/97, del registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, por el que la firma "PERKINS ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL" con domicilio en Ruta 9, Kilómetro 5,5, Ferreyra, Provincia de Córdoba, solicita la aprobación de un plan de intercambio compensado que proyecta desarrollar como empresa autopartista independiente de la industria automotriz, y

CONSIDERANDO:

Que la solicitud presentada cumple con los objetivos y requisitos de la legislación aplicable.

Que la Subsecretaría de Industria ha evaluado el pedido de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 1º de la Resolución ex-S.M. e I. Nº 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. Nº 175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de abril de 1997.

Que la Delegación III de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en virtud de lo establecido en los artículos 6º y 14 del Decreto Nº 33 del 15 de enero de 1996 y en el articulo 1º de la Resolución ex-S.M. e I. Nº 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. Nº 175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de abril de 1997.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA

RESUELVE:

Artículo 1º-Apruébase el plan de intercambio compensado presentado por la Firma "PERKINS ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL" con domicilio en Ruta 9, Kilometro 5.5, Ferreyra, Provincia de Córdoba, con las condiciones que se indican en el Anexo de DOS (2) fojas que forma parte integrante de la presente Resolución.

Art. 2º-Los derechos y obligaciones emergentes de la solicitud a que se refiere la presente resolución se regirán por el Decreto Nº 33 del 15 de enero de 1996, por la Resolución ex-S.M. e I. Nº 190 del 29 de abril de 1996 y sus modificatorias Resolución S.I.C. y M. Nº 175 del 26 de septiembre de 1996 y Resolución S.I.C. y M. Nº 291 del 11 de abril de 1997, y por la presente, como así también por los compromisos asumidos por la beneficiaria en el expediente M.E. y O. y S.P. Nº 060-000005/97.

Art. 3º-Déjase establecido que a los efectos que hubiere lugar, la firma "PERKINS ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL" constituye domicilio especial en Cerrito 1136, Piso 10, Capital Federal, donde serán válidas todas las notificaciones judiciales o extrajudiciales que se le practiquen, siendo competente para el caso de divergencia o controversia la jurisdicción de la Justicia Nacional en lo Federal de la Capital Federal.

Art. 4º-La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente de su notificación.

Art. 5º-Remítase copia de la presente resolución a la ADMINISTRACION NACIONAL DE ADUANAS.

Art. 6º-Notifíquese a la interesada.

Art.7º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. -Alieto A. Guadagni.

ANEXO A LA RESOLUCION S.I.C. y M. Nº 593

Expediente Nº 060-000005/97

Empresa: PERKINS ARGETINA SOCIEDAD ANONIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL

Productos a Exportar:                                                      

                                                                           

Posición N.C.M.                       Descripción                          

                                                                           

8409.99.12                            Conjunto menor bloque de cilindro    

8409.99.20                            Pistones                             

8413.30.30                            Bombas de aceite                     

8483.10.20                            Arbol de levas                       

8483.10.10                            Cigüeñales                           

8511.40.00                            Motores de arranque                  

8409.99.12                            Conjunto mayor tapa cilindros        

8408.20.90                            Motores 6PA-305                      

8409.99.11                            Conjunto bielas                      

8409.99.90                            Otros repuestos y partes             


Productos a Importar:

Posición N.C.M.                       Descripción                          

                                                                           

8413.30.20                            Bomba inyectora                      

8409.99.12                            Bloque de cilindros                  

8409.99.13                            Inyectores                           

8409.99.20                            Pistones                             

8409.99.11                            Conjunto bielas                      

8413.30.90                            Bombas de agua                       

8414.80.21                            Turbo alimentadores