Secretaría de Culto

CULTO

Resolución 1611/97

Reconócese a las Esclavas del Divino Corazón como persona jurídica y entidad de bien público.

Bs. As., 11/6/97

B.O: 1/7/97

VISTO lo solicitado por las ESCLAVAS DEL DIVINO CORAZON, y

CONSIDERANDO:

Que las ESCLAVAS DEL DIVINO CORAZON, es un Instituto de Vida Consagrada de Derecho Pontificio y como tal ha acreditado su carácter de persona jurídica pública dentro de la IGLESIA CATOLICA APOSTOLICA ROMANA, conforme lo normado por el Código de Derecho Canónico.

Que la solicitante ha cumplido con todos los requisitos exigidos por la normativa vigente, acompañando sus estatutos, constitucionales vigentes, decreto de erección, memoria y constancia de admisión en la REPUBLICA ARGENTINA, debidamente aprobados por la autoridad eclesiástica.

Que la presente se dicta en virtud de lo dispuesto en el artículo 1º de la ley 24.483.

Por ello,

EL SECRETARIO DE CULTO

RESUELVE:

Artículo 1º-Reconócese como persona jurídica a las ESCLAVAS DEL DIVINO CORAZON, con sede legal y domicilio especial en Avenida Larrazabal, número MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE (1547), CAPITAL FEDERAL, la que queda inscripta bajo el número OCHENTA Y NUEVE (893) del Registro de Institutos de Vida Consagrada.

Art. 2º-Reconócese a dicho Instituto de Vida Consagrada el carácter de entidad de bien público, a todos los efectos que correspondan.

Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese.-Angel M. Centeno.