Secretaría General

ADHESIONES OFICIALES

Resolución 774/97

Declárase de interés nacional al "Curso de Atención Médica Primaria del Nordeste Argentino".

Bs. As., 2/7/97

B.O: 8/7/97

VISTO el Expediente Nº 2002-4464-97-6 del Registro del Ministerio de Salud y Acción Social por medio del cual tramita la solicitud de declarar de interés nacional al "Curso de Atención Medica Primaria del Nordeste Argentino", y

CONSIDERANDO:

Que este importante emprendimiento es organizado por la Secretaría de Cultura y Asuntos Universitarios de la Federación Médica del Chaco.

Que el mismo tiene como propósito capacitar a los médicos de la Provincia del Chaco para brindar servicios profesionales en sistemas de atención médica integral, promoviendo el conocimiento y la difusión de la atención medica primaria del adulto como estrategia para mejorar la salud de la comunidad.

Que, en el área asistencial, se busca capacitar en la resolución de los problemas de salud de la población asistida en los distintos niveles de atención del área clínica, de un modo responsable, comprensivo, accesible, continuo y coordinado, con alta calidad y eficiencia en el servicio brindado.

Que atento a la importancia del tema propuesto y los meritorios antecedentes de la entidad y profesionales involucrados se estima conveniente acceder a lo solicitado.

Que el MINISTERIO DE SALUD Y ACCION SOCIAL ha tomado la intervención correspondiente dictaminando favorablemente.

Que la presente medida se dicta conforme a las facultades conferidas por el artículo 2º, inciso J del Decreto 101/85 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION

RESUELVE:

Artículo 1º-Declárase de interés nacional al "Curso de Atención Médica Primaria del Nordeste Argentino", a desarrollarse en la Provincia del Chaco, durante los años 1997 a 1999.

Art 2º-La declaración otorgada por el artículo 1º del presente acto administrativo no generará ninguna erogación presupuestaria para la jurisdicción 2001 - SECRETARIA GENERAL PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 3º-Regístrese, publíquese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Alberto A. Kohan.