Secretaría de Industria, Comercio y Minería

IMPORTACIONES

Resolución 663/97

Otórgase el beneficio establecido en la Resolución Nº 502/95-MEyOySP, a la importación de bienes integrantes del proyecto presentado por la firma Elt Argentina S.A.

Bs. As., 15/7/97

B.O: 18/7/97

VISTO el Expediente Nº 061 -001271/96 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, y

CONSIDERANDO:

Que la firma ELT ARGENTINA S.A., ha solicitado los beneficios establecidos en el régimen de "Proyectos para la Instalación de Nuevas Plantas Industriales" conforme la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 502/95 para la importación de equipamientos destinado a una nueva planta de fabricación y venta de reactancias (balastos) para lamparas fluorescentes, a ser instalada en Villa Martelli, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Que la mencionada planta estará integrada por UNA (1) línea de producción autónoma y completa a ser provista bajo la modalidad Llave en Mano, por ESPECIALIDADES LUMINOTECNICAS S.A. de ESPAÑA.

Que la firma ELT ARGENTINA S.A. ha adquirido un compromiso para la obtención de una certificación de calidad según la norma IRAM/IACC/ISO 9002.

Que asimismo, se cuenta con un informe favorable emitido por el INSTITUTO TECNOLOGICO DE BUENOS AIRES - CENTRO DE INGENIERIA PARA EMPRESAS, quien opinó que el proyecto responde a lo previsto en la reglamentación vigente.

Que del análisis efectuado surge que la planta a importar encuadra dentro de los objetivos fijados por la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 502/95 y que se ha dado cumplimiento con los requisitos establecidos por la Resolución ex-S.C. e I. Nº 318/95.

Que el Servicio Jurídico Permanente ha tomado la intervención que le compete opinando que la medida propuesta resulta legalmente viable.

Que la presente se dicta conforme a lo previsto por el Artículo 6º de la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 502 del 7 de noviembre de 1995 y el Decreto Nº 1450 del 12 de diciembre de 1996.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MlNERIA

RESUELVE:

Artículo 1º-Considérase sujeta al beneficio establecido por los Artículos 2º y 8º de la Resolución del MlNISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 502/95 la importación de bienes integrantes del proyecto presentado por la firma ELT-ARGENTINA S.A. consistente en una planta para la fabricación y venta de reactancias (balastos) para lámparas fluorescentes, cuya descripción de bienes se detalla en el Anexo I que en CUATRO (4) planillas forma parte integrante de la presente resolución.

Art. 2º-Atento a lo requerido por el Artículo 5º del inciso a) de la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 502/95, la firma deberá dar cumplimiento en el plazo establecido en el Artículo 12 de la Resolución ex-S.C. e I. Nº 318/95 para la presentación del correspondiente certificado de norma internacional de calidad.

Art. 3º-El incumplimiento por parte de la beneficiaria de los objetivos establecidos en el proyecto de inversión para la mencionada planta y/o de los límites para importación de repuestos estipulados en el Artículo 2º de la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS Nº 502/95 y/o de la presentación del certificado de norma internacional de calidad, dará lugar a la aplicación del Artículo 13 de la Resolución M.E. y O. y S.P. Nº 502/95.

Art 4º-A través de la DIRECCION DE PROMOCION DE LAS EXPORTACIONES dependiente de la SUBSECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR notifíquese a la interesada.

Art.5º-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-Alieto A. Guadagni.

NOTA: EL ANEXO I DE LA PRESENTE PUEDE SER CONSULTADO EN EL BOLETIN DEL 18/7/97 PAG.10.