MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL

Resolución Nº 52/97

Bs. As., 25/7/97.

B.O.: 1/8/97.

VISTO el proceso de transformación que lleva adelante la ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES), desde fines de 1.994, y

CONSIDERANDO:

Que uno de los pilares fundamentales del proceso descrito en el Visto fue la descentralización en el sistema de atención al beneficiario.

Que en dicho contexto el modelo de gestión de la ANSES se basa en los principios de centralización normativa y descentralización operativa.

Que a partir del cambio en la gestión descrito en los apartados anteriores, las funciones operativas y de atención integral a los beneficiarios quedan a cargo de las Unidades de Atención Integral (UDAI) columna vertebral de la organización.

Que las UDAIs se estructuran como centros de atención en los que se materializa la prestación de productos y servicios de la ANSES, y en los que se trabaja para satisfacer los requerimientos de los beneficiarios con el máximo nivel de calidad.

Que este proceso de descentralización operativa cumplimenta uno de los principios doctrinarios esenciales de la seguridad social, cual es el de la inmediatez en la gestión de las prestaciones y en la atención al beneficiario.

Que tal concepto renovado de centro de atención requiere de la jerarquización y capacitación del personal hacia perfiles polifuncionales más adecuados a la índole y envergadura de las transformaciones impulsadas.

Que el proceso descrito se inserta, a su vez, en el Programa de Reforma del Estado, que tiende a concentrar y fortalecer las funciones administrativas esenciales e indelegables del Estado, en áreas tales como Salud, Educación, Justicia, Seguridad Social, y fiscalización y contralor de los servicios públicos.

Que en virtud a lo expuesto, resulta conveniente adaptar el proceso de selección de Gerentes de las UDAIs a los criterios y principios establecidos por el SISTEMA NACIONAL DE PROFESION ADMINISTRATIVA en lo que respecta a la selección de cargos con funciones ejecutivas de Nivel I y II, a los cuales deben similarse por las características e importancia de las funciones que les competen.

Que a los fines del proceso de preselección y selección final resulta conveniente encomendar el primer aspecto a un Comité de Selección integrado con criterios de amplitud polifuncional y multidisciplinarios por funcionarios de ANSES, y el segundo al Secretario de Seguridad Social, quien tendrá a su cargo la decisión final entre la terna de candidatos previamente seleccionados por el Comité.

Que esta instancia se encuentra facultada para dictar la presente Resolución por el Decreto Nº 1076 de fecha 25 de setiembre de 1.996.

Por ello,

EL SECRETARIO DE SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º- Disponer la convocatoria pública de los cargos de Gerentes de UDAIs en todas las jurisdicciones y ámbitos territoriales de la ANSES.

ARTICULO 2º- Convocar a un Comité de Selección integrado por el Director Ejecutivo, el Gerente General y el Gerente de Recursos Humanos de la ANSES, y un representante de la SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL, a los que podrá agregarse un representante del área, sector o ámbito territorial de ANSES involucrado, para iniciar el proceso de selección y cobertura de los cargos mencionados en el artículo 1º.

ARTICULO 3º- Previa evaluación de los postulantes, en los plazos y por la metodología y procedimientos que se establezcan por vía reglamentaria, el Comité de Selección estatuido por el artículo 2º elevará la terna de candidatos propuestos al Secretario de Seguridad Social, quien tendrá a su cargo la selección final del cargo objeto de la convocatoria.

ARTICULO 4º- La SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL, del MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA NACION, dictará las normas reglamentarias, complementarias y aclaratorias, así como los dispositivos operativos que resulten necesarios para implementar los procesos de preselección y selección final establecidos por la presente Resolución.

ARTICULO 5º- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- Dr. CARLOS RAUL TORRES, Secretario de Seguridad Social.

e. I/8Nº 194.310v. 1/8/97