Administración Nacional del Seguro de Salud
OBRAS SOCIALES
Resolución 1790/97
Mantiénese la inscripción de la Obra Social del Personal Marítimo en d Registro de Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud para la Atención Médica de Jubilados y Pensionados.
Bs. As., 16/7/97
B.O.: 05/08/97
VISTO la Actuación Nro. 38266/97-ANSSAL y la Resolución Nro. 3203/95-ANSSAL; y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución del Visto dispuso la puesta en funcionamiento y operatividad del Registro de Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud para la Atención de Jubilados y Pensionados creado por el Decreto nro. 292/95.
Que la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL MARITIMO (R.N.O.S. Nº 1-1180) ha solicitado una modificación en la inscripción en el nombrado Registro, y atender solamente al personal de su actividad.
Que las áreas técnicas pertinentes han emitido opinión favorable, y la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tenido la intervención de su competencia a través del Dictamen respectivo.
Por ello, y lo dispuesto por las leyes 23.660, 23,661 y Decretos 784/93, 785/93, 292/95 y 492/95,
EL INTERVENTOR EN LA ADMINISTRACION NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD RESUELVE:
Artículo 1º-Mantener la inscripción en el Registro de Agentes del Sistema Nacional del Seguro de Salud para la Atención Médica de Jubilados y Pensionados a la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL MARITIMO bajo el Nro. l -0003, aclarando que regirá para la atención de los Jubilados y Pensionados de su actividad.
Art. 2º - Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.- José L. Lingeri.