MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS

ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

Disposición Nº 30/97

Designación de Representantes del FISCO NACIONAL (A.F.I.P.) para actuar en cuestiones ajenas a la materia impositiva, aduanera o previsional en las causas en Que la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS sea parte.

Bs. As., 1/8/97

B.O.: 06/08/97

VISTO las presentes actuaciones, y

CONSIDERANDO:

Que se hace necesario designar representantes del FISCO NACIONAL (ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS) para intervenir en todo planteo jurídico relacionado con juicios ajenos a la materia impositiva, aduanera o previsional, en jurisdicción de la División Contencioso Administrativo Laboral dependiente de la Dirección de Asuntos Legales Administrativos, en los que la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS sea parte.

Que la División mencionada ha formulado la propuesta respectiva, la que cuenta con la conformidad de la Dirección de Asuntos Legales Administrativos.

Que de acuerdo con lo dispuesto por los artículos 4º y 6º del Decreto Nº 618/97 y 1º de la Disposición Nº 5/97 (AFIP) procede resolver en consecuencia.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE LA DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA A CARGO DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DISPONE:

ARTICULO 1º-Desígnase a los abogados que se detallan en la planilla anexa al presente artículo, quienes se desempeñan en jurisdicción de la Dirección de Asuntos Legales Administrativos para que actuando en forma conjunta, separada o indistintamente en representación y defensa del ESTADO NACIONAL ARGENTINO - MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS - ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, intervengan en todo planteo Jurídico relacionado con Juicios ajenos a la materia impositiva, aduanera o previsional en los que la Repartición sea parte en calidad de actora o demandada o en cualquier otro carácter para que se presenten con escritos, escrituras, testigos, documentos y toda clase de pruebas, produzcan las informaciones a que hubiere lugar, formulen denuncias, soliciten informes, interpongan en tiempo y forma en todos los grados e instancias los recursos de apelación, nulidad, inconstitucionalidad y otros que las leyes permitan, tachen y recusen, pongan y absuelvan posiciones, propongan toda clase de peritos, pidan embargos preventivos y definitivos, inhibiciones y sus levantamientos, pidan indemnizaciones por daños y perjuicios, formulen denuncias y querellas criminales, ratifiquen, rectifiquen y/o prosigan las ya iniciadas en todos los casos en que las circunstancias lo hagan procedente y cuantos más actos, gestiones y diligencias procesales se requieran, para el mejor cumplimiento de la representación otorgada.

ARTICULO 2º-Los representantes del FISCO no podrán allanarse, desistir total o parcialmente, transar, percibir, renunciar o efectuar remisión o quita de derechos, salvo autorización expresa de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS.

ARTICULO 3º-Sin perjuicio de las facultades de esta ADMINISTRACION FEDERAL DE INCRESOS PUBLICOS para certificar la personería, esta también podrá certificarse por el Director de la Dirección de Asuntos Legales Administrativos y/o el Jefe de la División Contencioso Administrativo Laboral.

ARTICULO 4º-La representación Judicial que se atribuye por la presente Disposición no revoca la personería de los funcionarios anteriormente designados para actuar corno representantes del Fisco Nacional en la expresada jurisdicción.

ARTICULO 5º-Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.- Cont. Púb. JORGE EDUARDO SANDULLLO, Director General, Dirección General Impositiva, A/C. Administración Federal de Ingresos Públicos.

PLANILLA ANEXA ARTICULO 1º DISPOSICION Nº 30/97 (AFIP)

APELLIDO Y NOMBRES:                     LEGAJO Nº                         

                                                                          

BORACCHIA, Laura Susana                 30.166/78                         

BRISSOLESE de ALTGELT, Silvina M. del   30.277/24                         
Rosario                                                                   

CUERVO, María Cristina                  30.130/75                         

ESCOBAR ALDAO, Martín Adolfo            26.107/74                         

ESTOL, Ricardo Luis                     28.027/08                         

FOUNBURG, Alejandro                     29.888/81                         

MARINI. Jorge Alberto                   24.196/44                         

MORASSO, Cristian Mario                 90.625/31                         

OLAVARRIA Y AGUINAGA, Jesús             26.485/75                         

ROSSON, Claudia Graciela                24.298/88                         

SIMON DE PEREZ, María Cristina          24.430/48                         


e. 6/8 Nº 195.002 v. 6/8/97