RÉGIMEN DE VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR ARGENTINO

Decisión Administrativa 483/2024

DA-2024-483-APN-JGM - Desígnase Director Ejecutivo de Procesos.

Ciudad de Buenos Aires, 06/06/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-29999526-APN-DGDMDP#MEC, la Ley N° 27.701, los Decretos Nros. 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, 416 del 12 de junio de 2017, 88 del 26 de diciembre de 2023 y las Decisiones Administrativas Nros. 376 del 14 de junio de 2017 y 580 del 11 de junio de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 88/23 se dispuso que a partir del 1º de enero de 2024 regirán las disposiciones de la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias.

Que por el artículo 7° de la citada ley se estableció que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes existentes a la fecha de su entrada en vigencia ni los que se produzcan con posterioridad, sin la previa autorización del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el Decreto N° 355/17 se estableció que toda designación transitoria de personal en cargos de planta permanente y extraescalafonarios con rango y jerarquía inferior a Subsecretario, vacantes y financiados presupuestariamente, de conformidad con las estructuras organizativas, será efectuada por el Jefe de Gabinete de Ministros en el ámbito de la Administración Pública Nacional, centralizada y descentralizada, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad de que se trate.

Que por el Decreto N° 416/17 se creó la UNIDAD EJECUTORA del RÉGIMEN DE VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR ARGENTINO (VUCEA) como órgano desconcentrado actuante en el ámbito de la entonces SECRETARÍA DE COMERCIO del ex-MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que por la Decisión Administrativa N° 376/17 se creó con dependencia directa de la UNIDAD EJECUTORA DEL RÉGIMEN DE VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR ARGENTINO (VUCEA) el cargo extraescalafonario de Director Ejecutivo de Procesos, con rango de Director Nacional y una remuneración equivalente al Nivel A - Grado 12, Función Ejecutiva Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.

Que por el artículo 7° de dicho decreto se dispuso que la citada UNIDAD EJECUTORA quedaría disuelta una vez cumplidos los objetivos que se le fijaron, lo cual no podría exceder del plazo de CUATRO (4) años desde su creación.

Que por la Decisión Administrativa N° 580/21 se prorrogó por un plazo de CUATRO (4) años desde el 12 de junio de 2021 la vigencia de la mencionada Unidad y de sus cargos extraescalafonarios.

Que resulta necesario proceder a la cobertura del cargo extraescalafonario de Director Ejecutivo de Procesos.

Que la presente medida no constituye asignación de recurso extraordinario.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 100, inciso 3 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, 7° de la Ley N° 27.701, prorrogada por el Decreto N° 88/23, y 2° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS

DECIDE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase, a partir del 8 de enero de 2024, al licenciado Emmanuel Miguel VENICE (D.N.I. N° 29.582.940) en el cargo extraescalafonario de Director Ejecutivo de Procesos de la UNIDAD EJECUTORA del RÉGIMEN DE VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR ARGENTINO (VUCEA), organismo desconcentrado de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA, con rango de Director Nacional y una remuneración equivalente al Nivel A - Grado 12, Función Ejecutiva Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, y con carácter de excepción a lo dispuesto en el artículo 7° de la Ley Nº 27.701, prorrogada por el Decreto Nº 88/23.

ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente decisión administrativa será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Guillermo Francos - Luis Andres Caputo

e. 07/06/2024 N° 36453/24 v. 07/06/2024