MINISTERIO DE DEFENSA
Resolución 617/2024
RESOL-2024-617-APN-MD
Ciudad de Buenos Aires, 18/06/2024
VISTO el Expediente EX-2024-18598547- -APN-DGAYRRHH#IGN del Registro
del INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL, organismo descentralizado en la
órbita del MINISTERIO DE DEFENSA, la Ley Nº 27.701 de Presupuesto
General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, los
Decretos Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, sus normas
modificatorias y complementarias, Nº 355 de fecha 22 de mayo de 2017 y
su modificatorio, Nº 859 de fecha 26 de septiembre de 2018, N° 192 de
fecha 5 de abril de 2023, Nº 88 del 26 de diciembre de 2023 y las
Decisiones Administrativas Nº 489 de fecha 13 de junio de 2019, Nº 4 de
fecha 09 de enero de 2023 y N° 5 del 11 de enero de 2024, y
CONSIDERANDO
Que, por la Ley N° 27.701 se aprobó el Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2023, dictándose la Decisión
Administrativa Distributiva de Créditos Nº 4 con fecha 9 de enero de
2023.
Que por el artículo 1º del Decreto Nº 88/2023 a partir del 1° de enero
de 2024 rigen, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley
de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, las disposiciones de
la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional
para el Ejercicio 2023, sus normas modificatorias y complementarias.
Que por el artículo 1º de la Decisión Administrativa Nº 5/2023 se
determinaron de acuerdo con el detalle de las Planillas Anexas
(IF-2024-03403335-APN-SSP#MEC) al mencionado artículo los Recursos y
Créditos Presupuestarios correspondientes a la prórroga de la Ley N°
27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el
Ejercicio 2023, sus normas modificatorias y complementarias.
Que, por la Decisión Administrativa Nº 489/2019 se aprobó la estructura
de primer y segundo nivel operativo del INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL
conforme al Anexo III de la Decisión invocada y a tenor de la
estructura organizativa del Organismo según Planilla Anexa al Artículo
3º para la DIRECCIÓN NACIONAL DE PRODUCCION CARTOGRAFICA, se homologó
en el nomenclador la Función Ejecutiva Nivel I, en el marco de las
previsiones legales contenidas en el Decreto Nº 2098/2008, sus
modificatorios y complementarios, homologatorio del Convenio Colectivo
de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO (SINEP).
Que, con el objeto de asegurar el normal desenvolvimiento de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE PRODUCCION CARTOGRAFICA del Organismo, resulta
necesario proceder a la inmediata asignación transitoria de funciones
en el cargo de Nivel A - Directora Producción Cartográfica - del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº
2098/2008 y sus modificatorios, conforme las previsiones legales
contenidas en el TÍTULO X del referido ordenamiento, autorizándose el
correspondiente pago de la Función Ejecutiva, cargo que se encuentra
vacante y financiado.
Que, por otro lado, el artículo 107 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial, homologado por el Decreto N° 2098/2008, modificado por el
Decreto N° 46 del 29 de enero de 2021, establece que se entenderá por
subrogancia la asignación transitoria de funciones ejecutivas o de
jefatura de unidades organizativas de nivel superior, con independencia
de la repartición o jurisdicción presupuestaria en la cual desarrolla
su carrera administrativa el agente sobre el cual recaerá dicha
asignación, de acuerdo con las condiciones que se determinan en el
presente título.
Que, de conformidad con el artículo 108 señala que la subrogancia
recaerá en el personal que reviste la calidad de permanente, por alguna
de las siguientes causas y siempre que el período a cubrir sea superior
a TREINTA (30) días corridos: a) que el cargo se halle vacante.
Que, en el mismo tenor, el artículo 109 señala que el personal
subrogante percibirá la Asignación Básica de Nivel Escalafonario y los
Adicionales por Grado y Tramo correspondiente a su situación de revista
con más los suplementos correspondientes al cargo subrogado. En el
supuesto que el Nivel Escalafonario del cargo subrogado fuese Superior
al Nivel Escalafonario del agente Subrogante éste percibirá la
Asignación Básica del Nivel Superior, teniendo en cuenta lo indicado en
el párrafo precedente respecto de los Adicionales y Suplementos. Lo
previsto precedentemente será de aplicación mientras se encuentre
vigente la Asignación transitoria de funciones superiores que dio
origen a la percepción.
Que, asimismo, corresponde remunerar las mayores responsabilidades que
devienen de las asignaciones transitorias de funciones superiores, como
las que se propician en este Acto conforme lo establecido en el
artículo 109 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado
por el Decreto Nº 2098/2008.
Que, la Ingeniera Laura PIETRANGELO (DNI 25.784.703), quien revista en
un cargo de planta permanente del INSTITUTO GEOGRAFICO NACIONAL, del
Agrupamiento Científico Técnico, Tramo Intermedio, Nivel A, Grado 7 del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/2008 y sus
modificatorios, cumple con el perfil requerido para el puesto.
Que, consecuentemente, la agente gozará en el cargo invocado en el
Considerando que antecede de la licencia extraordinaria sin goce de
haberes prevista en el inciso a), apartado II, artículo 13, Capítulo IV
del Anexo I del Decreto N° 3.413 del 28 de diciembre de 1979 y sus
modificatorios.
Que, el artículo 3º del Decreto Nº 355/2017 y su modificatorio, faculta
a los señores Ministros a disponer asignaciones transitorias de
funciones en sus respectivas jurisdicciones.
Que, el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario para el ESTADO NACIONAL.
Que, la DIRECCIÓN CONTABILIDAD Y GESTIÓN FINANCIERA dependiente de la
DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y RECURSOS HUMANOS del INSTITUTO
GEOGRÁFICO NACIONAL ha tomado la intervención que le compete,
informando que existe partida presupuestaria para el ejercicio vigente.
Que, la SECRETARIA DE TRANSFORMACION DEL ESTADO Y FUNCION PUBLICA de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le
compete.
Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS del INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL ha tomado la intervención de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE DEFENSA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas
por el artículo 3° del Decreto N° 355/2017 y su modificatorio.
Por ello,
EL MINISTRO DE DEFENSA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° - Asígnase transitoriamente, a partir del 19 de enero de
2024, y por el plazo establecido en el artículo 21 del SISTEMA NACIONAL
DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), la función correspondiente al cargo de
DIRECTORA NACIONAL DE PRODUCCION CARTOGRAFICA del INSTITUTO GEOGRÁFICO
NACIONAL, a la Ingeniera Laura PIETRANGELO (DNI 25.784.703), quien
revista en Planta Permanente en el cargo del Agrupamiento Científico
Técnico, Tramo Intermedio, Nivel A, Grado 7 del SINEP, autorizándose el
correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel I, en
los términos establecidos por el Título X del CONVENIO COLECTIVO DE
TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP) homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 2º.- Que la asignación de funciones se autoriza conforme lo
preceptuado en el artículo 109 del Decreto N° 2098/2008, con la
asignación del Suplemento por FUNCIÓN EJECUTIVA correspondiente al
nivel asignado en el ARTÍCULO 1 del presente.
ARTÍCULO 3° - La medida se extenderá hasta tanto se instrumente su
cobertura definitiva con arreglo a los respectivos regímenes de
selección no pudiendo superar el plazo de TRES (3) años, conforme lo
dispuesto por los artículos 110 y 111 del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO
SECTORIAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado
por el Decreto N° 2098/2008 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 4° - El gasto que demande el cumplimiento de la presente
medida será atendido con cargo a las partidas presupuestarias
específicas de la Fuente de Financiamiento 11 - Tesoro Nacional -
Inciso 1 - Gastos en Personal - Programa 16 - Elaboración y
Actualización de Información Geoespacial y la Cartografía Básica
Nacional - SAF 450 – INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL.
ARTÌCULO 5° - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y cumplido, archívese.
Luis Petri
e. 25/06/2024 N° 39887/24 v. 25/06/2024