MINISTERIO DE SALUD

DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO

Disposición 1/2024

DI-2024-1-APN-DNTHYC#MS

Ciudad de Buenos Aires, 14/06/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-41428233- -APN-DNTHYC#MS del Registro del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN, la Resolución N° 191 de fecha 13 de febrero de 2023 y la Disposición N° 6 de fecha 7 de marzo de 2023 de la ex SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN; y

CONSIDERANDO:

Que, a través de la Resolución N° 191 de fecha 13 de febrero de 2023 se crea el SISTEMA INTEGRAL DE EVALUACIÓN DE LAS RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD (SIER) estableciendo su criterios, integrantes y registros.

Que el SISTEMA INTEGRAL DE EVALUACIÓN DE LAS RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD (SIER) se desarrolla bajo la órbita de la entonces SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN.

Que el SISTEMA INTEGRAL DE EVALUACIÓN DE LAS RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE SALUD (SIER) fue creado con el fin de promover una formación de posgrado comprometida con la calidad.

Que en la Disposición N° 6 de fecha 7 de marzo de 2023 se establecen 3 (TRES) niveles de reconocimiento de las residencias. Los niveles de reconocimiento se encuentran definidos en función del resultado del análisis de tres dimensiones: condiciones institucionales, condiciones de formación y condiciones laborales.

Que según lo dispuesto en el Anexo I de la Disposición N° 6/2023 de la ex SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN se otorgará el reconocimiento en función del Nivel alcanzado.

Que en aquellas residencias con Nivel A el reconocimiento tendrá una vigencia por un plazo de 5 (CINCO) años, para el Nivel B la vigencia del mismo será por un plazo de 3 (TRES) años y se las incluirá en el Sistema Nacional de Residencias del Equipo de Salud.

Que, aquellas residencias que reciban el nivel C, no obtendrán el reconocimiento y podrán solicitarlo luego de seis meses en una próxima convocatoria, una vez realizadas las mejoras indicadas en los Informes Técnicos.

Que el Hospital El Cruce de Alta Complejidad en Red - Dr. N.C. Kirchner de Florencio Varela provincia de Buenos Aires, ha presentado según lo requerido por la normativa del SIER la documentación correspondiente a la solicitud de reconocimiento de las residencias de Angiología General y Hemodinamia, Bioquímica Clínica, Cardiología, Diagnóstico por Imágenes, Enfermería en la atención del paciente crítico: neonatal, pediátrico y adulto, Farmacia Hospitalaria, Hematología, Kinesiología, Neurocirugía, Neurointensivismo, Terapia Intensiva y Terapia Intensiva Infantil.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO elaboró los informes técnicos correspondientes a cada una de las residencias, de acuerdo a la documentación y las categorías establecidas, proponiendo asignar las siguientes categorías: residencia en Angiología General y Hemodinamia en la Categoría A, residencia en Bioquímica Clínica en la categoría A, residencia en Cardiología en la Categoría B, residencia en Diagnóstico por Imágenes en la Categoría B, residencia en Enfermería en la atención del paciente crítico: neonatal, pediátrico y adulto en la Categoría B, residencia en Farmacia Hospitalaria en la Categoría A, residencia en Hematología en la Categoría B, residencia en Kinesiología en la Categoría B, residencia en Neurocirugía en la Categoría B, residencia en Neurointensivismo en la Categoría B, residencia en Terapia Intensiva en la Categoría B y residencia en Terapia Intensiva Infantil en la Categoría B.

Que las especialidades Angiología General y Hemodinamia, Bioquímica Clínica, Cardiología, Diagnóstico por Imágenes, Enfermería en la atención del paciente crítico: neonatal, pediátrico y adulto, Farmacia Hospitalaria, Hematología, Neurocirugía, Neurointensivismo, Terapia Intensiva y Terapia Intensiva Infantil se encuentran incluidas en los listados de especialidades reconocidas por el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN.

Que el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN a los efectos de orientar el proceso de mejora de la calidad de la formación de estas residencias ha elaborado informes técnicos con las recomendaciones pertinentes.

Que atento a lo expuesto, se han cumplimentado los pasos necesarios para el reconocimiento de las residencias en Angiología General y Hemodinamia, Bioquímica Clínica, Cardiología, Diagnóstico por Imágenes, Enfermería en la atención del paciente crítico: neonatal, pediátrico y adulto, Farmacia Hospitalaria, Hematología, Kinesiología, Neurocirugía, Neurointensivismo, Terapia Intensiva y Terapia Intensiva Infantil del Hospital El Cruce de Alta Complejidad en Red - Dr. N.C. Kirchner de Florencio Varela provincia de Buenos Aires.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente norma se dicta en uso de las facultades conferidas por la Resolución Ministerial N° 191/2023 y la Disposición N° 6/2023 de la entonces SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO

DISPONE:

ARTÍCULO 1º.- Reconócese a las residencias Angiología General y Hemodinamia, residencia en Bioquímica Clínica y residencia en Farmacia Hospitalaria de la institución Hospital El Cruce de Alta Complejidad en Red - Dr. N.C. Kirchner de Florencio Varela provincia de Buenos Aires en la Categoría A por un período de 5 (CINCO) AÑOS, de acuerdo con los informes técnicos emitidos por la DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO y en concordancia con las Categorías establecidas por Sistema Integral de Evaluación de las Residencias del Equipo de Salud.

ARTÍCULO 2°.- Reconócese a las residencias en Cardiología, residencia en Diagnóstico por Imágenes, residencia en Enfermería en la atención del paciente crítico: neonatal, pediátrico y adulto, residencia en Hematología, residencia en Kinesiología, residencia en Neurocirugía, residencia en Neurointensivismo, residencia en Terapia Intensiva y residencia en Terapia Intensiva Infantil de la institución Hospital El Cruce de Alta Complejidad en Red - Dr. N.C. Kirchner de Florencio Varela provincia de Buenos Aires en la Categoría B por un período de 3 (TRES) AÑOS de acuerdo con los informes técnicos emitidos por la DIRECCIÓN TALENTO HUMANO y en concordancia con las Categorías establecidas por Sistema Integral de Evaluación de las Residencias del Equipo de Salud.

ARTÍCULO 3°- La institución Hospital El Cruce de Alta Complejidad en Red - Dr. N.C. Kirchner de Florencio Varela provincia de Buenos Aires, deberá anualmente informar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO el listado correspondiente a los/las residentes activos/as y de los/as egresados/as durante el período correspondiente a la vigencia del reconocimiento.

ARTÍCULO 4°- Se otorgará el reconocimiento de la residencia a quienes egresen de la formaciones reconocidas por esta Disposición. Este reconocimiento se podrá extender a aquellos residentes que habiendo realizado el primer año lectivo, completo y promocionado en una residencia de la misma especialidad o con programa equivalente, reconocida por este Ministerio, hayan iniciado el segundo año en la residencia reconocida por la presente norma en forma inmediata, o en un período inferior a los 90 (noventa) días corridos desde la promoción de primer año. Un año en las residencias con formación de tres años y dos años en las residencias de cuatro o más.

ARTÍCULO 5º- El nuevo reconocimiento deberá gestionarse ante este Ministerio 6 (SEIS) meses antes de su vencimiento conforme lo establecido por la Disposición Nº 6/2023.

ARTÍCULO 6°- Comuníquese, publíquese, notifíquese por la Mesa de Entradas de la Dirección de Despacho, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial, y archívese.

Andrea Nelva Reynaldi

e. 26/06/2024 N° 40240/24 v. 26/06/2024