MINISTERIO DE SALUD
DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO
Disposición 1/2024
DI-2024-1-APN-DNTHYC#MS
Ciudad de Buenos Aires, 14/06/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-41428233- -APN-DNTHYC#MS del Registro
del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN, la Resolución N° 191 de fecha 13
de febrero de 2023 y la Disposición N° 6 de fecha 7 de marzo de 2023 de
la ex SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN; y
CONSIDERANDO:
Que, a través de la Resolución N° 191 de fecha 13 de febrero de 2023 se
crea el SISTEMA INTEGRAL DE EVALUACIÓN DE LAS RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE
SALUD (SIER) estableciendo su criterios, integrantes y registros.
Que el SISTEMA INTEGRAL DE EVALUACIÓN DE LAS RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE
SALUD (SIER) se desarrolla bajo la órbita de la entonces SUBSECRETARÍA
DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN.
Que el SISTEMA INTEGRAL DE EVALUACIÓN DE LAS RESIDENCIAS DEL EQUIPO DE
SALUD (SIER) fue creado con el fin de promover una formación de
posgrado comprometida con la calidad.
Que en la Disposición N° 6 de fecha 7 de marzo de 2023 se establecen 3
(TRES) niveles de reconocimiento de las residencias. Los niveles de
reconocimiento se encuentran definidos en función del resultado del
análisis de tres dimensiones: condiciones institucionales, condiciones
de formación y condiciones laborales.
Que según lo dispuesto en el Anexo I de la Disposición N° 6/2023 de la
ex SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN se otorgará el
reconocimiento en función del Nivel alcanzado.
Que en aquellas residencias con Nivel A el reconocimiento tendrá una
vigencia por un plazo de 5 (CINCO) años, para el Nivel B la vigencia
del mismo será por un plazo de 3 (TRES) años y se las incluirá en el
Sistema Nacional de Residencias del Equipo de Salud.
Que, aquellas residencias que reciban el nivel C, no obtendrán el
reconocimiento y podrán solicitarlo luego de seis meses en una próxima
convocatoria, una vez realizadas las mejoras indicadas en los Informes
Técnicos.
Que el Hospital El Cruce de Alta Complejidad en Red - Dr. N.C. Kirchner
de Florencio Varela provincia de Buenos Aires, ha presentado según lo
requerido por la normativa del SIER la documentación correspondiente a
la solicitud de reconocimiento de las residencias de Angiología General
y Hemodinamia, Bioquímica Clínica, Cardiología, Diagnóstico por
Imágenes, Enfermería en la atención del paciente crítico: neonatal,
pediátrico y adulto, Farmacia Hospitalaria, Hematología, Kinesiología,
Neurocirugía, Neurointensivismo, Terapia Intensiva y Terapia Intensiva
Infantil.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO elaboró los
informes técnicos correspondientes a cada una de las residencias, de
acuerdo a la documentación y las categorías establecidas, proponiendo
asignar las siguientes categorías: residencia en Angiología General y
Hemodinamia en la Categoría A, residencia en Bioquímica Clínica en la
categoría A, residencia en Cardiología en la Categoría B, residencia en
Diagnóstico por Imágenes en la Categoría B, residencia en Enfermería en
la atención del paciente crítico: neonatal, pediátrico y adulto en la
Categoría B, residencia en Farmacia Hospitalaria en la Categoría A,
residencia en Hematología en la Categoría B, residencia en Kinesiología
en la Categoría B, residencia en Neurocirugía en la Categoría B,
residencia en Neurointensivismo en la Categoría B, residencia en
Terapia Intensiva en la Categoría B y residencia en Terapia Intensiva
Infantil en la Categoría B.
Que las especialidades Angiología General y Hemodinamia, Bioquímica
Clínica, Cardiología, Diagnóstico por Imágenes, Enfermería en la
atención del paciente crítico: neonatal, pediátrico y adulto, Farmacia
Hospitalaria, Hematología, Neurocirugía, Neurointensivismo, Terapia
Intensiva y Terapia Intensiva Infantil se encuentran incluidas en los
listados de especialidades reconocidas por el MINISTERIO DE SALUD DE LA
NACIÓN.
Que el MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN a los efectos de orientar el
proceso de mejora de la calidad de la formación de estas residencias ha
elaborado informes técnicos con las recomendaciones pertinentes.
Que atento a lo expuesto, se han cumplimentado los pasos necesarios
para el reconocimiento de las residencias en Angiología General y
Hemodinamia, Bioquímica Clínica, Cardiología, Diagnóstico por Imágenes,
Enfermería en la atención del paciente crítico: neonatal, pediátrico y
adulto, Farmacia Hospitalaria, Hematología, Kinesiología, Neurocirugía,
Neurointensivismo, Terapia Intensiva y Terapia Intensiva Infantil del
Hospital El Cruce de Alta Complejidad en Red - Dr. N.C. Kirchner de
Florencio Varela provincia de Buenos Aires.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente norma se dicta en uso de las facultades conferidas por
la Resolución Ministerial N° 191/2023 y la Disposición N° 6/2023 de la
entonces SUBSECRETARÍA DE CALIDAD, REGULACIÓN Y FISCALIZACIÓN.
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y CONOCIMIENTO
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Reconócese a las residencias Angiología General y
Hemodinamia, residencia en Bioquímica Clínica y residencia en Farmacia
Hospitalaria de la institución Hospital El Cruce de Alta Complejidad en
Red - Dr. N.C. Kirchner de Florencio Varela provincia de Buenos Aires
en la Categoría A por un período de 5 (CINCO) AÑOS, de acuerdo con los
informes técnicos emitidos por la DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO
Y CONOCIMIENTO y en concordancia con las Categorías establecidas por
Sistema Integral de Evaluación de las Residencias del Equipo de Salud.
ARTÍCULO 2°.- Reconócese a las residencias en Cardiología, residencia
en Diagnóstico por Imágenes, residencia en Enfermería en la atención
del paciente crítico: neonatal, pediátrico y adulto, residencia en
Hematología, residencia en Kinesiología, residencia en Neurocirugía,
residencia en Neurointensivismo, residencia en Terapia Intensiva y
residencia en Terapia Intensiva Infantil de la institución Hospital El
Cruce de Alta Complejidad en Red - Dr. N.C. Kirchner de Florencio
Varela provincia de Buenos Aires en la Categoría B por un período de 3
(TRES) AÑOS de acuerdo con los informes técnicos emitidos por la
DIRECCIÓN TALENTO HUMANO y en concordancia con las Categorías
establecidas por Sistema Integral de Evaluación de las Residencias del
Equipo de Salud.
ARTÍCULO 3°- La institución Hospital El Cruce de Alta Complejidad en
Red - Dr. N.C. Kirchner de Florencio Varela provincia de Buenos Aires,
deberá anualmente informar a la DIRECCIÓN NACIONAL DE TALENTO HUMANO Y
CONOCIMIENTO el listado correspondiente a los/las residentes activos/as
y de los/as egresados/as durante el período correspondiente a la
vigencia del reconocimiento.
ARTÍCULO 4°- Se otorgará el reconocimiento de la residencia a quienes
egresen de la formaciones reconocidas por esta Disposición. Este
reconocimiento se podrá extender a aquellos residentes que habiendo
realizado el primer año lectivo, completo y promocionado en una
residencia de la misma especialidad o con programa equivalente,
reconocida por este Ministerio, hayan iniciado el segundo año en la
residencia reconocida por la presente norma en forma inmediata, o en un
período inferior a los 90 (noventa) días corridos desde la promoción de
primer año. Un año en las residencias con formación de tres años y dos
años en las residencias de cuatro o más.
ARTÍCULO 5º- El nuevo reconocimiento deberá gestionarse ante este
Ministerio 6 (SEIS) meses antes de su vencimiento conforme lo
establecido por la Disposición Nº 6/2023.
ARTÍCULO 6°- Comuníquese, publíquese, notifíquese por la Mesa de
Entradas de la Dirección de Despacho, dése a la Dirección Nacional de
Registro Oficial, y archívese.
Andrea Nelva Reynaldi
e. 26/06/2024 N° 40240/24 v. 26/06/2024