MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 565/2024
RESOL-2024-565-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 29/06/2024
VISTO el Expediente EX-2024-67969833-APN-SSIF#MSG del Registro del
MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley de Ministerios Nro. 22.520 (t.o. por
Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, la Ley Nro. 24.059 de
Seguridad Interior, la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 533
del 17 de junio de 2024, y
CONSIDERANDO
Que conforme el artículo 22 bis de la Ley de Ministerios Nro. 22.520
(t.o. por Decreto Nro. 438/92) y sus modificatorias compete al
MINISTERIO DE SEGURIDAD asistir al Presidente de la Nación y al Jefe de
Gabinete de Ministros, en orden a sus competencias, en todo lo
concerniente a la seguridad interior, a la preservación de la libertad,
la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías en
un marco de plena vigencia de las instituciones del sistema democrático
y en particular, entre otras; 4. Dirigir el esfuerzo Nacional de
Policía, planificando y coordinando las acciones individuales y de
conjunto de las Fuerzas de Seguridad y Policiales y 5. Entender en la
organización, doctrina, despliegue, equipamiento y esfuerzos operativos
de las Fuerzas de Seguridad y de las Fuerzas Policiales.
Que del artículo 8° de la Ley Nro. 24.059, el MINISTERIO DE SEGURIDAD
tiene a su cargo la dirección superior de los cuerpos policiales y de
las fuerzas federales de seguridad del Estado Nacional.
Que desde el día 13 de junio del corriente año, a las 14:20 horas
aproximadamente, fue visto por última vez en el Paraje Algarrobal de la
Localidad de 9 de Julio, Departamento de San Roque, Provincia de
CORRIENTES, Loan Danilo PEÑA, argentino, titular del DNI Nº 57.621.765,
nacido el 8 de mayo de 2019, en Goya provincia de CORRIENTES, hijo de
José Mariano PEÑA y María Luisa NOGUERA.
Que la UNIDAD FISCAL DE INVESTIGACIONES CONCRETAS de Goya,
sustitutamente a cargo del Doctor Juan Carlos CASTILLO, solicitó a este
Ministerio, el día 14 de junio del corriente año, se active ALERTA
SOFIA a fin de coordinar la inmediata búsqueda y localización de Loan
Danilo PEÑA, mediante la difusión masiva y orientada del caso, a través
de afiches específicos, medios de comunicación, redes sociales,
telefonía celular, dispositivos de las fuerzas federales, etcétera.
Que, asimismo, Interpol anunció la notificación amarilla a los países
limítrofes (alerta policial mundial) a fin de reforzar la búsqueda de
Loan Danilo PEÑA.
Que la citada UNIDAD FISCAL solicitó a este Ministerio, el día 17 de
junio del corriente año, se ofrezca recompensa para aquellas personas
que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos
útiles que permitan dar con el paradero del menor, dictándose la
Resolución que ofrece dicha recompensa.
Que el 23 de junio la justicia provincial declaró su incompetencia al
considerar que la causa debía encuadrarse como posible “Trata de
persona”, remitiendo la causa y aceptándose por la Justicia Federal 26
de junio del corriente.
Que, a la fecha, no se ha dado con el paradero del menor Loan Danilo PEÑA.
Que los resultados favorables obtenidos a partir de las labores
realizadas por los distintos comandos previamente establecidos y la
experiencia operativa acumulada hacen propicio y adecuado conformar un
nuevo Comando que, sin duplicar las funciones ya existentes en las
unidades activas, se aboque con especificidad a la Búsqueda de Loan
Danilo PEÑA.
Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los
artículos 4°, inciso b), apartado 9° y 22 bis de la Ley de Ministerios
Nro. 22.520 (t.o. por Decreto Nro. 438/92) y sus modificatorias.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Créase el COMANDO UNIFICADO CORRIENTES, con el objetivo
específico de dar con el paradero de Loan Danilo PEÑA, argentino,
titular del DNI Nº 57.621.765, nacido el 8 de mayo de 2019, en Goya
provincia de CORRIENTES, hijo de José Mariano PEÑA y María Luisa
NOGUERA.
ARTÍCULO 2°.- El COMANDO UNIFICADO CORRIENTES estará integrado por la
SECRETARÍA DE SEGURIDAD del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la POLICÍA FEDERAL
ARGENTINA, la GENDARMERÍA NACIONAL, la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, la
POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA y el SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.
Los funcionarios designados poseerán, en el marco de sus funciones,
capacidad decisoria sobre el personal y los medios afectados al
operativo de seguridad.
ARTÍCULO 3°.- Desígnase como Coordinador General del COMANDO UNIFICADO
CORRIENTES al Jefe de la POLICIA FEDERAL ARGENTINA, quien tendrá a su
cargo la conducción de los cuerpos policiales y las fuerzas de
seguridad afectadas al operativo, designación que el Sr. Jefe podrá
delegar en el funcionario que elija.
ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su dictado.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Patricia Bullrich
e. 02/07/2024 N° 41846/24 v. 02/07/2024