MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 126/2024

RESOL-2024-126-APN-SE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 01/07/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-34293648-APN-SE#MEC y el Expediente N° EX-2024-49725341-APN-SE#MEC en tramitación conjunta, las Resoluciones Nros. 1193 de fecha 7 de octubre de 2005 y 2019 de fecha 21 de diciembre de 2005 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 1427 de fecha 6 de diciembre de 2004 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS se convocó a todos los Agentes Privados Acreedores del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) con iquidaciones de venta con fecha de vencimiento a definir, a participar en la conformación del FONDO PARA INVERSIONES NECESARIAS QUE PERMITAN INCREMENTAR LA OFERTA DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN EL MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (FONINVEMEM).

Que mediante la Resolución Nº 1193 de fecha 7 de octubre de 2005 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, se instruyó al ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED) a convocar a todos los Agentes Privados Acreedores del MEM alcanzados por el Artículo 1º de la Resolución Nº 3 de fecha 5 de enero de 2005 y los Artículos 1º y 2º de la Resolución Nº 771 de fecha 27 de mayo de 2005, ambas de la citada Secretaría, a manifestar formalmente su decisión de gestionar la construcción, la operación y el mantenimiento de las Centrales de Generación de Energía Eléctrica, conforme lo establecido en el “ACUERDO DEFINITIVO PARA LA GESTIÓN Y OPERACIÓN DE LOS PROYECTOS PARA LA READAPTACIÓN DEL MEM EN EL MARCO DE LA RESOLUCIÓN S.E. 1427/2004” que, como Anexo, forma parte integrante de la citada resolución (el Acuerdo definitivo).

Que en el Artículo 5º del Anexo de la Resolución Nº 1193/05 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, se previó la creación de un Grupo de Asesoramiento (GASE) y la conformación por los Generadores de un Grupo Técnico, encargado el primero de fijar pautas básicas para la concreción de la Gestión y Operación de los Proyectos para la Readaptación del MEM en el marco de la Resolución Nº 1427/04 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, en los términos del Acuerdo Definitivo comprometido y el segundo de elaborar los documentos de detalle, para ser refrendados por esta Secretaría dictando o propiciando la pertinente normativa.

Que mediante la Resolución Nº 2019 de fecha 21 de diciembre de 2005 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS se constituyó el denominado GASE, conforme a lo establecido en el citado Artículo 5° del Anexo de la Resolución Nº 1193/05 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

Que en virtud de las consideraciones efectuadas mediante Nota GASE N° 228 de fecha 10 de mayo de 2024, obrante en el expediente EX-2024-49725341-APN-SE#MEC, en tramitación conjunta, en especial las referidas a la imposibilidad objetiva de cumplimentar las funciones contractualmente asignadas al GASE, no existen razones para mantener operativo al mismo, por lo que corresponde dejar sin efecto la referida Resolución Nº 2019/05 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

Que asimismo, corresponde dejar sin efecto las Notas Nros. 4216, 4217, 4218, 4219, 4220, 4221 y 4222, todas de fecha 12 de julio de 2012 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, mediante las cuales se ha informado a los distintos agentes involucrados las funciones oportunamente otorgadas al GASE.

Que, sin perjuicio de ello, resulta necesario dar continuidad operativa a las tareas profesionales de articulación, asesoramiento y seguimiento que fueron oportunamente asignadas al GASE por el Artículo 5° del Anexo de la Resolución N° 1193/2005 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, por lo que se estima conveniente que dichas funciones sean asumidas, provisoriamente, por los Comité de Ejecución de “Fideicomiso Central Termoeléctrica Timbúes” y de “Fideicomiso Central Termoeléctrica Manuel Belgrano”; y que asimismo, las funciones asignadas al Equipo Técnico, al que hacen referencia los Contratos de Fideicomiso “Central Vuelta de Obligado” y “Central Termoeléctrica Guillermo Brown”, se estima conveniente que sean asumidas, provisoriamente, por estos dos últimos fideicomisos, respectivamente.

Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que las facultades para el dictado de la presente medida surgen en virtud de lo dispuesto por el Apartado IX del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Déjase sin efecto la Resolución Nº 2019 de fecha 21 de diciembre de 2005 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

ARTÍCULO 2°.- Establécese que las funciones asignadas al Grupo de Asesoramiento (GASE) por el Artículo 5° del Anexo integrante de la Resolución N° 1193 de fecha 7 de octubre de 2005 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS serán asumidas, provisoriamente, por los Comité de Ejecución de “Fideicomiso Central Termoeléctrica Timbúes” y “Fideicomiso Central Termoeléctrica Manuel Belgrano”.

ARTÍCULO 3°.- Déjanse sin efecto las Notas Nros. 4216, 4217, 4218, 4219, 4220, 4221 y 4222, todas de fecha 12 de julio de 2012 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS.

ARTÍCULO 4°.- Establécese que las funciones del Equipo Técnico, a las que hacen referencia los Contratos de Fideicomiso “Central Vuelta de Obligado” y “Central Termoeléctrica Guillermo Brown”, serán asumidas, provisoriamente, por los Comité de Ejecución de cada uno de los Fideicomisos.

ARTÍCULO 5°.- Facúltase a la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría a efectuar todas las comunicaciones que sean menester a los efectos de interactuar con el ORGANISMO ENCARGADO DEL DESPACHO (OED), resolviendo las cuestiones relativas a la aplicación e interpretación de la presente resolución. A los efectos de las comunicaciones relativas a la aplicación de la presente resolución, se deberá entender que la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA actúa en nombre de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

ARTÍCULO 6°.- Notifíquese al BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANÓNIMA (BICE), en su carácter de Fiduciario de los Fideicomisos “Central Termoeléctrica Timbúes”, “Central Termoeléctrica Manuel Belgrano”, “Central Vuelta de Obligado” y “Central Termoeléctrica Guillermo Brown”, a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), a TERMOELÉCTRICA JOSÉ DE SAN MARTÍN SOCIEDAD ANÓNIMA, a TERMOELÉCTRICA MANUEL BELGRANO SOCIEDAD ANÓNIMA, a CENTRAL VUELTA DE OBLIGADO SOCIEDAD ANÓNIMA, a TERMOELÉCTRICA GUILLERMO BROWN SOCIEDAD ANÓNIMA, y a los Comité de Ejecución de los Fideicomisos “Central Termoeléctrica Timbúes”, “Central Termoeléctrica Manuel Belgrano”, “Central Vuelta de Obligado” y “Central Termoeléctrica Guillermo Brown”.

ARTÍCULO 7°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 8° - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Eduardo Javier Rodriguez Chirillo

e. 03/07/2024 N° 42270/24 v. 03/07/2024