JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN
Disposición 4/2024
DI-2024-4-APN-SSI#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 02/07/2024
VISTO el Expediente N° EX-2023-31913514- -APN-DNFDEIT#JGM, la Ley N°
25.506 y su modificatoria, los Decretos Nros. 182 de fecha 11 de marzo
de 2019 y su modificatorio y 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, la Decisión Administrativa Nº 1865 de fecha 14 de
octubre de 2020 y sus modificatorias, las Resoluciones Nros 227 de
fecha 21 de octubre de 2010 de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, 946 de fecha 22 de septiembre
de 2021 y 10 de fecha 26 de agosto de 2022, ambas de la ex SECRETARÍA
DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y,
CONSIDERANDO:
Que por la Ley Nº 25.506 y su modificatoria se reconoció la eficacia
jurídica del documento electrónico, la firma electrónica y la firma
digital, estableciendo las características de la Infraestructura de
Firma Digital.
Que el Decreto N° 182 de fecha 11 de marzo de 2019 aprobó la
reglamentación de la Ley N° 25.506 de Firma Digital regulando el empleo
del documento electrónico, de la firma electrónica y de la firma
digital y su eficacia jurídica en el marco de la Infraestructura de
Firma Digital.
Que la Resolución N° 227 de fecha 21 de octubre de 2010 de la ex
SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS otorgó la licencia a la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE
INFORMACIÓN para operar como Certificador Licenciado, y aprobó la
Política de Certificación para Personas Físicas de Entes Públicos,
Estatales o no Estatales, y Personas Físicas que realicen trámites con
el Estado de la Autoridad Certificante de dicha Oficina Nacional de
Tecnologías de Información AC ONTI.
Que, por su parte, el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019,
modificado por el Decreto Nº 45 de fecha 14 de diciembre de 2023,
aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional
centralizada hasta nivel de Subsecretaría, y creó, entre otros, la
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS, estableciéndose entre sus objetivos, el de
actuar como Autoridad de Aplicación del régimen normativo que establece
la infraestructura de firma digital dispuesta por la Ley N° 25.506.
Que, asimismo, el citado Decreto estableció los objetivos de la
SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN dependiente de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN,
CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, entre los
cuales se encuentra el de intervenir en el marco regulatorio del
régimen relativo a la validez legal del documento y firma digital, así
como en los aspectos vinculados con la incorporación del documento y
firma digital a los circuitos de información del Sector Público
Nacional y con su archivo en medios alternativos al papel.
Que, por medio de la Decisión Administrativa Nº 1865 de fecha 14 de
octubre de 2020 y sus modificatorias, se aprobó la estructura
organizativa de primer y segundo nivel operativo de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS y se estableció entre las acciones de la
DIRECCIÓN NACIONAL DE FIRMA DIGITAL E INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA
dependiente de la SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN de la SECRETARÍA DE
INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS la de participar en la definición de las normas
reglamentarias y tecnológicas para la Firma Digital, y en el
otorgamiento y revocación de las licencias a certificadores, así como
también la de gestionar la Autoridad Certificante de Firma Digital para
el Sector Público Nacional y la Autoridad Certificante de la Plataforma
de Firma Digital Remota y asistir a la mencionada Subsecretaría en su
administración.
Que la Resolución Nº 946 de fecha 22 de septiembre de 2021 de la ex
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS aprobó los procedimientos y pautas técnicas complementarias
del marco normativo de Firma Digital para certificadores licenciados.
Que la Resolución N° 10 de fecha 26 de agosto de 2022 de la ex
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS aprobó la nueva “Política Única de Certificación v.4.0” de la
AC-ONTI, bajo la cual deberá emitir certificados digitales, el “Manual
de Procedimientos v4.0” de la AC-ONTI y el “Acuerdo con Suscriptores
v4.0” de la AC-ONTI.
Que, en ese marco, el COLEGIO DE INGENIEROS DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES ha presentado la documentación que acredita el cumplimiento de
los requisitos que la normativa exige para la conformación de
Autoridades de Registro de la AC ONTI, conforme surge de lo informado
por la DIRECCIÓN NACIONAL DE FIRMA DIGITAL E INFRAESTRUCTURA
TECNOLÓGICA por lo que corresponde autorizar a dicha jurisdicción para
que cumpla dicha función.
Que la DIRECCIÓN DE DICTÁMENES DE ASUNTOS NORMATIVOS Y EMPLEO PÚBLICO
dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la
SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y
ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la
intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto N° 50/19 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE INNOVACIÓN
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Autorízase al COLEGIO DE INGENIEROS DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES a cumplir las funciones de Autoridad de Registro de la
Autoridad Certificante de la Oficina Nacional de Tecnologías de
Información (AC ONTI).
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
María José Martelo
e. 04/07/2024 N° 42641/24 v. 04/07/2024