INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
Resolución 23/2024
RESOL-2024-23-APN-INV#MEC
Mendoza, Mendoza, 05/07/2024
VISTO el Expediente Nº EX-2024-61804253-APN-DD#INV del INSTITUTO
NACIONAL DE VITIVINICULTURA, la Ley General de Vinos Nº 14.878, la
Resoluciones Nros. C. 28 de fecha 29 de diciembre de 1995, C.51 de
fecha 22 de noviembre de 2011 y RESOL-2024-22-APN-INV#MEC de fecha 4 de
julio de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el expediente citado en el Visto, se propicia la
aprobación del listado de Productos de Uso Enológicos utilizados en las
Prácticas Enológicas lícitas vigentes para eliminar metales
indeseables, especialmente el exceso de hierro en vinos y mostos con el
objeto de prevenir quebraduras, actualmente aprobadas por el INSTITUTO
NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV) y contempladas en el Codex Enológico
Internacional y el Código Internacional de Prácticas Enológicas de la
ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE LA VIÑA Y EL VINO (OIV).
Que por la Resolución Nº RESOL-2024-22-APN-INV#MEC de fecha 4 de julio
de 2024 se aprobó el uso del Polivinilimidazol/Polivinilpilorridona
(PVI/PVP) en mostos y vinos, práctica admitida por la OIV según
Resolución Nº OIV-OENO 1 de fecha 3 de setiembre de 2007, la cual
permite la adición de dichos copolímeros en mostos y por las
Resoluciones Nros. OENO 2 de fecha 3 de setiembre de 2007; OIV-OENO 262
de fecha 14 de noviembre de 2014 y OIV-OENO 605 de fecha 2 de junio de
2017, se permite la adición de PVI/PVP en vinos, para prevenir defectos
causados por altos contenidos de metales como el hierro y para reducir
altas concentraciones indeseadas de metales.
Que por Resolución Nº RESOL-2018-37-APN-INV#MA de fecha 5 de marzo de
2018 y en concordancia con la OIV según Resoluciones Nros. OIV-OENO
338B y OIV/OENO 367 ambas de fecha 3 de julio de 2009, el INV aprobó el
uso de quitina-glucano en mostos y vinos según prácticas que permiten
reducir la concentración de metales pesados, como hierro, plomo, cadmio
y cobre, evitando así las quiebras férricas y cúpricas y reducir las
cantidades de posibles contaminantes, especialmente de Ocratoxina A.
Que por la Resolución Nº C.51 de fecha 22 de noviembre de 2011 de este
Organismo, se aprobó el uso de quitosano para reducir la concentración
de metales pesados como hierro, plomo, cadmio, cobre y evitar las
quebraduras férricas y cúpricas; reducir las cantidades de posibles
contaminantes, especialmente de Ocratoxina A y reducir la presencia de
microorganismos indeseables como Brettanomyces sp. La OIV también
considera esta práctica bajo las Resoluciones Nros. OIV-OENO 338A,
OIV/OENO 368 ambas de fecha 3 de julio de 2009.
Que por la Resolución Nº C. 28 de fecha 29 de diciembre de 1995, este
Instituto, aprobó como Práctica Enológica lícita el empleo de resinas
de intercambio iónico-catiónico para el intercambio de iones
indeseables en vinos, práctica también considerada por la OIV según la
Resolución Nº OENO 43/2000.
Que las precitadas prácticas con sus productos enológicos, permiten
reducir las concentraciones de hierro y cobre en mostos y vinos y son
alternativas a la Práctica Enológica denominada clarificación azul.
Que la aplicación y mejora continua de las Buenas Prácticas de
Manufactura en la cadena vitivinícola, contribuyen de forma eficiente a
la prevención de contenidos elevados de metales, complementada con los
tratamientos descriptos precedentemente.
Que, asimismo, con una finalidad ordenatoria resulta aconsejable
realizar un compendio de las Prácticas Enológicas lícitas vigentes para
mostos, vinos y otros productos vitivinícolas, que se encuentre
accesible mediante un enlace a la página web del INV y que sirva de
herramienta a la industria para el conocimiento de prácticas aprobadas
y que tienen vigencia de larga data.
Que la Coordinación de Asuntos Jurídicos de este Organismo, ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades
conferidas por las Leyes Nros. 14.878 y 24.566 y el Decreto Nº
DECTO-2024-66-APN-PTE.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el listado de Productos de Uso Enológico
utilizados en las Prácticas Enológicas lícitas que tienen por objeto la
reducción del contenido de metales y prevención de defectos ocasionados
en particular por hierro y cobre en vinos y mostos:
- Polivinilimidazol/Polivinilpilorridona (PVI/PVP)
- Quitina-glucano
- Quitosano
- Resinas de intercambio iónico-catiónico
ARTÍCULO 2º.- Hágase saber que el compendio de las Prácticas Enológicas
lícitas vigentes para mostos, vinos y otros productos vitivinícolas se
encuentra disponible en la página web del INSTITUTO NACIONAL DE
VITIVINICULTURA y se puede acceder mediante el siguiente enlace:
https://www.argentina.gob.ar/inv/vinos/consultas/practicas-enologicas.
ARTÍCULO 3º. - Hágase saber que el Vademecum de Productos Enológicos,
se encuentra disponible en la página web del INSTITUTO NACIONAL DE
VITIVINICULTURA y se puede acceder mediante el siguiente enlace:
https://consultas.inv.gob.ar/index.php?r=vademecum
ARTÍCULO 4º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección
Nacional del Registro Oficial para su publicación, y cumplido archívese.
Carlos Raul Tizio Mayer
e. 10/07/2024 N° 44106/24 v. 10/07/2024