MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 610/2024

RESOL-2024-610-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 09/07/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-21502334- -APN-SSAP#MSG, la Ley de ejecución de la pena privativa de la libertad N° 24.660, las Resoluciones Nros. M.J. y D.H. 1074 del 18 de junio de 2013 y RESOL-2016-1191- APN-MJ del 12 de diciembre de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que conforme al principio de solidaridad que el Estado Nacional mantiene con las Provincias y por las razones de urgencia que los asuntos de política penitenciaria demandan en cada una de las jurisdicciones, esta Administración tomó la decisión de encausar la cancelación de las obligaciones reclamadas por las Provincias.

Que por la Resolución M.J. y D.H. N° 1074/13 se aprobó el modelo vigente de Convenio de Adhesión al “RÉGIMEN DE FIJACIÓN Y MODIFICACIÓN DEL VALOR DIARIO POR EL ALOJAMIENTO DE INTERNOS”, relativo a las prestaciones recíprocas de alojamiento de internos de extraña jurisdicción en los establecimientos penitenciarios federales y provinciales.

Que el aludido modelo de Convenio de Adhesión establece el mecanismo para la modificación del valor diario por el alojamiento de internos federales, conforme las posibilidades presupuestarias del Estado Nacional.

Que por Resolución N° RESOL-2016-1191-APN-MJ se estableció el valor diario actual a reconocer por el alojamiento y atención integral de los internos que se derivan recíprocamente, en la suma de PESOS TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO ($ 375) por día y por interno desde el 1° de enero de 2016.

Que por el artículo 4° del Decreto N° 8 del 2 de enero de 2024 se modificó el Apartado XV, MINISTERIO DE SEGURIDAD, del Anexo I –Organigrama de la Aplicación de la Administración Pública Nacional Centralizada hasta Nivel de Subsecretaría- del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Que por el artículo 1° del Decreto N° 8/2024 se transfieren “(…) las unidades organizativas, como así también los créditos presupuestarios, bienes y dotaciones vigentes, como así también el personal con sus respectivos cargos y niveles escalafonarios, situación de revista y suplementos vigentes a la fecha de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS PENITENCIARIOS del MINISTERIO DE JUSTICIA, a la órbita del MINISTERIO DE SEGURIDAD.”

Que por el artículo 2° del Decreto N° 8/2024 se transfiere “(…) la DIRECCIÓN NACIONAL DEL SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, organismo desconcentrado del MINISTERIO DE JUSTICIA, a la órbita del MINISTERIO DE SEGURIDAD.”

Que aquel importe aprobado en el 2016 se encuentra significativamente retrasado, y en tal sentido la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PENITENCIARIOS de esta Cartera remitió las presentes actuaciones a la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA para su competente intervención mediante las áreas técnicas correspondientes.

Que el servicio permanente de asesoramiento jurídico de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la suscripta se encuentra facultada para emitir el presente acto, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 4°, inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorios.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Fíjase el monto único y total a reconocer por el alojamiento y atención integral recíproca de internos de extraña jurisdicción en establecimientos penitenciarios federales y provinciales, en la suma de PESOS DOS MIL ($2.000) por día y por interno desde el 1° de enero de 2024.

ARTÍCULO 2º.- Cúrsense las debidas comunicaciones a las Provincias respecto de la modificación que se aprueba conforme las cláusulas cuarta y quinta del modelo de Convenio aprobado como Anexo I a la Resolución M.J. y D.H. N° 1074/13.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Patricia Bullrich

e. 11/07/2024 N° 44590/24 v. 11/07/2024