JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Decisión Administrativa 657/2024
DA-2024-657-APN-JGM - Apruébase procedimiento y desestímanse ofertas.
Ciudad de Buenos Aires, 11/07/2024
VISTO el Expediente N° EX-2023-142927482- -APN-CGD#SGP, la Ley de
Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector
Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias, el Decreto N° 1344 del
4 de octubre de 2007, sus modificatorios y complementarios, el “Régimen
de Contrataciones tendiente a mantener la operatividad de las aeronaves
de la dotación de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN”, aprobado por el Decreto
Nº 186 del 17 de abril de 2022 y el “Procedimiento del Régimen de
Contrataciones tendiente a atender la operatividad de las aeronaves de
la dotación de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN”, aprobado por la Resolución
de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN Nº 489 del 5 de
agosto de 2022, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Expediente citado en el Visto la Dirección de
Planificación y Mantenimiento Aeronáutico de la Dirección General de
Logística, entonces dependiente de la Subsecretaría de Planificación
General de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN,
solicitó con fecha 1º de diciembre de 2023 el servicio de inspección
mayor “1C Check” y de actualización del sistema de comunicación
satelital para la aeronave Boeing 757-256 Matrícula ARG-01 de la Flota
Aérea de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que el objeto de la contratación propiciada se encuentra comprendido
dentro de los supuestos previstos en el artículo 2º, inciso d) del
“Régimen de Contrataciones tendiente a mantener la operatividad de las
aeronaves de la dotación de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN”, aprobado por
Decreto Nº 186/22.
Que se cursó un pedido de cotización en los términos previstos en el
artículo 3°, inciso c) del “Procedimiento del Régimen de Contrataciones
tendiente a atender la operatividad de las aeronaves de la dotación de
la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN”, aprobado por Resolución SG N°489/22.
Que en cumplimiento del artículo 6º del “Régimen de Contrataciones
tendiente a mantener la operatividad de las aeronaves de la dotación de
la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN”, aprobado por el Decreto Nº 186/22, se dio
publicidad y difusión del referido pedido de cotización como
Convocatoria N° 23-1039-23 en el Sistema Electrónico de Contrataciones
de la Administración Nacional denominado COMPR.AR.
Que en el marco de dicha Convocatoria, se emitieron las Circulares
Modificatorias Nros. 1, 2 y 3, por las que se prorrogó la fecha y hora
límite de presentación de las cotizaciones, habiéndose dado difusión de
las mismas a los distintos proveedores.
Que se recibieron las ofertas de las firmas: “XTREME AVIATION LLC” y “ALPHA AVIATION GROUP LLC”.
Que con fecha 29 de diciembre de 2023 la Dirección General de
Logística, entonces dependiente de la Subsecretaría de Planificación
General de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN,
manifestó que las ofertas presentadas por las firmas “XTREME AVIATION
LLC” y “ALPHA AVIATION GROUP LLC” resultan inadmisibles
administrativamente por no ajustarse a los términos y condiciones del
pedido de cotización, en virtud de imponer condiciones comerciales de
contratación que condicionan la misma a parámetros que difieren a los
establecidos por la autoridad competente en los términos y condiciones.
Que, en atención a ello, aconsejó desestimar las cotizaciones
presentadas por las firmas “XTREME AVIATION LLC” y “ALPHA AVIATION
GROUP LLC” y declarar fracasado el procedimiento de marras.
Que, en virtud de lo expuesto, corresponde aprobar el referido
procedimiento, desestimar las ofertas presentadas y declararlo
fracasado, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 5º, inciso i) del
“Régimen de Contrataciones tendiente a mantener la operatividad de las
aeronaves de la dotación de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN”, aprobado por
el Decreto N°186/22.
Que ha tomado la intervención que le compete el servicio jurídico
permanente de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas
por el artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el
artículo 5º y su Anexo del “Régimen de Contrataciones tendiente a
mantener la operatividad de las aeronaves de la dotación de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN”, aprobado por el Decreto N° 186/22.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el procedimiento de selección llevado a cabo
con el objeto de contratar el servicio de inspección mayor “1C Check” y
de actualización del sistema de comunicación satelital para la aeronave
Boeing 757-256 Matrícula ARG-01 de la Flota Aérea de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN, bajo el procedimiento previsto en el “Régimen de
Contrataciones tendiente a mantener la operatividad de las aeronaves de
la dotación de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN”, aprobado por el Decreto
N°186/22.
ARTÍCULO 2º.- Desestímanse por inadmisibles las ofertas presentadas por
las firmas “XTREME AVIATION LLC” y “ALPHA AVIATION GROUP LLC”, en los
términos de los fundamentos expresados en los considerandos de la
presente medida.
ARTÍCULO 3º.- Declárase fracasado el procedimiento de selección llevado
a cabo con el objeto de contratar el servicio de inspección mayor “1C
Check” y de actualización del sistema de comunicación satelital para la
aeronave Boeing 757-256 Matrícula ARG-01 de la Flota Aérea de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Guillermo Francos - Diana Mondino
e. 15/07/2024 N° 45488/24 v. 15/07/2024