MINISTERIO DE ECONOMÍA

SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 159/2024

RESOL-2024-159-APN-SE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 11/07/2024

VISTO el Expediente N° EX-2023-91237935-APN-SE#MEC, la Ley N° 17.319 y sus modificatorias, el Decreto N° 872 de fecha 1° de octubre de 2018, las Resoluciones Nros. 65 de fecha 4 de noviembre de 2018, 597 y 600 ambas de fecha 3 de octubre de 2019, todas de la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE HACIENDA, y las Resoluciones Nros. 251 de fecha 18 de abril de 2022 y 268 de fecha 19 abril de 2022, ambas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, y

CONSIDERANDO:

Que por el Artículo 2° de la Ley N° 17.319, y sus modificatorias, se establece que las actividades relativas a la explotación, industrialización, transporte y comercialización de los hidrocarburos estarán a cargo de empresas estatales, empresas privadas o mixtas, conforme a las disposiciones de la mencionada ley y las reglamentaciones que dicte el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que en la Sección 5° del Título II de la citada Ley N° 17.319 y sus modificatorias se establece el procedimiento por medio del cual son adjudicados los permisos de exploración y las concesiones de explotación regulados en la referida ley, y en su Artículo 81 se determinan las causas por las que se extinguen los permisos y concesiones.

Que mediante el Decreto N° 872 de fecha 1° de octubre de 2018, se instruyó a la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE HACIENDA, para que proceda a convocar a Concurso Público Internacional para la adjudicación de permisos de exploración para la búsqueda de hidrocarburos en las áreas del ámbito Costa Afuera Nacional, conforme al régimen de la Ley N° 17.319 y sus modificatorias.

Que a través de la Resolución N° 65 de fecha 4 de noviembre de 2018 de la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE HACIENDA, se convocó a Concurso Público Internacional Costa Afuera N° 1 para la adjudicación de permisos de exploración para la búsqueda de hidrocarburos en las áreas del ámbito Costa Afuera Nacional, conforme al régimen de la Ley N° 17.319 y sus modificatorias y de acuerdo con las condiciones establecidas en el Decreto N° 872/18.

Que por medio de las Resoluciones Nros. 597 y 600, ambas de fecha 3 de octubre de 2019 y de la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE HACIENDA, se otorgaron a las empresas TOTAL AUSTRAL S.A. y BP EXPLORATION ARGENTINA LIMITED SUCURSAL ARGENTINA los Permisos de Exploración de hidrocarburos sobre las áreas CAN_111 y CAN_113, con los efectos previstos en la Ley N° 17.319 y sus modificatorias, bajo las condiciones, derechos y obligaciones previstas en el Decreto N° 872/18, y en la Resolución N° 65/18 de la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA.

Que, posteriormente, mediante las Resoluciones Nros. 251 de fecha 18 de abril de 2022 y 268 de fecha 19 de abril de 2022, ambas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, se prorrogó por DOS (2) años el plazo del primer período exploratorio de los permisos oportunamente otorgados.

Que, mediante la presentación de fecha 4 de agosto de 2023 (IF-2023-91239205-APN-SE#MEC), las empresas TOTAL AUSTRAL S.A. y BP EXPLORATION ARGENTINA LIMITED SUCURSAL ARGENTINA informaron a esta Secretaría su decisión de renunciar al Permiso de Exploración de hidrocarburos otorgado sobre las áreas CAN_111 y CAN_113, y revertirlas en su totalidad.

Que, en el marco de lo establecido en el tercer párrafo del Artículo 20 de la Ley N° 17.319 y sus modificatorias, y lo estipulado en el Pliego de Bases y Condiciones que rige el Concurso Público Internacional Costa Afuera N° 1, que como Anexo II integra la Resolución N° 65/18 de la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA, la Dirección Nacional de Exploración y Producción analizó el cumplimiento de las Unidades de Trabajo comprometidas por las permisionarias.

Que, la citada Dirección Nacional a través de los Informes Nros. IF-2023-145070705-APN-DNEYP#MEC y IF-2023-145071987-APN-DNEYP#MEC, ambos de fecha 5 de diciembre de 2023, determinó la cantidad de DOS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y UNO CON SETENTA Y TRES DECIMALES DE UNIDADES DE TRABAJO (2.231,73 UT) pendientes de cumplimiento en el área CAN_111 y la cantidad de CUATROCIENTOS CUARENTA Y CINCO UNIDADES DE TRABAJO (445 UT), pendientes de cumplimiento en el área CAN_113.

Que, al respecto, el Artículo 10.5 del Pliego de Bases y Condiciones que rige el Concurso Público Internacional Costa Afuera N° 1, y que como Anexo II integra la mencionada Resolución N° 65/18 de la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA, estipula que, si el permisionario no cumpliere con la realización de las Unidades de Trabajo comprometidas para un Período de Exploración, deberá abonar al ESTADO NACIONAL las Unidades de Trabajo remanentes.

Que, por su parte, el Artículo 2.33 del mentado Pliego de Bases y Condiciones estipula que el valor de cada Unidad de Trabajo es de DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCO MIL (USD 5.000).

Que, en atención a tales preceptos, y de acuerdo con las conclusiones vertidas en el Informe N° IF-2023-145070705-APN-DNEYP#MEC las Unidades de Trabajo remanentes equivalen a DÓLARES ESTADOUNIDENSES ONCE MILLONES CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA (USD 11.158.650) en el área CAN_111, y de acuerdo con las conclusiones vertidas en el Informe N° IF-2023-145071987-APN-DNEYP#MEC, las Unidades de Trabajo remanentes equivalen a DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOS MILLONES DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL (USD 2.225.000) en el área CAN_113.

Que, sumando los montos mencionados entre ambas áreas, el monto asciende a DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRECE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CINCUENTA (USD 13.383.650).

Que, mediante la Providencia N° PV-2024-31106299-APN-DGAE#MEC de fecha 25 de marzo de 2024, la Dirección General de Administración de Energía informó que TOTAL AUSTRAL S.A. ha abonado las Unidades de Trabajo remanentes por un monto de PESOS NUEVE MIL QUINIENTOS DIECIOCHO MILLONES TRESCIENTOS VEINTIOCHO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA ($ 9.518.328.450) por el área CAN_111, equivalentes a DÓLARES ESTADOUNIDENSES ONCE MILLONES CIENTO CINCUENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA (USD 11.158.650), conforme al tipo de cambio establecido por el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA tipo vendedor, correspondiente al día hábil anterior a la fecha de pago, según comprobante de pago E-RECAUDA 229, acreditados el día 22 de marzo de 2024 en la cuenta recaudadora N° 54618/94.

Que, mediante la PV-2024-31106299-APN-DGAE#MEC, de fecha 25 de marzo de 2024, la Dirección General de Administración de Energía informó que TOTAL AUSTRAL S.A. ha abonado las Unidades de Trabajo remanentes por un monto de PESOS UN MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS VEINTICINCO MIL ($ 1.897.925.000) por el área CAN_113, equivalentes a DÓLARES ESTADOUNIDENSES DOS MILLONES DOSCIENTOS VEINTICINCO MIL (USD 2.225.000), conforme al tipo de cambio establecido por el BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA tipo vendedor, correspondiente al día hábil anterior a la fecha de pago, según comprobante de pago E-RECAUDA 230, acreditados el día 22 de marzo de 2024 en la cuenta recaudadora N° 54618/94.

Que en lo que concierne al pago del Canon de Exploración, mediante la Nota N° NO-2023-96285453-APN-DNEYR#MEC de fecha 17 de agosto de 2023, la Dirección Nacional de Economía y Regulación informó que TOTAL AUSTRAL S.A. ha abonado el canon de exploración correspondiente al periodo fiscal 2023 por un monto de PESOS TREINTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA CON DOCE CENTAVOS ($ 33.219.250,12) por el área CAN_111 y de PESOS TREINTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON VEINTICUATRO CENTAVOS ($ 34.545.339,24) por el área CAN_113, según comprobantes de pago E-RECAUDA 20 y E-RECAUDA 21, respectivamente, acreditados el día 10 de enero de 2023 en la cuenta recaudadora N° 54618/94.

Que, en virtud de la información presentada por las permisionarias, la mencionada Dirección Nacional de Exploración y Producción elaboró los Informes Nros. IF-2023-99460493-APN-DNEYP#MEC y IF-2023-99464908-APN-DNEYP#MEC, ambos de fecha 25 de agosto de 2023, concluyendo que las empresas no registran observaciones en lo relativo a los requerimientos ambientales previstos por las Resoluciones Nros. 5 de fecha 3 de enero de 1996 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA, TRANSPORTE Y COMUNICACIONES del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, 24 de fecha 12 de enero de 2004 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA, del ex MINISTERIO DE PLANIFICACIÓN FEDERAL, INVERSIÓN PÚBLICA Y SERVICIOS, y la Resolución Conjunta N° 3 de fecha 26 de noviembre de 2019 de la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE HACIENDA y ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE de la ex SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que conforme surge de los Informes Nros. IF-2024-18406477-APN-DNEYP#MEC y IF-2024-18408000-APN-DNEYP#MEC, ambos de fecha 21 de febrero de 2024, la precitada Dirección Nacional no ha informado incumplimientos de las empresas en cuestión, en lo que respecta a las obligaciones establecidas en las Resoluciones Nros. 319 de fecha 18 de octubre de 1993, 2057 de fecha 26 de diciembre de 2005, y 324 de fecha 16 de marzo de 2006, todas ellas de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.

Que, en atención a las consideraciones expuestas, y de conformidad con los Artículos 81, Inciso b) y 85 de la Ley N° 17.319 y sus modificatorias, corresponde declarar la extinción de los Permisos de Exploración de hidrocarburos de las áreas CAN_111 y CAN_113, ubicadas en el ámbito Costa Afuera Nacional, otorgados mediante las citadas Resoluciones Nros. 597/19 y 600/19, ambas de la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA, y revertir dichas áreas al ESTADO NACIONAL.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 97 de la Ley N° 17.319 y sus modificatorias, y el Apartado IX del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorias.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Declárase la extinción de los Permisos de Exploración de Hidrocarburos sobre las áreas CAN_111 y CAN_113, ubicadas en el ámbito Costa Afuera Nacional, otorgados a las empresas TOTAL AUSTRAL S.A. y BP EXPLORATION ARGENTINA LIMITED SUCURSAL ARGENTINA mediante las Resoluciones Nros. 597 y 600, ambas de fecha 3 de octubre de 2019 y de la ex SECRETARÍA DE GOBIERNO DE ENERGÍA del ex MINISTERIO DE HACIENDA, en el marco de lo dispuesto por los Artículos 81 Inciso b) y 85 de la Ley N° 17.319 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 2°.- Reviértase y transfiérase al ESTADO NACIONAL las áreas CAN_111 y CAN_113, ubicadas en el ámbito Costa Afuera Nacional, de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 85 de la Ley N° 17.319 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a las empresas TOTAL AUSTRAL S.A. y BP EXPLORATION ARGENTINA LIMITED SUCURSAL ARGENTINA.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Eduardo Javier Rodriguez Chirillo

e. 15/07/2024 N° 45476/24 v. 15/07/2024