AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
Resolución 330/2024
RESOL-2024-330-APN-D#ARN
Ciudad de Buenos Aires, 12/07/2024
VISTO el Expediente Electrónico N° 141359835/23 de la GERENCIA
SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, la Ley Nacional de la
Actividad Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1390/98, las
Resoluciones del Directorio de la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR N°
220/19 y N° 438/21, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a), de la Ley N°
24.804 citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para
desarrollar una actividad nuclear en la REPÚBLICA ARGENTINA, deberá
ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA
NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el
otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo
habilite para su ejercicio.
Que asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, Inciso c), establece
que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar Licencias,
Permisos o Autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.
Que mediante las Notas N° 81168916/23 de la GERENCIA DE ÁREA CICLO DE
COMBUSTIBLE NUCLEAR de la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA),
de fecha 13 de julio de 2023, N° 149143797/23 de la GERENCIA DE ÁREA
SEGURIDAD NUCLEAR Y AMBIENTE de la CNEA, de fecha 15 de diciembre 2023,
y N° 08906756/24 de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y
SALVAGUARDIAS de la ARN, de fecha 25 de enero de 2024, la CNEA solicitó
a esta ARN la Prórroga de la Licencia de Puesta en Marcha de la
Instalación Clase I denominada “PLANTA PILOTO DE COMBUSTIBLES AVANZADOS
(PPCA)”, ubicada en el Centro Atómico Constituyentes.
Que mediante Resolución del Directorio de la ARN N° 220/19 se otorgó a
la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) la Licencia de Puesta en
Marcha para la instalación “PLANTA PILOTO DE COMBUSTIBLES AVANZADOS
(PPCA)”.
Que posteriormente, mediante la Resolución del Directorio de la ARN N°
438/21 y las Notas de la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y
SALVAGUARDIAS N° 138534260/23, N° 08956843/24 y N° 30638898/24 se
otorgaron las prórrogas de la extensión de la licencia de puesta en
marcha de la citada instalación.
Que las SUBGERENCIAS CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE I Y DEL
CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR y CONTROL DE LAS SALVAGUARDIAS Y
PROTECCIÓN FÍSICA recomiendan dar curso favorable al otorgamiento de la
Prorroga de la Licencia de Puesta en Marcha de la Instalación “PLANTA
PILOTO DE COMBUSTIBLES AVANZADOS (PPCA)” con el objeto que la Entidad
Responsable complete las tareas necesarias para solicitar la licencia
de operación correspondiente.
Que las ACTIVIDADES ACTUALIZACIÓN SISTEMA DE LICENCIAMIENTO y SEGURIDAD
FÍSICA NUCLEAR han tomado la intervención correspondiente.
Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS tomó
conocimiento de las actuaciones y recomendó otorgar la Prorroga de la
Licencia de Puesta en Marcha de la Instalación “PLANTA PILOTO DE
COMBUSTIBLES AVANZADOS (PPCA)”, ubicada en el Centro Atómico
Constituyentes, solicitada por la CNEA.
Que el Artículo 26 de la Ley N° 24.804 establece como obligación para
los usuarios de material radiactivo el pago de la tasa regulatoria.
Que, conforme lo informado por la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS Y
RECURSOS - SECTOR FACTURACIÓN Y COMERCIO EXTERIOR, surge que la
Instalación “PLANTA PILOTO DE COMBUSTIBLES AVANZADOS (PPCA)” no
registra deuda en concepto de tasa regulatoria.
Que la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado en el trámite la intervención correspondiente.
Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente
para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en el
Artículo 22, Inciso a), de la Ley N° 24.804.
Por ello, en su reunión de fecha 19 de junio de 2024 (Acta N° 21),
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar la prórroga de la Licencia de Puesta en Marcha
para la Instalación “PLANTA PILOTO DE COMBUSTIBLES AVANZADOS (PPCA)”,
solicitada por la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA, ubicada en el
Centro Atómico Constituyentes, que se adjunta como Anexo a la presente
Resolución.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a la GERENCIA
SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS. Notifíquese a la
COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA en su carácter de Entidad
Responsable. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su
publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese.
Leonardo Juan Sobehart
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
e. 16/07/2024 N° 45820/24 v. 16/07/2024