AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
Resolución 332/2024
RESOL-2024-332-APN-D#ARN
Ciudad de Buenos Aires, 12/07/2024
VISTO el Expediente Electrónico N° 04900945/24 de la GERENCIA SEGURIDAD
RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS, la Ley Nacional de la Actividad
Nuclear N° 24.804, su Decreto Reglamentario N° 1390/98, y
CONSIDERANDO:
Que conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a), de la Ley N°
24.804 citada en el VISTO, toda persona física o jurídica para
desarrollar una actividad nuclear en la REPÚBLICA ARGENTINA, deberá
ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA
NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el
otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo
habilite para su ejercicio.
Que, asimismo, la referida Ley en su Artículo 16, Inciso c), establece
que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar Licencias,
Permisos o Autorizaciones para los usuarios de material radiactivo.
Que mediante Nota N° 115328459/23 de la GERENCIA DE ÁREA SEGURIDAD
NUCLEAR Y AMBIENTE, de fecha 28 de septiembre de 2023, la COMISIÓN
NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA) solicitó a esta ARN la Renovación de
la Licencia de Operación de la Instalación Clase II denominada
“LABORATORIO DE URANIO” –LABUAM– de la Unidad de Actividad Materiales,
ubicada en el Centro Atómico Constituyentes.
Que las SUBGERENCIAS CONTROL DE INSTALACIONES RADIACTIVAS CLASE I Y DEL
CICLO DE COMBUSTIBLE NUCLEAR, CONTROL DE LAS SALVAGUARDIAS Y PROTECCIÓN
FÍSICA recomiendan dar curso favorable al otorgamiento de la Renovación
de la Licencia de Operación de la Instalación “LABORATORIO DE URANIO”
–LABUAM– de la Unidad de Actividad Materiales, por cuanto se ha dado
cumplimiento a los procedimientos regulatorios previstos en dicho
trámite y se ha verificado que la Instalación se ajusta a los
requerimientos de la normativa regulatoria de aplicación vigente.
Que la ACTIVIDAD ACTUALIZACIÓN DEL SISTEMA DE LICENCIAMIENTO ha tomado la intervención correspondiente.
Que la GERENCIA SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS tomó
conocimiento de las actuaciones y recomendó otorgar la Renovación de la
Licencia de Operación de la Instalación “LABORATORIO DE URANIO”
–LABUAM– de la Unidad de Actividad Materiales, ubicado en el Centro
Atómico Constituyentes, solicitada por la CNEA.
Que el Artículo 26 de la Ley N° 24.804 establece como obligación para
los usuarios de material radiactivo el pago de la tasa regulatoria.
Que, de acuerdo a lo informado por la GERENCIA ASUNTOS ADMINISTRATIVOS
Y RECURSOS - SECTOR FACTURACIÓN Y COMERCIO EXTERIOR de la ARN, la CNEA
adeuda el pago de la tasa regulatoria previsto en el Artículo 26 de la
Ley N° 24.804, conforme surge de la factura N° 0001-00068277.
Que mediante Nota N° 43208701/24, de fecha 26 de abril de 2024 la
Presidenta de la CNEA informó que se encuentra demorado el pago
correspondiente, en ese sentido, solicitó contemplar en carácter de
excepción la prosecución del trámite de la Renovación de la Licencia de
Operación de la instalación “LABORATORIO DE URANIO” –LABUAM–, y se
están llevando a cabo las gestiones correspondientes a efectos de
subsanar este inconveniente.
Que, así mismo, en la mencionada Nota, la Presidenta de la CNEA indicó
que las tareas de operación de la Instalación son de vital importancia,
dado que se encarga de elaborar aleaciones mediante la fundición de
horno de arco, además se realizan cortes de precisión y preparación
metalográficas a través de diversos medios, prestándole servicios a
distintas instalaciones relevantes de esta Comisión Nacional. Por este
motivo, la falta de continuidad en sus actividades ocasionaría un gran
perjuicio a las instalaciones para las cuales presta servicio,
afectando su normal funcionamiento.
Que el otorgamiento de una Licencia de Operación a un usuario de
material radiactivo que no ha dado cumplimiento al pago de la tasa
regulatoria exigido por el Artículo 26 de la Ley N° 24.804, conlleva
una excepción a lo dispuesto en la citada normativa.
Que la GERENCIA ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado en el trámite la intervención correspondiente.
Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente
para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en el
Artículo 22, Inciso a) de la Ley N° 24.804.
Por ello, en su reunión de fecha 29 de mayo de 2024 (Acta N° 18),
EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
RESOLVIÓ:
ARTÍCULO 1°.- Otorgar la Renovación de la Licencia de Operación,
solicitada por la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA, para la
Instalación Clase II denominada “LABORATORIO DE URANIO” –LABUAM– de la
Unidad de Actividad Materiales, cuya versión se adjunta como Anexo a la
presente Resolución, en excepción a lo establecido en el Artículo 26 de
Ley N° 24.804.
ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a las GERENCIAS
SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS y ASUNTOS ADMINISTRATIVOS
Y RECURSOS. Notifíquese a la COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA en su
carácter de Entidad Responsable. Dese a la Dirección Nacional del
Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la
REPÚBLICA ARGENTINA y archívese.
Leonardo Juan Sobehart
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.
e. 16/07/2024 N° 45822/24 v. 16/07/2024