ADMINISTRACIÓN
PÚBLICA NACIONAL
Decreto 644/2024
DECTO-2024-644-APN-PTE - Decreto Nº
50/2019. Modificación.
Ciudad de Buenos Aires, 18/07/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-74489265-APN-DGDYD#JGM, la Ley de
Ministerios Nº 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12 de
marzo de 1992) y sus modificatorias, la Ley Nº 27.431, la Ley
Complementaria Permanente de Presupuesto N° 11.672 (T.O. 2014) y sus
modificatorias, los Decretos Nros. 2507 del 5 de diciembre de 2002 y
sus modificatorios, 1222 del 2 de diciembre del 2016, 50 del 19 de
diciembre de 2019 y sus modificatorios, 117 del 2 de febrero de 2024,
548 del 28 de junio 2024, 614 del 15 de julio de 2024 y las Decisiones
Administrativas Nros. 1397 del 4 de agosto de 2020 y su modificatoria y
1865 del 14 de octubre de 2020 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N°
438/92) y sus modificatorias se establecieron los Ministerios que
tendrán a su cargo el despacho de los negocios de la Nación y las
Secretarías de Presidencia necesarias para posibilitar las actividades
del Presidente de la Nación.
Que mediante el Decreto Nº 484/24 se dispuso que el Jefe de Gabinete de
Ministros sería asistido por un Vicejefe de Gabinete Ejecutivo y por un
Vicejefe de Gabinete del Interior, en quienes podría delegar las
facultades relacionadas con las materias que le competen y que, a los
fines funcionales, tendrían rango y jerarquía de Ministro.
Que a través del Decreto Nº 585/24 se incorporó a la Ley de Ministerios
el MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO,
correspondiendo en esta instancia aprobar su conformación organizativa.
Que por el Decreto N° 614/24 se disolvió la AGENCIA FEDERAL DE
INTELIGENCIA (AFI) y se incorporó la SECRETARÍA DE INTELIGENCIA DE
ESTADO (SIDE) de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que, asimismo, por el citado decreto se crearon, con dependencia de la
referida SECRETARÍA DE INTELIGENCIA DE ESTADO (SIDE) los siguientes
organismos desconcentrados: el SERVICIO DE INTELIGENCIA ARGENTINO
(SIA), la AGENCIA DE SEGURIDAD NACIONAL (ASN), la AGENCIA FEDERAL DE
CIBERSEGURIDAD (AFC) y la DIVISIÓN DE ASUNTOS INTERNOS (DAI).
Que, asimismo, procede incorporar los referidos organismos
desconcentrados en el Anexo III del Decreto N° 50/19 y sus
modificatorios.
Que, por otra parte, resulta necesario adecuar el Organigrama de
Aplicación y los Objetivos asignados a la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y a
diversos Ministerios.
Que mediante el artículo 108 de la Ley Nº 27.431 y sus modificatorias
se incorporó a la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Nº
11.672 (T.O. 2014) y sus modificatorias, por el que se facultó al PODER
EJECUTIVO NACIONAL a crear Unidades Ejecutoras Especiales Temporarias
y/o para gestionar planes, programas y proyectos de carácter
transitorio y excepcional, pudiendo determinar la estructura, el
funcionamiento y asignación de recursos humanos que correspondan,
estableciendo que dichas unidades tendrán una duración que no podrá
exceder de los DOS (2) años, pudiendo ser prorrogadas siempre que estén
previstas en el presupuesto del año siguiente al vencimiento del plazo.
Que resulta necesario crear la Unidad Ejecutora Especial Temporaria
“AGENCIA DE TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS PÚBLICAS” en el ámbito del
MINISTERIO DE ECONOMÍA.
Que por el Decreto N° 195/20 se aprobó la estructura organizativa de
primer y segundo nivel operativo de la ex-SECRETARÍA DE COMUNICACIÓN Y
PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que por la Decisión Administrativa N° 1397/20 y su modificatoria se
aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo
del ex-MINISTERIO DE TURISMO Y DEPORTES, actualmente dependiente de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que por la Decisión Administrativa N° 1865/20 y sus modificatorias se
aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que atento las competencias asignadas al MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y
TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO procede transferir diversas unidades
organizativas de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL y la OFICINA
NACIONAL DE PRESUPUESTO de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la
SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA han tomado la
intervención que les compete.
Que ha tomado intervención el servicio jurídico correspondiente.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y
por el artículo 108 de la Ley Nº 27.431 y sus modificatorias.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.-Transfiérense la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y
FUNCIÓN PÚBLICA, sus dependientes SUBSECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN Y
REFORMA DEL ESTADO y SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL
EMPLEO PÚBLICO, la SECRETARÍA DE SIMPLIFICACIÓN DEL ESTADO y sus
dependientes SUBSECRETARÍA DE DESREGULACIÓN y SUBSECRETARÍA DE CALIDAD
REGULATORIA de la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS al
ámbito del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO.
Las transferencias aludidas comprenden las unidades organizativas que
se detallan en la PLANILLA ANEXA (IF-2024-75483734-APN-UGA#MI) al
presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto,
como así también los créditos presupuestarios, bienes y dotaciones y el
personal con sus respectivos cargos y niveles escalafonarios, situación
de revista y suplementos vigentes a la fecha.
ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese del Anexo I – Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,
aprobado por el artículo 1º del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado I, SECRETARÍA GENERAL, por el
siguiente:
“I.- SECRETARÍA GENERAL
- UNIDAD GABINETE DE ASESORES
- SUBSECRETARÍA LEGAL
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN INSTITUCIONAL
- SUBSECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN GENERAL
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PRESIDENCIALES
- SUBSECRETARÍA DE VOCERÍA Y COMUNICACIÓN DE GOBIERNO
CASA MILITAR”.
ARTÍCULO 3°.- ARTÍCULO 3°.- Sustitúyese del Anexo I – Organigrama de Aplicación de
la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,
aprobado por el artículo 1º del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado V, JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, por el siguiente:
“V. – JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS
- SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN INSTITUCIONAL DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS
- SUBSECRETARÍA DE ANÁLISIS Y PLANIFICACIÓN INTERNACIONAL
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y
TECNOLOGÍA
- SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
- SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN
- SUBSECRETARÍA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
V BIS. - VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA
SECRETARÍA EJECUTIVA
- SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL
- SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN PRESUPUESTARIA
- OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA
- SUBSECRETARÍA LEGAL
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
SECRETARÍA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS E INSTITUCIONALES
V TER. - VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR
- SUBSECRETARÍA DE INTERIOR
- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA DE INTERIOR
- SUBSECRETARÍA LEGAL DE INTERIOR
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE INTERIOR
SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS
- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LAS PROVINCIAS
- SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LOS MUNICIPIOS
SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE TURISMO, AMBIENTE Y
DEPORTES
- SUBSECRETARÍA DE TURISMO
- SUBSECRETARÍA DE AMBIENTE
- SUBSECRETARÍA DE DEPORTES.
(Artículo rectificado por art. 1° del Decreto N° 654/2024 B.O. 22/7/2024. Vigencia: a partir de la
fecha del dictado de la misma.)
ARTÍCULO 4°.- Suprímese del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,
aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado VI, MINISTERIO DEL INTERIOR.
ARTÍCULO 5°.- Incorpórase al Anexo I – Organigrama de Aplicación de la
Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-,
aprobado por el artículo 1º del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, como Apartado XVIII.- MINISTERIO DE
DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, el siguiente:
“XVIII.- MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA
- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA
- SUBSECRETARÍA DE REFORMA ESTATAL
- SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO
SECRETARÍA DE SIMPLIFICACIÓN DEL ESTADO
- SUBSECRETARÍA DE DESREGULACIÓN
- SUBSECRETARÍA DE CALIDAD REGULATORIA
- SUBSECRETARÍA DE REFORMAS ESTRUCTURALES”.
ARTÍCULO 6º.- Incorpóranse al Anexo II –Objetivos- aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, en el Apartado I - SECRETARÍA GENERAL, como Objetivos
46 a 48 los siguientes:
“46. Impulsar la ‘Marca País Argentina’, en coordinación con otras
áreas competentes de la Administración Pública Nacional.
47. Administrar y controlar los medios de difusión que se encuentran
bajo la responsabilidad del PODER EJECUTIVO NACIONAL y aquellas
empresas del sector en las que la jurisdicción sea accionista.
48. Entender en el lineamiento de las políticas referentes a Medios
Públicos Nacionales y su instrumentación”.
ARTÍCULO 7º.- Incorpóranse al Anexo II del artículo 2° del Decreto N°
50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, en el Apartado I -
SECRETARÍA GENERAL, como Objetivos 19 a 26 de la SUBSECRETARÍA DE
VOCERÍA Y COMUNICACIÓN DE GOBIERNO, los siguientes:
“19. Entender en la administración y el funcionamiento de AGENCIA DE
PUBLICIDAD DEL ESTADO SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (APE S.A.U.)
20. Entender en la administración y el funcionamiento de CONTENIDOS
PÚBLICOS S.E., así como en la operación, desarrollo y explotación del
contenido y funcionamiento del Polo de Producción Audiovisual y de las
señales integrantes de dicha Sociedad.
21. Entender en la administración y el funcionamiento de RADIO Y
TELEVISIÓN ARGENTINA S.E., integrada por LS82 Canal 7, LRA Radio
Nacional y Radiodifusión Argentina al Exterior (RAE).
22. Ejercer la presidencia del CONSEJO ASESOR DEL SISTEMA ARGENTINO DE
TELEVISIÓN DIGITAL TERRESTRE, pudiendo delegar dicha función en un
funcionario de la Secretaría con rango no inferior a Subsecretario.
23. Entender en la administración, operación y desarrollo del Banco
Audiovisual de Contenidos Universales Argentino (BACUA), sus señales,
medios relacionales y conexos.
24. Entender en lo relativo a la planificación y proyección de la
opinión pública y en los pedidos de información de gestión, así como en
la realización de estudios y diagnósticos en la materia.
25. Asesorar a la SECRETARÍA GENERAL en la definición de la estrategia
de comunicación y de contenidos realizada por canales y plataformas de
comunicación directa del ESTADO NACIONAL con los ciudadanos.
26. Asistir a la SECRETARÍA GENERAL en el desarrollo de estudios,
diagnósticos e informes relativos a la planificación y proyección de
opinión pública que permitan realizar análisis para fortalecer el
diseño, implementación y evaluaciones de impacto de las políticas a
nivel nacional”.
ARTÍCULO 8º.- Sustitúyense del Anexo II –Objetivos- aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, en el Apartado I - SECRETARÍA GENERAL, los Objetivos de
la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA, conforme al detalle
obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2024-75483761-APN-UGA#MI) al presente
artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 9º.- Incorpóranse al Anexo II –Objetivos- aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, en el Apartado I - SECRETARÍA GENERAL, los
correspondientes a la SUBSECRETARÍA LEGAL, conforme al detalle obrante
en la PLANILLA ANEXA (IF-2024-75483453-APN- UGA#MI) al presente
artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 10.- ARTÍCULO 10.- Sustitúyese del Anexo II –Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, el Apartado V- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS- por
el obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2024-75986134-APN-UGA#MI) al
presente artículo, que forma parte integrante del presente decreto.
(Artículo rectificado por art. 2° del Decreto N° 654/2024 B.O. 22/7/2024. Vigencia: a partir de la
fecha del dictado de la misma.)
ARTÍCULO 11.- Suprímese del Anexo II –Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, el Apartado VI, MINISTERIO DEL INTERIOR.
ARTÍCULO 12.- Sustitúyese del Anexo II –Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, en el Apartado VII, MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, el Objetivo 9 de la
SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES por el siguiente:
“9. Coordinar, junto a la CÁMARA NACIONAL ELECTORAL y a la VICEJEFATURA
DE GABINETE DEL INTERIOR, la realización de los comicios en las
Representaciones Diplomáticas y Consulares de la REPÚBLICA ARGENTINA en
ocasión de elecciones nacionales”.
ARTÍCULO 13.- Suprímese del Anexo II –Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, en el Apartado IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA, el Objetivo
22 de la SECRETARÍA DE ENERGÍA.
ARTÍCULO 14.- Incorpórase al Anexo II –Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, en el Apartado IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA, como
Objetivo 17 de la SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, HÁBITAT Y
VIVIENDA, el siguiente:
“17. Entender en el diseño de proyectos de conservación, preservación,
mantenimiento, construcción y reciclaje tanto edilicios como de
infraestructura y espacio público, y de obras específicas solicitadas
por los organismos o reparticiones del ESTADO NACIONAL”.
ARTÍCULO 15.- Incorpórase al Anexo II –Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, en el Apartado IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA, como
Objetivo 8 de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL de la
SECRETARÍA DE DESARROLLO TERRITORIAL, HÁBITAT Y VIVIENDA el siguiente:
“8. Dirigir el diseño de proyectos de conservación, preservación,
mantenimiento, construcción y reciclaje, tanto edilicios como de
infraestructura y espacio público, y de obras específicas solicitadas
por los organismos o reparticiones del ESTADO NACIONAL”.
ARTÍCULO 16.- Suprímese del Anexo II –Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, en el Apartado IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA, el Objetivo
8 de la SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS.
ARTÍCULO 17.- Sustitúyese del Anexo II –Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, en el Apartado IX, MINISTERIO DE ECONOMÍA, el Objetivo
9 de la SUBSECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS de la SECRETARÍA DE OBRAS
PÚBLICAS por el siguiente:
“9. Asistir a la Secretaría en la ejecución de obras y administración
de los contratos según las distintas modalidades de contratación,
públicas y público-privadas, de las obras y proyectos cuya realización
sea encomendada al Ministerio por otras Jurisdicciones y áreas del
ESTADO NACIONAL”.
ARTÍCULO 18.-
Sustitúyese
del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el artículo 2° del Decreto N° 50
del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, en el Apartado XIV,
MINISTERIO DE JUSTICIA, el Objetivo 12 de la SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS
NACIONALES DE DERECHOS HUMANOS dependiente de la SECRETARÍA DE DERECHOS
HUMANOS por el siguiente:
“12. Participar en los recursos de apelación ante la VICEJEFATURA DE
GABINETE DEL INTERIOR contra decisiones denegatorias de la Comisión
Nacional para los Refugiados (CONARE)”.
ARTÍCULO 19.- Sustitúyense del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, en el Apartado XV, MINISTERIO DE SEGURIDAD, el Objetivo
3 de la SUBSECRETARÍA DE DESPLIEGUE TERRITORIAL dependiente de la
SECRETARÍA DE SEGURIDAD y el Objetivo 2 de la SUBSECRETARÍA DE LUCHA
CONTRA EL NARCOTRÁFICO dependiente de la SECRETARÍA DE LUCHA CONTRA EL
NARCOTRÁFICO Y LA CRIMINALIDAD ORGANIZADA por los siguientes:
“3. Coordinar la elaboración de políticas, estrategias y acciones para
la prevención y represión del narcotráfico y del crimen organizado
local y transnacional, con el MINISTERIO DE JUSTICIA, la VICEJEFATURA
DE GABINETE DEL INTERIOR, el MINISTERIO DE DEFENSA y la ADMINISTRACIÓN
FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS y demás organismos con competencia en la
materia”.
“2. Asistir a la Secretaría en la coordinación de políticas,
estrategias y acciones para el control del uso indebido y el tráfico
ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas y el desvío de
precursores químicos, en coordinación con las áreas competentes del
MINISTERIO DE JUSTICIA, la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR, el
MINISTERIO DE DEFENSA y la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
y demás organismos con competencia en la materia”.
ARTÍCULO 20.- Sustitúyese del Anexo II -Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, en el Apartado XVI, MINISTERIO DE SALUD, el Objetivo 2
de la SUBSECRETARÍA DE PREVENCIÓN, INVESTIGACIÓN Y ESTADÍSTICAS EN
MATERIA DE DROGAS dependiente de la SECRETARÍA DE POLÍTICAS INTEGRALES
SOBRE DROGAS DE LA NACIÓN ARGENTINA por el siguiente:
“2. Supervisar la aplicación de las políticas y estrategias para la
prevención y tratamiento del consumo de sustancias psicoactivas, en
coordinación con el MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO y con la VICEJEFATURA
DE GABINETE DEL INTERIOR, entre otros organismos nacionales”.
ARTÍCULO 21.- Incorpórase al Anexo II –Objetivos-, aprobado por el
artículo 2° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, el Apartado XVIII.- MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y
TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO, conforme al detalle obrante en la PLANILLA
ANEXA (IF-2024-75483409-APN-UGA#MI) al presente artículo, que forma
parte integrante del presente decreto.
ARTÍCULO 22.- Incorpórase al ANEXO III -Ámbitos jurisdiccionales en
los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,
aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado IV BIS, SECRETARÍA DE
INTELIGENCIA DE ESTADO, y sustitúyense del mismo Anexo la parte
correspondiente a la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y los Apartados I.
SECRETARÍA GENERAL, V, JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, IX.-
MINISTERIO DE ECONOMÍA y XVI.- MINISTERIO DE SALUD, conforme al detalle
obrante en la PLANILLA ANEXA (IF-2024-75912581-APN-UGA#MI) al presente
artículo que forma parte integrante del presente decreto.
(Artículo rectificado por art. 3° del Decreto N° 654/2024 B.O. 22/7/2024. Vigencia: a partir de la
fecha del dictado de la misma.)
ARTÍCULO 23.- Suprímese del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en los
que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-,
aprobado por el artículo 3° del Decreto N° 50 del 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios, el Apartado VI, MINISTERIO DEL INTERIOR.
ARTÍCULO 24.- Sustitúyese el artículo 1º del Decreto Nº 2507 del 5 de
diciembre de 2002 por el siguiente:
“ARTÍCULO 1º.- Créase la AGENCIA DE PUBLICIDAD DEL ESTADO SOCIEDAD
ANÓNIMA UNIPERSONAL (APE S.A.U.) en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE
VOCERÍA Y COMUNICACIÓN DE GOBIERNO de la SECRETARÍA GENERAL de la
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, a partir del primer día del mes siguiente al
de la publicación del presente decreto en el BOLETÍN OFICIAL”.
ARTÍCULO 25.- Sustitúyense los artículos 1º y 4º del Decreto Nº 548 del
28 de junio de 2024 por los siguientes:
“ARTÍCULO 1º.- Dispónese la transformación de TÉLAM SOCIEDAD DEL ESTADO
en SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL, bajo la denominación de AGENCIA DE
PUBLICIDAD DEL ESTADO SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (APE S.A.U.) en la
órbita de la SUBSECRETARÍA DE VOCERÍA Y COMUNICACIÓN DE GOBIERNO de la
SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, bajo el régimen de
la Ley General de Sociedades N° 19.550, T.O. 1984 y sus modificatorias”.
Instrúyese a los representantes del ESTADO NACIONAL para que en la
Asamblea General Extraordinaria de TÉLAM SOCIEDAD DEL ESTADO, a
realizarse el día 28 de junio de 2024, den cumplimiento a lo
establecido precedentemente y arbitren las medidas que correspondan
para la transformación de la empresa y aprobación del estatuto de la
nueva sociedad”.
“ARTÍCULO 4º.- El PODER EJECUTIVO NACIONAL ejercerá, a través de la
SUBSECRETARÍA DE VOCERÍA Y COMUNICACIÓN DE GOBIERNO de la SECRETARÍA
GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, los derechos societarios que le
correspondan al Estado Nacional por su participación en el capital
accionario de la AGENCIA DE PUBLICIDAD DEL ESTADO SOCIEDAD ANÓNIMA
UNIPERSONAL (APE S.A.U.)”.
ARTÍCULO 26.- Sustitúyese el artículo 1º del Decreto Nº 1222 del 2 de
diciembre de 2016 por el siguiente:
“ARTÍCULO 1°.- Créase CONTENIDOS PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO en la
órbita de la SUBSECRETARÍA DE VOCERÍA Y COMUNICACIÓN DE GOBIERNO de la
SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, la que tendrá por
objeto la gestión, operación, desarrollo y explotación de las señales
ENCUENTRO, PAKA PAKA y DEPOR TV, ACUA MAYOR y ACUA FEDERAL y de todas
aquellas señales que las reemplacen y/o en el futuro se creen dentro de
dicha sociedad, así como la administración del Polo de Producción
Audiovisual y del acervo del BANCO AUDIOVISUAL DE CONTENIDOS
UNIVERSALES ARGENTINO (BACUA)”.
ARTÍCULO 27.- Sustitúyese el artículo 7º del Decreto Nº 117 del 2 de
febrero de 2024 por el siguiente:
“ARTÍCULO 7°.- Facúltase a la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE
LA NACIÓN, o al organismo que esta determine, a dictar las normas
complementarias y aclaratorias que resulten necesarias para la
implementación del presente”.
ARTÍCULO 28.- Transfiérense de la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS y de la SECRETARÍA DE PRENSA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
al ámbito de la SECRETARÍA GENERAL de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN las
unidades organizativas que se detallan en la PLANILLA ANEXA
(IF-2024-75483485-APN-UGA#MI) al presente artículo, que forma parte
integrante del presente decreto, como así también los créditos
presupuestarios, bienes y dotaciones correspondientes y el personal con
sus respectivos cargos y niveles escalafonarios, situación de revista y
suplementos vigentes a la fecha.
ARTÍCULO 29.- Créase la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “AGENCIA
DE TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS PÚBLICAS” en el ámbito del MINISTERIO DE
ECONOMÍA, cuyo titular tendrá rango y jerarquía de Secretario, quien
asistirá al Ministro de Economía en la competencia asignada en materia
de desenvolvimiento de las empresas y sociedades contempladas en el
inciso b) del artículo 8° de la Ley Nº 24.156 y sus modificatorias,
cualquiera sea su denominación o naturaleza jurídica, tanto en lo
referido a los planes de acción y presupuesto como en cuanto a la
modificación o transformación de su estructura jurídica, fusión,
escisión, reorganización, reconformación o transferencia a las
provincias o a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
ARTÍCULO 30.- La Unidad Ejecutora Especial Temporaria “AGENCIA DE
TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS PÚBLICAS” tendrá los siguientes Objetivos:
1. Coordinar la implementación, evaluación y seguimiento de los
procesos de transformación de las empresas y sociedades contempladas en
el inciso b) del artículo 8º de la Ley Nº 24.156 y sus modificatorias,
así como en lo relativo a la transformación de su estructura jurídica,
fusión, escisión, reorganización, reconformación, transferencia a las
provincias o a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, y lo relativo a los
procesos de intervención, concesión, privatización total y/o parcial,
liquidación de empresas cuando hayan sido declaradas sujetas a
privatización, enajenación de las participaciones accionarias y/o de
los activos, establecimientos o haciendas productivas y/o disposición
estratégica de tales entidades incluyendo cualquier tipo de figura
asociativa ya sea con entidades del ámbito público y/o privado,
nacionales o extranjeras, en adelante conjuntamente denominados
“Procesos de Reorganización de Empresas Públicas”.
2. Intervenir, en el marco de su competencia, en relación con las
empresas y sociedades contempladas en el inciso b) del artículo 8° de
la Ley Nº 24.156 y sus modificatorias, en el seguimiento y evaluación
de los planes de acción y presupuestos de las mismas, con el fin de
resguardar el interés público general comprometido.
3. Asistir al Ministro de Economía, y a los demás Ministerios y/o
Secretarías según corresponda, en la definición de las directivas y
recomendaciones necesarias para dar cumplimento a los Procesos de
Reorganización de Empresas Públicas sobre las que deberán ajustar su
actuación los titulares de las dependencias del ESTADO NACIONAL que
posean bajo su ámbito la titularidad del ejercicio de los derechos
societarios en las empresas y sociedades contempladas en el inciso b)
del artículo 8° de la Ley Nº 24.156 y sus modificatorias.
4. Asistir al Ministro de Economía, y a los Ministerios y/o Secretarías
según corresponda, en la administración, coordinación y ejecución de
las políticas y acciones que hacen al ejercicio de los derechos
societarios correspondientes a las participaciones accionarias
pertenecientes al ESTADO NACIONAL en las empresas y sociedades
contempladas en el inciso b) del artículo 8° de la Ley Nº 24.156 y sus
modificatorias, de su ámbito que fueran necesarias tomar para dar
cumplimento a los Procesos de Reorganización de Empresas Públicas.
5. Efectuar recomendaciones relativas a las mandas en relación con la
participación del ESTADO NACIONAL en las Asambleas de las empresas y
sociedades contempladas en el inciso b) del artículo 8° de la Ley Nº
24.156 y sus modificatorias, que tengan relación con los Procesos de
Reorganización de Empresas Públicas.
6. Dirigir y administrar la obtención de datos e información relevante
o prioritaria de las empresas y sociedades contempladas en el inciso b)
del artículo 8° de la Ley Nº 24.156 y sus modificatorias, que permitan
efectuar la evaluación y seguimiento de los Procesos de Reorganización
de Empresas Públicas.
7. Entender en todas las cuestiones vinculadas con los aspectos
normativos, así como aquellos propios del desarrollo de las funciones
institucionales de la “AGENCIA DE TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS PÚBLICAS”.
8. Participar en la elaboración y aprobación de los Pliegos de Bases y
Condiciones Generales y Particulares y demás documentación contractual
necesarios para llevar adelante los procedimientos de concesión, de
privatización y en la aprobación de los términos de los pliegos de
disposición estratégica de las empresas y sociedades contempladas en el
inciso b) del artículo 8° de la Ley Nº 24.156 y sus modificatorias.
9. Proponer la designación de las personas que integrarán las
comisiones de adjudicaciones que se conformen respecto de los procesos
de concesiones y/o privatizaciones y/o cualquier otra disposición
estratégica.
10. Proponer al Ministro de Economía y a los demás Ministerios y/o
Secretarías cuando así corresponda, las adjudicaciones que se realicen
en los procesos de concesiones y/o privatizaciones y/o cualquier otra
disposición estratégica, en el marco de su competencia.
11. Entender y efectuar recomendaciones en la implementación y
administración de un sistema de monitoreo permanente del desempeño de
las empresas y sociedades contempladas en el inciso b) del artículo 8°
de la Ley Nº 24.156 y sus modificatorias, en lo relativo a los Procesos
de Reorganización de Empresas Públicas.
12. Participar en la implementación y administración en cada empresa o
sociedad declarada sujeta a privatización, cuando así corresponda,
dando seguimiento al proceso de privatización.
13. Elaborar las solicitudes de colaboración e informes técnicos
dirigidos a los organismos y demás dependencias técnicas de la
Administración Pública Nacional que considere necesarios o convenientes
para el mejor y más eficaz cumplimiento de la competencia que se le
asigna.
14. Proponer la contratación de asesores o servicios de consultoría
especializada cuando las circunstancias así lo justifiquen, en el marco
de su competencia, como así también la designación de al menos un
director o interventor de las empresas del estado, con las funciones
técnicas-administrativas específicas para garantizar el eficaz
cumplimiento de las competencias que se le asigna a la AGENCIA DE
TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS PÚBLICAS.
ARTÍCULO 31.- La Unidad creada mediante el artículo 29 del presente
decreto quedará disuelta a los DOS (2) años de la entrada en vigencia
de la presente medida o cuando se cumplan los Objetivos de su creación
si sucede con anterioridad a dicho plazo.
ARTÍCULO 32.- El gasto que demande la creación y operación de la Unidad
Ejecutora Especial Temporaria “AGENCIA DE TRANSFORMACIÓN DE EMPRESAS
PÚBLICAS” será atendido con cargo a las partidas específicas del
presupuesto vigente de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONOMÍA.
ARTÍCULO 33.- La presente medida entrará en vigencia el día de su
publicación en el BOLETÍN OFICIAL.
ARTÍCULO 34.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las
áreas afectadas por el presente decreto, se mantendrán vigentes las
aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría,
las que transitoriamente mantendrán las acciones, dotaciones y personal
con sus respectivos cargos, niveles y situación de revista y
suplementos vigentes a la fecha.
ARTÍCULO 35.- Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias
correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas
por la presente medida se atenderán con cargo a los créditos
presupuestarios previstos en las Jurisdicciones involucradas.
ARTÍCULO 36.- Comuníquese, publíquese, dese cuenta a la DIRECCIÓN
NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Guillermo Francos
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Decreto se publican en la
edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 19/07/2024 N° 47148/24 v. 19/07/2024
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial)
PLANILLA
ANEXA AL ARTÍCULO 1º
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 8°
(ANEXO II)
I.- SECRETARÍA GENERAL
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS
1. Entender en el asesoramiento, coordinación y ejecución de las tareas
que le encomiende la SECRETARÍA GENERAL y en particular aquellas
destinadas a asegurar la eficacia de la gestión y el mejor cumplimiento
de sus competencias.
2. Asistir, en el ámbito de su competencia, en materia de
asesoramiento, sobre el diseño de la política presupuestaria de la
Jurisdicción, así como también de los organismos a los que preste
asistencia, y en el control del movimiento efectivo de fondos y valores.
3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas de su órbita, en la formulación y programación de la
ejecución presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten
durante el ejercicio financiero.
4. Asistir a la SECRETARÍA GENERAL en la coordinación administrativa,
financiera, de recursos humanos, informáticos y materiales, de todas
las áreas integrantes de la Jurisdicción, de las entidades
descentralizadas dependientes y organismos de la PRESIDENCIA DE LA
NACIÓN y organismos dentro del ámbito de incumbencia, a los cuales
brinde apoyo administrativo como así también en la planificación de las
actividades de coordinación administrativa.
5. Dirigir el seguimiento y trámite de los pedidos de informes que la
SECRETARÍA GENERAL solicite en el ámbito de la Jurisdicción y a pedido
del Presidente de la Nación.
6. Entender en la administración y coordinación de los sistemas
informáticos y de comunicaciones de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
7. Asistir a la SECRETARÍA GENERAL en lo atinente a la coordinación
administrativa de los viajes del Presidente de la Nación y las
comitivas oficiales que lo acompañen.
8. Atender la gestión económico-financiera, contable, patrimonial,
presupuestaria y de servicios de la órbita de la SECRETARÍA GENERAL y
de las Secretarías y los organismos a los que preste asistencia.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 9°
(ANEXO II)
I. SECRETARÍA GENERAL
SUBSECRETARÍA LEGAL
OBJETIVOS
1. Coordinar el servicio jurídico permanente de la Jurisdicción y la
representación del Estado en juicio en las causas en las que deba
intervenir la SECRETARÍA GENERAL, sus dependencias y los organismos a
los que preste asistencia.
2. Intervenir en los proyectos de actos administrativos vinculados con
la actividad sustantiva de las áreas a las que la SECRETARÍA GENERAL
preste apoyo.
3. Coordinar con las áreas de la SECRETARÍA GENERAL con competencia en
la materia el análisis jurídico de los proyectos normativos por ellas
elaborados, con carácter previo a su dictado.
4. Supervisar las actuaciones en las que se substancien recursos
administrativos contra actos emanados de la Jurisdicción.
5. Asistir a la SECRETARÍA GENERAL en la intervención que le compete en
materia de proyectos de leyes y actos administrativos.
6. Intervenir en la tramitación de los sumarios
administrativo-disciplinarios que se instruyan en la Jurisdicción.
7. Intervenir como enlace de acceso a la información pública en los
términos de la Ley N° 27.275.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 10°
(ANEXO II)
V. JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS
OBJETIVOS
1. Entender en el establecimiento,
identificación, análisis y seguimiento de los asuntos estratégicos y
prioritarios para el desarrollo nacional.
2. Entender en el desarrollo de una estrategia de seguridad nacional,
estrategias derivadas y contribuyentes, así como otros documentos
conceptuales y criterios en esta materia, en coordinación con las áreas
competentes del ESTADO NACIONAL.
3. Asesorar al Jefe de Gabinete de Ministros, en coordinación con las
áreas competentes de la Administración Pública Nacional, en cuestiones
internacionales, de seguridad, defensa y en la identificación de
información estratégica relevante en la materia.
4. Dirigir el planeamiento, seguimiento y evaluación de los asuntos
vinculados a la estrategia internacional y de seguridad nacional, en el
ámbito de su competencia.
5. Asistir y asesorar al Jefe de Gabinete de Ministros en la
articulación de planes y acciones con las diferentes áreas del Estado
Nacional, Provincial y Municipal, frente a situaciones de crisis que
puedan amenazar la paz y seguridad nacional, así como ante grandes
catástrofes producidas por eventos naturales, capaces de afectar el
curso habitual de la vida y la prosperidad de la nación.
6. Asesorar al Jefe de Gabinete de Ministros, en cuestiones relativas a
las prioridades de la estrategia de inserción internacional y
relacionamiento bilateral del país, en coordinación con las áreas
competentes de la Administración Pública Nacional.
7. Participar en el diseño de la estrategia de inserción internacional
del país en relación con organismos internacionales (G20, OCDE,
MERCOSUR, CELAC y otras instancias internacionales en que la República
Argentina sea parte o tenga participación), en coordinación con las
áreas competentes de la Administración Pública Nacional.
8. Asesorar en asuntos relativos a la coordinación internacional y
estratégica de los temas relacionados con la participación de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS en cumbres, viajes y visitas de Jefes
de Estado y de Gobierno, en coordinación con las áreas competentes de
la Administración Pública Nacional.
SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS
SUBSECRETARIA DE ARTICULACIÓN
INSTITUCIONAL DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS
OBJETIVOS
1. Coordinar la articulación de planes
y acciones con las diferentes áreas del Estado nacional, provincial y
municipal, frente a situaciones de crisis que puedan amenazar la paz y
seguridad nacional, así como ante grandes catástrofes producidas por
eventos naturales, capaces de afectar el curso habitual de la vida y la
prosperidad de la nación.
2. Asesorar a la Secretaría en la identificación de los asuntos
prioritarios y de relevancia para el desarrollo nacional.
3. Definir e implementar herramientas y lineamientos para el monitoreo
y seguimiento de los asuntos estratégicos prioritarios para el
desarrollo nacional.
4. Participar en la definición de cuestiones relativas a las
prioridades de la estrategia de inserción internacional y de
relacionamiento bilateral del país, en coordinación con las áreas
competentes de la Administración Pública Nacional.
SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS
SUBSECRETARÍA DE ANÁLISIS Y
PLANIFICACIÓN INTERNACIONAL
OBJETIVOS
1. Asesorar a la Secretaría en materia
de seguridad nacional, estrategias derivadas y contribuyentes, así como
otros documentos conceptuales y criterios en esta materia, en
coordinación con las áreas competentes del ESTADO NACIONAL.
2. Asesorar a la Secretaría en cuestiones internacionales, de
seguridad, defensa y en la identificación de información estratégica
relevante en la materia.
3. Asistir a la Secretaría en el análisis, planeamiento, seguimiento y
evaluación de los asuntos vinculados a la estrategia internacional y de
seguridad nacional, en el ámbito de su competencia.
4. Participar en el diseño de la estrategia de inserción internacional
del país en relación con organismos internacionales (G20, OCDE,
MERCOSUR, CELAC y otras instancias internacionales en que la REPÚBLICA
ARGENTINA sea parte o tenga participación).
5. Gestionar la participación de la Secretaría en cumbres, viajes y
visitas de Jefes de Estado y de Gobierno, en coordinación con las áreas
competentes de la Administración Pública Nacional.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y
TECNOLOGÍA
OBJETIVOS
1. Diseñar, proponer y coordinar las
políticas de innovación administrativa y tecnológica del Sector Público
Nacional en sus distintas áreas y determinar los lineamientos
estratégicos y la propuesta de las normas reglamentarias en la materia.
2. Entender en el diseño de las políticas que promuevan el gobierno
abierto, la gobernanza y gestión de datos y el gobierno digital, como
principios de diseño aplicables al ciclo de políticas públicas en el
Sector Público Nacional.
3. Diseñar y desarrollar servicios digitales transversales para el
ESTADO NACIONAL.
4. Promover políticas, programas y acuerdos de servicios digitales e
innovación pública en el territorio nacional, en particular en las
Jurisdicciones provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y
municipales.
5. Entender en la definición de estrategias y estándares sobre
tecnologías de la información, comunicaciones asociadas y otros
sistemas electrónicos de tratamiento de información de la
Administración Pública Nacional.
6. Colaborar con las provincias, con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
y con los municipios en sus procesos de innovación administrativa y
tecnológica, coordinando las acciones específicas de las Entidades y
Jurisdicciones del PODER EJECUTIVO NACIONAL.
7. Diseñar, coordinar e implementar la incorporación y mejoramiento de
los procesos, tecnologías, infraestructura informática y sistemas y
tecnologías de gestión del Sector Público Nacional.
8. Proponer mejoras en el diseño de los procedimientos administrativos
y en su relación con los servicios que ésta brinda a los ciudadanos, a
fin de propiciar su simplificación, transparencia y control social y
elaborar los desarrollos informáticos correspondientes, en coordinación
con los diversos organismos competentes en el ámbito nacional e
internacional.
9. Actuar como Autoridad de Aplicación del régimen normativo que
establece la infraestructura de firma digital dispuesta por la Ley N°
25.506.
10. Entender en el desarrollo de sistemas tecnológicos con alcance
transversal, o comunes a los organismos y Entes de la Administración
Pública Nacional centralizada y descentralizada.
11. Colaborar y participar en el desarrollo de políticas públicas y
entender en la elaboración de marcos regulatorios, en materia de
ciberseguridad y protección de infraestructuras críticas de información
y comunicaciones asociadas del Sector Público Nacional y de los
servicios de información y comunicaciones definidos en el artículo 1°
de la Ley N° 27.078.
12. Entender en la elaboración y ejecución de políticas vinculadas al
desarrollo, uso y fomento del software público, su interoperabilidad,
estandarización y reutilización por parte del ESTADO NACIONAL.
13. Entender en la elaboración y en la ejecución de la política en
materia de telecomunicaciones en coordinación con las áreas de la
Administración Pública Nacional con competencia específica en la
materia.
14. Entender en la elaboración de las políticas, proyectos de leyes y
tratados de su competencia y supervisar a los organismos y entes de
control de los prestadores de los servicios en materia de
comunicaciones y de las normas de regulación de las licencias,
autorizaciones, permisos o registros de servicios de comunicaciones, o
de otros títulos habilitantes pertinentes otorgados por el ESTADO
NACIONAL o las provincias acogidas por convenios a los regímenes
federales en la materia.
15. Entender en la promoción del acceso universal a las nuevas
tecnologías como herramientas de información y conocimiento, como
asimismo en la coordinación con las provincias y la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES, las empresas y los organismos de su dependencia, en relación con la
optimización del uso de las facilidades y redes existentes.
16. Administrar las participaciones del ESTADO NACIONAL en VEHÍCULO
ESPACIAL DE NUEVA GENERACIÓN S.A.
17. Establecer las políticas nacionales y las prioridades consiguientes
bajo la forma de planes nacionales de innovación, ciencia, tecnología y
comunicaciones.
18. Impulsar la creación de Fondos Sectoriales, para financiar
proyectos de investigación e innovación en áreas prioritarias para el
sector productivo o en sectores con alto contenido de bienes públicos,
en coordinación con los Ministerios con competencia específica.
19. Formular las políticas y establecer los mecanismos, instrumentos e
incentivos necesarios para que el sector privado contribuya con
recursos a las actividades e inversiones en el campo científico,
tecnológico e innovativo.
20. Encomendar la realización de estudios que promuevan el desarrollo
de la ciencia, la tecnología, la innovación y comunicaciones en el país.
21. Establecer la política de cooperación internacional en materia de
ciencia, tecnología e innovación, y las alianzas estratégicas, para
promover su implementación, en el marco de sus competencias.
22. Entender en la formulación de políticas y programas para el
establecimiento y funcionamiento del Sistema Nacional de Ciencia,
Tecnología e Innovación instaurado por la Ley N° 25.467.
23. Ejercer la coordinación ejecutiva del Consejo Interinstitucional de
Ciencia y Tecnología (CICYT), establecido por la Ley N° 25.467,
promoviendo mecanismos de coordinación entre los organismos del Sistema
Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación procurando el consenso, el
intercambio y la cooperación entre todas las unidades y organismos que
lo conforman.
24. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en las actividades
relativas a la Presidencia y Coordinación Ejecutiva del Gabinete
Científico Tecnológico (GACTEC), en los términos de la normativa
vigente en la materia.
25. Contribuir al mejoramiento y la consolidación de las instituciones
de ciencia y tecnología a través de la realización de evaluaciones
institucionales, programáticas, de proyectos y temáticas, y a la
implementación de los planes que se deriven de las mismas.
26. Entender en la conformación de redes entre las instituciones del
Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, posibilitando su
funcionamiento interactivo, coordinado y flexible ante los
requerimientos de la sociedad y optimizando los vínculos entre las
instituciones del sector público y el sector privado y la participación
del sector privado en la inversión en ciencia y tecnología e
innovación, para contribuir a mejorar la capacidad de innovación, la
competitividad y la creación de empleo genuino.
27. Promover, en el ámbito de su competencia, la formación y empleo de
recursos humanos calificados, en cuanto a su promoción y movilidad, así
como la utilización, renovación y ampliación de los recursos físicos y
las infraestructuras disponibles.
28. Concertar y coordinar las acciones de los gobiernos nacional,
provincial y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, tendientes al
desarrollo nacional de la ciencia y la tecnología.
29. Entender en la promoción y el impulso de la investigación, y en la
aplicación, el financiamiento y la transferencia de los conocimientos
científicos tecnológicos.
30. Intervenir en la formulación y celebración de convenios
internacionales de integración científica y tecnológica de carácter
bilateral o multilateral y coordinar la cooperación internacional en el
ámbito de la ciencia, tecnología e innovación productiva.
31. Intervenir en la formulación de las políticas y programas para el
establecimiento y funcionamiento del Sistema Nacional de Ciencia,
Tecnología e Innovación, así como en la gestión de los instrumentos
para la aplicación de la Ley N° 23.877 de Innovación Tecnológica.
32. Intervenir en materia de promoción de la industria del software con
los alcances del régimen establecido por la Ley N° 25.922, de promoción
de la biotecnología moderna en el ámbito de su competencia, y de
promoción de la nanotecnología a través de la Fundación de
Nanotecnología -FAN- (Decreto N° 380/05).
33. Dirigir la gestión del SISTEMA DE IDENTIFICACIÓN NACIONAL
TRIBUTARIO Y SOCIAL (SINTyS).
34. Administrar las participaciones del ESTADO NACIONAL en EMPRESA
ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES (AR-SAT) y en CORREO OFICIAL DE LA
REPÚBLICA ARGENTINA S.A.
35. Entender en la elaboración, ejecución, fiscalización y
reglamentación del régimen del servicio postal.
36. Ejercer la representación del ESTADO NACIONAL ante los organismos
internacionales vinculados con materia satelital, de comunicaciones y
servicios postales, en coordinación con las áreas competentes de la
Administración Pública Nacional.
37. Entender en el desarrollo de políticas públicas y elaboración de
marcos regulatorios relacionados con desarrollos tecnológicos
estratégicos para el Sector Público Nacional como inteligencia
artificial, tecnología blockchain, internet de las cosas, la gobernanza
de datos, la gobernanza de internet, las tecnologías inmersivas y el
uso de soluciones de software de código abierto, en coordinación con
los diversos organismos competentes en el ámbito nacional e
internacional.
38. Asistir al Jefe de Gabinete en la coordinación funcional de los
organismos del Sistema Científico Tecnológico de la Administración
Nacional y evaluar su actividad.
39. Entender en las tareas de apoyo legal, administrativo y financiero
de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
40. Ejercer el control tutelar del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
(ENACOM), de la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL
DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN (ANPIDTI), del CONSEJO NACIONAL
DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET), de la COMISIÓN
NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES (CONAE) y del BANCO NACIONAL DE
DATOS GENÉTICOS (BNDG).
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y
TECNOLOGÍA
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA
OBJETIVOS
1. Dirigir y coordinar el desarrollo de
las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo de la
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.
2. Intervenir en el diseño de la política presupuestaria de la
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA y en la evaluación de su
cumplimiento, y coordinar el diseño y aplicación de políticas
administrativas y financieras de la Secretaría.
3. Coordinar la realización de los trámites administrativos
relacionados con la gestión de los recursos humanos y la obtención de
materiales, equipamientos tecnológicos y de todo otro insumo necesario.
4. Supervisar y coordinar las acciones que hacen al desarrollo de las
tareas relacionadas con los aspectos económicos, financieros,
contables, patrimoniales, de sistemas informáticos y de control de
gestión.
5. Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos y
en la instrucción de los sumarios administrativos y disciplinarios de
la Secretaría.
6. Dirigir la gestión documental y en el seguimiento y archivo de todos
los actos administrativos dictados por Secretaría, como así también de
la documentación administrativa vinculada con la actividad sustantiva
de aquella.
7. Gestionar la ejecución operativa y de los procesos de gestión
administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,
proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas
con financiamiento externo de competencia de la SECRETARÍA DE
INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.
8. Intervenir en la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y
contrataciones, y de las actividades de control y monitoreo de
programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias
técnicas con financiamiento externo de la Secretaría.
9. Coordinar el servicio jurídico de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN,
CIENCIA Y TECNOLOGÍA, en lo que respecta a la emisión de opiniones y
dictámenes jurídicos respecto a los temas de competencia de la
Secretaría o aquellos en los que actúe el JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
en calidad de superior jerárquico o alzada de los Organismos
descentralizados que orbitan la Secretaría.
10. Dirigir la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL, en lo
que es competencia de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y
TECNOLOGÍA, en los asuntos judiciales, prejudiciales y arbitrajes y en
la contestación de los requerimientos del Poder Judicial.
11. Colaborar cuando le sea requerido en la gestión presupuestaria,
contable y financiera en los temas vinculados a los Organismos
Descentralizados y Empresas actuantes en la órbita de la SECRETARÍA DE
INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.
12. Coordinar el suministro de información pública en los términos de
la Ley N° 27.275 en relación a los fines, competencias y funcionamiento
de las áreas de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA.
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y
TECNOLOGÍA
SUBSECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS DE LA
INFORMACIÓN Y LAS COMUNICACIONES
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría en el
desarrollo y coordinación de las políticas que promuevan la apertura y
el gobierno digital como principios de diseño aplicables al ciclo de
políticas públicas en el Sector Público Nacional.
2. Asistir a la Secretaría en el desarrollo de una estrategia nacional
de gobierno abierto, en el marco de la agenda de innovación del Sector
Público Nacional.
3. Desarrollar y coordinar, en el ámbito de su competencia, las
políticas, marcos normativos y plataformas tecnológicas necesarias para
el gerenciamiento de la información pública como un activo estratégico
para el desarrollo de políticas, productos y servicios públicos basados
en la evidencia.
4. Entender en el diseño, planificación y ejecución de la estrategia de
apertura de datos e información pública del Sector Público Nacional.
5. Entender en la formulación y seguimiento del Plan de Acción Nacional
de Gobierno Abierto en el marco de la participación en la Alianza para
el Gobierno Abierto.
6. Promover la realización de acuerdos bilaterales, multilaterales e
interjurisdiccionales que favorezcan la apertura de datos del Sector
Público Nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y
municipales, en coordinación con los organismos competentes.
7. Desarrollar y coordinar las políticas, marcos normativos y
plataformas tecnológicas necesarias para promover la participación
ciudadana en el proceso de formulación de políticas públicas
colaborativas.
8. Diseñar y desarrollar servicios digitales transversales para el
ESTADO NACIONAL.
9. Promover la creación de una red de innovación pública y gobierno
abierto a nivel nacional generando espacios de trabajo colaborativo,
intercambio y capacitación con el Sector Público Nacional, provincial,
de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, el sector privado,
académico y organizaciones de la sociedad civil.
10. Verificar el cumplimiento de los estándares y normativas definidas
por la Secretaría en las soluciones informáticas que se propongan o
implementen desde ella.
11. Dirigir y supervisar el accionar de la OFICINA NACIONAL DE
TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN (ONTI), promoviendo la integración de nuevas
tecnologías, su compatibilidad e interoperabilidad de acuerdo con los
objetivos y estrategias definidas en el Plan de Modernización del
Estado.
12. Asistir a la Secretaría en el marco de su participación en materia
de ciberseguridad y protección de infraestructuras críticas de
información y comunicaciones asociadas del Sector Público Nacional y de
los servicios de información y comunicaciones definidos en el artículo
1° de la Ley N° 27.078, en coordinación con los Ministerios con
competencia específica.
13. Asistir a la Secretaría en el diseño de políticas públicas y la
elaboración de marcos regulatorios relacionados con desarrollos
tecnológicos estratégicos para el Sector Público Nacional como
inteligencia artificial, tecnología blockchain, internet de las cosas,
la gobernanza de datos, la gobernanza de internet, las tecnologías
inmersivas y el uso de soluciones de software de código abierto, en
coordinación con los organismos nacionales e internacionales
competentes en la materia.
14. Asistir a la Secretaría en el diseño de políticas y regulaciones
tendientes al desarrollo e inclusión de las comunicaciones y de los
servicios postales, y elaborar estudios y propuestas de regulaciones,
en el ámbito de su competencia.
15. Diseñar y proponer a la Secretaría la actualización de los marcos
regulatorios de telecomunicaciones, postal y otras actualizaciones
normativas en el ámbito de su competencia.
16. Asistir a la Secretaría en el control tutelar del ENTE NACIONAL DE
COMUNICACIONES (ENACOM).
17. Recomendar alternativas para la adecuada utilización de la
infraestructura de Red de EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES
(AR-SAT) y el desarrollo satelital.
18. Promover la actualización y coordinación internacional del Cuadro
Nacional de Atribución de Bandas del Espectro Radioeléctrico,
tendientes a la universalización de internet y los servicios móviles.
19. Elaborar recomendaciones y asistir a la Secretaría para un mejor
ejercicio de los derechos societarios de las participaciones
accionarias o de capital del ESTADO NACIONAL en la EMPRESA ARGENTINA DE
SOLUCIONES SATELITALES (AR-SAT) y del CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA S.A.
20. Elaborar las propuestas que presente la Secretaría en las reuniones
de consultas, técnicas o negociaciones con autoridades de
comunicaciones y postales de los demás países, como insumo para la
elaboración de los instrumentos de regulación, estandarización y
coordinación del sector.
21. Asistir a la Secretaría en la interpretación de las Leyes N°
19.798, 20.216, 26.522 y 27.078, en el marco de su competencia.
22. Elaborar propuestas para el dictado de los Planes Técnicos
Fundamentales de Numeración, Señalización, y Portabilidad Numérica.
23. Proponer a la Secretaría planes y programas para la aplicación del
fondo fiduciario de servicio universal.
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y
TECNOLOGÍA
SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN
OBJETIVOS
1. Promover y coordinar la aplicación
de las nuevas tecnologías de gestión documental para la paulatina
supresión del soporte papel como medio de almacenamiento y legalidad de
los actos administrativos, en el ámbito del Sector Público Nacional,
municipal, provincial y de otros poderes.
2. Coordinar el accionar de los referentes de tecnología y procesos de
los organismos del ESTADO NACIONAL para la implementación de los
Sistemas de Gestión Documental y su integración con sus sistemas
verticales.
3. Supervisar la implementación de las iniciativas de innovación
relativas a la gestión documental, procesos, servicios de tramitación a
distancia y sistemas de autenticación electrónica de personas, en
relación con los sistemas transversales centrales, coordinando acciones
con las áreas con competencia específica de la Jurisdicción.
4. Intervenir en el diseño de políticas de innovación que tiendan a la
mejora de los procesos en los organismos del Sector Público Nacional,
en coordinación con las áreas competentes de la Administración Pública
Nacional.
5. Intervenir en el marco regulatorio del régimen relativo a la validez
legal del documento y firma digital, así como en los aspectos
vinculados con la incorporación del documento y firma digital a los
circuitos de información del Sector Público Nacional y con su archivo
en medios alternativos al papel.
6. Monitorear el cumplimiento de los estándares y normativas definidas
por la Secretaría en las soluciones transversales que se propongan o
implementen.
7. Entender en el desarrollo de tableros de reportes de sistemas
transversales que se implementen en el ámbito de su competencia y
proveer información a los organismos competentes.
8. Asistir a la Secretaría en la promoción de políticas, programas y
acuerdos de innovación pública en el territorio nacional, en particular
en las Jurisdicciones provinciales, municipales y en la CIUDAD AUTÓNOMA
DE BUENOS AIRES, coordinando acciones con las áreas con competencia
específica de la Jurisdicción.
9. Asistir a la Secretaría en la promoción de acuerdos federales y en
el desarrollo de programas de asistencia técnica a los gobiernos
provinciales, municipales, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y a otros
poderes del ESTADO NACIONAL, en la implementación de los productos y
programas de la Secretaría.
10. Prestar colaboración para la simplificación, mejora y
digitalización de los principales trámites a nivel provincial, de la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipal, gestionando una plataforma
digital única, diseñada de forma personalizada y de acuerdo con los
perfiles de los diferentes usuarios, en coordinación con las áreas
competentes del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO.
11. Asistir a los gobiernos provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES y municipales en materia de estándares, normativas y
procesos de innovación pública definidos por la Secretaría.
12. Asistir a la Secretaría en la promoción de políticas, programas y
acuerdos de servicios digitales en el territorio nacional, en
particular en las Jurisdicciones provinciales, municipales y en la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
13. Supervisar el funcionamiento del Programa Punto Digital en todo el
territorio nacional.
14. Asistir a la Secretaría en la gestión del SISTEMA DE IDENTIFICACIÓN
NACIONAL TRIBUTARIO Y SOCIAL (SINTyS).
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y
TECNOLOGÍA
SUBSECRETARÍA DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría en el
desarrollo de las políticas nacionales y las prioridades consiguientes
bajo la forma de planes nacionales de ciencia, tecnología e innovación.
2. Impulsar, fomentar y consolidar la generación y aprovechamiento
social de los conocimientos, buscando la igualdad en oportunidades para
personas, organismos y regiones de la REPÚBLICA ARGENTINA.
3. Colaborar en la creación de Fondos Sectoriales para financiar
proyectos de investigación e innovación en áreas prioritarias para el
sector productivo o en sectores con alto contenido de bienes públicos,
en coordinación con los Ministerios con competencia específica.
4. Establecer espacios para la investigación científica y la innovación
tecnológica, procurando la interacción y armonización entre ambas, y
difundiendo, transfiriendo, y diseminando los conocimientos para su
aprovechamiento en la actividad productiva.
5. Colaborar en la formulación de políticas y el establecimiento de
mecanismos, instrumentos e incentivos para que el sector privado
contribuya con recursos a las actividades e inversiones en el campo
científico, tecnológico e innovativo, como así también, encomendar la
realización de estudios que promuevan el desarrollo de la ciencia, la
tecnología y de la innovación productiva en el país.
6. Patrocinar la realización de análisis prospectivos que permitan
prever nuevos escenarios para el desarrollo de procesos de planeamiento
estratégico.
7. Impulsar la divulgación de la ciencia y la tecnología a todos los
sectores sociales y en el acercamiento de la ciencia y la innovación a
la sociedad.
8. Entender en el desarrollo de acciones de cooperación e integración
institucional entre la jurisdicción y organismos de los distintos
poderes del Estado, en el ámbito internacional, Nacional, provincial,
municipal y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, entes regionales e
instituciones intermedias; como así también en el diseño y ejecución de
políticas públicas destinadas a jóvenes actores de la Ciencia, la
Tecnología y la Innovación Productiva.
9. Colaborar en la coordinación ejecutiva del CONSEJO
INTERINSTITUCIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA (CICYT), promoviendo
mecanismos de coordinación entre los organismos del Sistema Nacional de
Ciencia, Tecnología e Innovación procurando el consenso, el intercambio
y la cooperación entre todas las unidades y organismos que lo conforman.
10. Asistir a la Secretaría en relación al mejoramiento y la
consolidación de las instituciones de ciencia y tecnología a través de
la realización de evaluaciones institucionales, programáticas, de
proyectos y temáticas, y a la implementación de los Planes de
Mejoramiento que se deriven de las mismas.
11. Generar y facilitar la articulación de políticas de innovación
pública y ciencia abierta que favorezcan la gestión de los datos e
información del Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación
como un activo cívico.
12. Promover la conformación de redes entre las instituciones del
Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación, posibilitando su
funcionamiento interactivo, coordinado y flexible ante los
requerimientos de la sociedad y optimizando los vínculos entre las
instituciones del sector público y el sector privado y la participación
del sector privado en la inversión en ciencia y tecnología e
innovación, para contribuir a mejorar la capacidad de innovación, la
competitividad y la creación de empleo genuino.
13. Llevar el registro de los organismos y entidades científicas y
tecnológicas de todo el país, en el marco del Régimen de Importaciones
para Insumos destinados a Investigaciones Científico-Tecnológicas, en
virtud de la Ley N° 25.613.
14. Proponer a la Secretaría el presupuesto anual de ingresos y gastos
de la función ciencia y tecnología a ser incorporado al proyecto de ley
de presupuesto de la administración pública nacional y/o al Plan
Nacional de Inversión Pública.
15. Gestionar un Observatorio de Ciencia, Tecnología e Innovación.
16. Asistir a la Secretaría en la formulación de las políticas y
programas para el establecimiento y funcionamiento del Sistema Nacional
de Ciencia, Tecnología e Innovación, así como en la gestión de los
instrumentos para la aplicación de la Ley N° 23.877 de Innovación
Tecnológica.
17. Colaborar en lo relativo al Gabinete Científico Tecnológico
(GACTEC).
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA
OBJETIVOS
1. Ejercer las facultades que le sean
delegadas por el Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus
competencias de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° BIS de la
Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12
de marzo de 1992).
2. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el cumplimiento de las
decisiones que emanen del PODER JUDICIAL en uso de sus atribuciones.
3. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la definición de
prioridades vinculadas con el financiamiento proveniente de organismos
internacionales, multilaterales y bilaterales de desarrollo.
4. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el seguimiento y
análisis de la relación fiscal entre la Nación, las Provincias y la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en coordinación con las áreas de la
Administración Pública competentes en la materia y monitorear el grado
de cumplimiento de las metas fiscales contenidas en la Ley de
Presupuesto Nacional, en el marco de su competencia.
5. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la evaluación y
priorización del gasto, efectuando el diagnóstico y seguimiento
permanente de sus efectos sobre las condiciones de vida de la población.
6. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la distribución de las
rentas nacionales, según la asignación de Presupuesto aprobada por el
Congreso y en su ejecución.
7. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la intervención en los
planes de acción y los presupuestos de las sociedades del Estado,
entidades autárquicas, organismos descentralizados o desconcentrados y
cuentas y fondos especiales, cualquiera sea su denominación o
naturaleza jurídica en su área.
8. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el entendimiento de la
administración, coordinación y ejecución de las políticas y acciones
que hacen al ejercicio de los derechos societarios correspondientes a
las participaciones accionarias pertenecientes al ESTADO NACIONAL en
las empresas en el ámbito de la VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA.
9. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la participación en la
aplicación de la política salarial del sector público, con
participación de los Ministerios y organismos que correspondan.
10. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la elaboración,
registro, seguimiento, evaluación y planificación de los proyectos de
inversión pública y en el control de la formulación, registro,
seguimiento y evaluación de esos proyectos cuando sean ejecutados a
través de contratos de participación público-privada en los términos de
la Ley N° 27.328.
11 . Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en el diseño y ejecución
de políticas relativas a la innovación de gestión, al régimen de
compras y contrataciones.
12. Supervisar el efectivo ejercicio del derecho de acceso a la
información pública y controlar la aplicación de la Ley N° 25.326 de
Protección de los Datos Personales.
13. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la organización,
dirección y fiscalización del registro de empresas contratistas de
obras públicas y de consultorías.
14. Ejercer el control tutelar respecto de los organismos
descentralizados actuantes en su órbita.
15. Entender en lo relativo a las políticas, normas y sistemas de
compras del Sector Público Nacional y supervisar las acciones
desempeñadas por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES.
16. Intervenir en la formulación e implementación de las políticas en
materia de inscripción y calificación de constructores y firmas
consultoras de obras públicas y ejercer el contralor en todo lo
relacionado con el accionar del REGISTRO NACIONAL DE CONSTRUCTORES Y
FIRMAS CONSULTORAS DE OBRAS PÚBLICAS, creado por el artículo 13 de la
Ley N° 13.064 y sus modificatorias.
17. Entender en las tareas de apoyo legal, técnico, administrativo y
financiero de las áreas asignadas a su órbita.
VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA
SECRETARÍA EJECUTIVA
OBJETIVOS
1. Entender en la coordinación de las
relaciones con los Ministros y Secretarios para el cumplimiento de los
objetivos propuestos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la
VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA.
2. Organizar la convocatoria y preparar las reuniones del Gabinete de
Ministros.
3. Fortalecer la relación entre el Estado y la Sociedad Civil a fin de
proponer las reformas institucionales necesarias para desarrollar una
democracia gobernable, transparente, legítima y eficiente, en
coordinación con las áreas de la Administración Públicas con
competencia en la materia.
4. Asistir a la VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA en la resolución de
los temas que le indique el en el ámbito de competencia de la JEFATURA
DE GABINETE DE MINISTROS.
5. Participar, en coordinación con las áreas con competencia
específica, en el seguimiento de las políticas, proyectos y programas
de gobierno a ser implementados en las Jurisdicciones y Entidades de la
Administración Pública Nacional.
6. Coordinar y supervisar el análisis, la formulación y la evaluación
de la estrategia presupuestaria.
7. Colaborar con otras áreas de la Administración Pública Nacional en
la elaboración del Proyecto de la Ley de Presupuesto Nacional y
entender en el seguimiento de su ejecución.
8. Participar de la evaluación del gasto contemplado en el Presupuesto
Nacional y del seguimiento y análisis de la relación fiscal entre la
Nación y las provincias.
9. Elaborar los informes que, en materia presupuestaria, sean
requeridos por la VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA.
10. Determinar los lineamientos estratégicos que permitan la evaluación
y toma de decisiones con relación a los programas y proyectos de
inversión, elaborando una propuesta de priorización.
11. Administrar las participaciones del ESTADO NACIONAL en la
CORPORACIÓN ANTIGUO PUERTO MADERO S.A.
12. Asistir en el control tutelar de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO (AABE) y de la AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN
PÚBLICA (AAIP).
13. Entender en el SISTEMA DE INFORMACIÓN MAPA DE LA ACCIÓN ESTATAL,
creado por la Decisión Administrativa N° 1926/20.
14. Coordinar la organización, dirección y fiscalización del registro
de empresas contratistas de obras públicas y de consultorías.
15. Asistir al Vicejefe de Gabinete Ejecutivo en lo relativo a las
políticas, normas y sistemas de compras del Sector Público Nacional,
así como en la supervisión de las acciones desempeñadas por la OFICINA
NACIONAL DE CONTRATACIONES.
16. Asistir al Vicejefe de Gabinete Ejecutivo en la formulación e
implementación de las políticas en materia de inscripción y
calificación de constructores y firmas consultoras de obras públicas y
ejercer el contralor en todo lo relacionado con el accionar del
REGISTRO NACIONAL DE CONSTRUCTORES Y FIRMAS CONSULTORAS DE OBRAS
PÚBLICAS, creado por el artículo 13 de la Ley N° 13.064 y sus
modificatorias.
SECRETARÍA EJECUTIVA
SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN
INTERMINISTERIAL
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría en las
relaciones con los Ministros y Secretarios para el cumplimiento de los
objetivos propuestos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y la
VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA.
2. Asistir a la Secretaría en los aspectos relativos a la convocatoria
y preparar las reuniones del Gabinete de Ministros.
3. Proveer a la Secretaría de la información de las respectivas
jurisdicciones que le resulte necesaria para la toma de decisiones.
4. Asistir a la Secretaría en la coordinación interministerial,
especialmente en aquellos temas y objetivos de política pública cuyo
cumplimiento requiera la intervención de distintas áreas del gobierno y
en la priorización de los proyectos estratégicos.
5. Intervenir en la coordinación interinstitucional e
interjurisdiccional de los temas delegados que requieran intervención
de las distintas áreas de gobierno.
6. Asistir a la Secretaría en la coordinación del SISTEMA DE
INFORMACIÓN MAPA DE LA ACCIÓN ESTATAL, creado por la Decisión
Administrativa N° 1926/20.
SECRETARÍA EJECUTIVA
SUBSECRETARÍA DE EVALUACIÓN
PRESUPUESTARIA
OBJETIVOS
1. Asesorar a la Secretaría para la
coordinación y supervisión del análisis, la formulación y la evaluación
de la estrategia presupuestaria.
2. Asesorar a la Secretaría en la elaboración del Proyecto de la Ley de
Presupuesto Nacional y en el seguimiento de su ejecución.
3. Colaborar en lo relativo a la evaluación del gasto contemplado en el
Presupuesto Nacional y del seguimiento y análisis de la relación fiscal
entre la Nación y las provincias, en coordinación con la SUBSECRETARÍA
DE RELACIONES CON LAS PROVINCIAS y la SECRETARÍA DE HACIENDA del
MINISTERIO DE ECONOMÍA.
4. Participar en el monitoreo del grado de cumplimiento de las metas
fiscales contenidas en la Ley de Presupuesto Nacional.
5. Asistir a la Secretaría en la elaboración de los informes que, en
materia presupuestaria, sean requeridos por la VICEJEFATURA DE GABINETE
EJECUTIVA.
6. Colaborar con la Secretaría en el control de la formulación y
evaluación de los proyectos de inversión realizadas por las
Jurisdicciones, en cuanto al cumplimiento de las metodologías y
procedimientos establecidos.
7. Participar en la elaboración del Plan Nacional de Inversiones
Públicas (PNIP).
8. Gestionar el Banco de Proyectos de Inversión (BAPIN).
9. Asistir a la Secretaría en la determinación de los lineamientos
estratégicos que permitan la evaluación y toma de decisiones con
relación a los programas y proyectos de inversión, elaborando una
propuesta de priorización.
10. Participar en el Fondo para la Convergencia Estructural del
MERCOSUR (FOCEM).
11. Intervenir en la centralización normativa de los contratos regidos
por la Ley N° 27.328 y prestar apoyo consultivo, operativo y técnico, a
solicitud de los órganos o entes licitantes, en las etapas de
formulación del proyecto, elaboración de la documentación licitatoria y
ejecución del contrato de proyectos de participación público privada.
12. Entender en el control de la formulación y evaluación de los
proyectos de inversión realizados en las Jurisdicciones, en
cumplimiento de lo establecido en el inciso b) del artículo 5° de la
Ley N° 24.354, cuando se trate de proyectos de inversión pública
ejecutados a través de contratos de participación público privada en
los términos de la Ley N° 27.328.
SECRETARÍA EJECUTIVA
OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES
OBJETIVOS
1. Proponer políticas de contrataciones
y de organización del Sistema de Contrataciones de la Administración
Pública Nacional, especialmente a fin de promover el estricto
cumplimiento de los principios generales a los que debe ajustarse la
gestión de las contrataciones públicas.
2. Desarrollar mecanismos que promuevan la adecuada y efectiva
instrumentación de criterios de sustentabilidad ambientales, éticos,
sociales y económicos en las contrataciones públicas.
3. Promover el perfeccionamiento permanente del Sistema de
Contrataciones de la Administración Pública Nacional.
4. Diseñar, implementar y administrar los sistemas que sirvan de apoyo
a la gestión de las contrataciones, los que serán de utilización
obligatoria por parte de las Jurisdicciones y Entidades contratantes.
5. Diseñar, implementar y administrar un sistema de información en el
que se difundirán las políticas, normas, sistemas, procedimientos,
instrumentos y demás componentes del Sistema de Contrataciones de la
Administración Pública Nacional.
6. Administrar, en el ámbito de su competencia, la información que
remitan las Jurisdicciones y Entidades contratantes en cumplimiento de
las disposiciones legales vigentes.
7. Administrar el sitio web en el que se difundan las políticas,
normas, sistemas, procedimientos, instrumentos y demás componentes del
Sistema de Contrataciones de la Administración Pública Nacional.
8. Colaborar en la administración y reglamentación del funcionamiento
del Registro Nacional de Constructores de Obras Públicas creado por el
artículo 13 de la Ley N° 13.064 y sus modificatorias, debiendo
intervenir en la formulación e implementación de las políticas de
inscripción y calificación de constructores y firmas consultoras de
obras públicas y ejercer el contralor en todo lo relacionado con el
accionar del citado Registro.
9. Administrar el Sistema Electrónico de Contrataciones.
10. Proyectar las normas legales y reglamentarias en la materia de su
competencia.
11. Intervenir en forma previa y obligatoria en la elaboración de los
proyectos de normas vinculados con el ámbito de su competencia
producidos por otros organismos cuando las mismas resulten aplicables a
todas o algunas de las Jurisdicciones y Entidades comprendidas en el
artículo 8°, inciso a) de la Ley N° 24.156.
12. Asesorar y dictaminar en las cuestiones particulares que, en
materia de contrataciones públicas, sometan las Jurisdicciones y
Entidades a su consideración y dictar las normas aclaratorias,
interpretativas y complementarias en el ámbito de su competencia.
13. Elaborar el Pliego Único de Bases y Condiciones Generales para las
contrataciones de obras públicas y concesiones de obras públicas,
establecer su régimen de penalidades y la forma, plazo y demás
condiciones para confeccionar e informar el Plan Anual de
Contrataciones.
14. Aplicar las sanciones fijadas en el Pliego Único de Bases y
Condiciones Generales para las contrataciones de obras públicas y
concesiones de obras públicas.
VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y
ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS
1. Entender en el desarrollo de las
actividades de apoyo legal, técnico y administrativo del Servicio
Administrativo Financiero de la VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA, del
Jefe de Gabinete de Ministros y de la SECRETARÍA DE ASUNTOS
ESTRATÉGICOS.
2. Asistir al Vicejefe de Gabinete Ejecutivo en el diseño del
anteproyecto de presupuesto de las áreas asignadas a su órbita y en la
evaluación de su cumplimiento.
3. Asistir al Vicejefe de Gabinete Ejecutivo en la realización de los
trámites administrativos relacionados con la gestión de los recursos
humanos y la obtención de materiales, equipamientos tecnológicos y de
todo otro insumo necesario para las
unidades ejecutoras de las distintas categorías programáticas del
Servicio Administrativo Financiero de la VICEJEFATURA DE GABINETE
EJECUTIVA, del Jefe de Gabinete de Ministros y de la SECRETARÍA DE
ASUNTOS ESTRATÉGICOS.
4. Supervisar y coordinar las acciones que hacen al desarrollo de las
tareas relacionadas con los aspectos económicos, financieros,
contables, patrimoniales, de sistemas informáticos y de control de
gestión del Servicio Administrativo Financiero de la VICEJEFATURA DE
GABINETE EJECUTIVA, del Jefe de Gabinete de Ministros y de la
SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS.
5. Entender en la instrucción de los sumarios administrativos y
disciplinarios de la VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA, del Jefe de
Gabinete de Ministros y de la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS.
6. Entender en la gestión documental y en el seguimiento y archivo de
todos los actos administrativos dictados por el Jefe de Gabinete de
Ministros y por los titulares de las distintas dependencias de la
VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA, y de la SECRETARÍA DE ASUNTOS
ESTRATÉGICOS, como así también de toda la documentación administrativa
vinculada con la actividad sustantiva de aquellas.
7. Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión
administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,
proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas
con financiamiento externo de la VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA,
del Jefe de Gabinete de Ministros y de la SECRETARÍA DE ASUNTOS
ESTRATÉGICOS.
8. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros, a la VICEJEFATURA DE
GABINETE EJECUTIVA y a la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS en materia
de, relaciones institucionales, ceremonial y protocolo.
9. Entender en lo relativo al cumplimiento por parte de la VICEJEFATURA
DE GABINETE EJECUTIVA, del Jefe de Gabinete de Ministros y de la
SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS de las previsiones establecidas en
la Ley N° 27.275.
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y
ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA LEGAL
OBJETIVOS
1. Coordinar el servicio jurídico
permanente de la VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA, del Jefe de
Gabinete de Ministros y de la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS.
2. Intervenir en los proyectos de actos administrativos vinculados con
las actividades sustantivas de las áreas asignadas a su órbita.
3. Dirigir la representación del ESTADO NACIONAL en los procesos
judiciales en los que deban intervenir el Jefe de Gabinete de
Ministros, la VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA y la SECRETARÍA DE
ASUNTOS ESTRATÉGICOS.
4. Coordinar con las áreas de la VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA con
competencia en la materia el análisis jurídico de los proyectos
normativos por ellas elaborados, con carácter previo a su dictado, en
el marco de su competencia.
5. Supervisar las actuaciones en las que se substancien recursos
administrativos contra actos emanados por las áreas asignadas a su
órbita.
6. Asistir a la Secretaría en la intervención que le compete en materia
de proyectos de leyes y actos administrativos.
7. Supervisar la elaboración, celebración, ejecución y aplicación de
los convenios, acuerdos y demás instrumentos de carácter jurídico
relativos a su competencia.
8. Coordinar el asesoramiento legal que brinde la Secretaría en todas
aquellas materias que sean de su competencia.
9. Intervenir en la tramitación de los sumarios
administrativo-disciplinarios que se instruyan en el ámbito de la
VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA, del Jefe de Gabinete de Ministros y
de la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS.
10. Asistir a la Secretaría en la gestión documental de la VICEJEFATURA
DE GABINETE EJECUTIVA, del Jefe de Gabinete de Ministros y de la
SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS y en el seguimiento y archivo de
todos los actos administrativos dictados por el Jefe de Gabinete de
Ministros y por los titulares de las distintas dependencias de la
VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA, como así también de la
documentación administrativa vinculada con la actividad sustantiva de
la misma.
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y
ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS
1. Dirigir el diseño e implementación
de políticas administrativas, presupuestarias y financieras del
Servicio Administrativo Financiero de la VICEJEFATURA DE GABINETE
EJECUTIVA, del Jefe de Gabinete de Ministros y de la SECRETARÍA DE
ASUNTOS ESTRATÉGICOS.
2. Asistir a la Secretaría en la aplicación de la política de recursos
humanos, organización y sistemas administrativos de la VICEJEFATURA DE
GABINETE EJECUTIVA, del Jefe de Gabinete de Ministros y de la
SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS.
3. Intervenir en el diseño, formulación, coordinación de la ejecución,
modificación y evaluación del cumplimiento del presupuesto e
implementación de las políticas presupuestarias y financieras de la
VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA, del Jefe de Gabinete de Ministros y
de la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS.
4. Asistir en la ejecución de las acciones necesarias para las
contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios y
demás adquisiciones destinadas a la VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA,
del Jefe de Gabinete de Ministros y de la SECRETARÍA DE ASUNTOS
ESTRATÉGICOS.
5. Dirigir, en el ámbito de su competencia, el desarrollo,
implementación y mantenimiento de los sistemas informáticos y de
comunicaciones y sus condiciones de seguridad de la VICEJEFATURA DE
GABINETE EJECUTIVA y de la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS
6. Supervisar la gestión patrimonial, mantenimiento edilicio,
administración de bienes muebles e inmuebles y servicios de las áreas
de la VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA y de la SECRETARÍA DE ASUNTOS
ESTRATÉGICOS.
7. Asistir a la Secretaría en la coordinación, monitoreo y supervisión
de las acciones que hacen al desarrollo de las tareas relacionadas con
los aspectos económicos, financieros, contables, patrimoniales, de
sistemas informáticos y de control de gestión de la VICEJEFATURA DE
GABINETE EJECUTIVA, del Jefe de Gabinete de Ministros y de la
SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS.
8. Coordinar las relaciones institucionales, ceremonial y protocolo de
la VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA, del Jefe de Gabinete de
Ministros y de la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS.
9. Participar en la ejecución operativa de los procesos de gestión
administrativa, presupuestaria y financiera contable y de los
procedimientos de adquisiciones y contrataciones y de las actividades
de auditoría y monitoreo de programas, proyectos, cooperaciones
técnicas, donaciones y asistencias técnicas con financiamiento externo
de la VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA, del Jefe de Gabinete de
Ministros y la SECRETARÍA DE ASUNTOS ESTRATÉGICOS, como así también de
proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su
competencia.
10. Colaborar cuando le sea requerido en la gestión presupuestaria,
contable y financiera en los temas vinculados a los Organismos
Descentralizados y Empresas en la órbita de la VICEJEFATURA DE GABINETE
EJECUTIVA.
VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA
SECRETARÍA DE RELACIONES
PARLAMENTARIAS E INSTITUCIONALES
OBJETIVOS
1. Diseñar e implementar las relaciones
parlamentarias del PODER EJECUTIVO NACIONAL, cumpliendo las
obligaciones y prerrogativas constitucionales inherentes a su vínculo
con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.
2. Asistir en la evaluación de la oportunidad, mérito y conveniencia de
los Proyectos de Ley, de mensajes al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y
del decreto que disponga la prórroga de sesiones ordinarias o de la
convocatoria a sesiones extraordinarias.
3. Coordinar las acciones necesarias para la concurrencia del Jefe de
Gabinete de Ministros al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, en el
cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 101 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL y confeccionar y supervisar la elaboración de la memoria
detallada de la marcha del Gobierno de la Nación.
4. Entender en la elaboración de los informes solicitados por ambas
Cámaras y la Comisión Bicameral Permanente del HONORABLE CONGRESO DE LA
NACIÓN, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 100, incisos 9,
10 y 11 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
5. Entender en las relaciones del PODER EJECUTIVO NACIONAL con ambas
Cámaras del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, sus comisiones e
integrantes y en lo relativo a la tramitación de los actos que deban
ser remitidos a ese Poder en cumplimiento de lo establecido en el
artículo 100, inciso 6 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y demás normas que
así lo establezcan.
6. Asesorar, en el marco de su competencia, respecto a las relaciones
con organizaciones y sectores representativos de la sociedad civil.
7. Gestionar a requerimiento del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN, el
suministro de información y documentación solicitada ante los
organismos competentes y la asistencia de funcionarios cuando sean
debidamente notificados.
8. Coordinar el seguimiento de los proyectos legislativos considerados
prioritarios, produciendo los informes correspondientes.
9. Asistir en los asuntos jurídicos y constitucionales relativos a la
relación con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.
10. Promover la implementación de los mecanismos de democracia directa
y de democracia participativa contemplados en la CONSTITUCIÓN NACIONAL,
en coordinación con otras áreas con competencia en la materia.
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR
OBJETIVOS
1. Ejercer las facultades que le sean
delegadas por el Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus
competencias de acuerdo a lo establecido en el artículo 4° BIS de la
Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438 del 12
de marzo de 1992).
2. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros, en orden a sus
competencias, en todo lo inherente al gobierno político interno y al
ejercicio pleno de los principios y garantías constitucionales,
asegurando y preservando el régimen republicano, representativo y
federal; a la promoción y desarrollo en el país de la actividad
turística; a la definición y ejecución de políticas de desarrollo de la
actividad deportiva de alto rendimiento, amateur y de recreación; a la
política ambiental y el desarrollo sostenible y a la utilización
racional de los recursos naturales.
3. Entender en la determinación de los objetivos y políticas del área
relativas a interior, turismo, ambiente y deportes.
4. Ejecutar los planes, programas y proyectos de las áreas relativas a
interior, ambiente, turismo y deportes.
5. Proponer y planificar políticas, planes y proyectos en materia
poblacional y de migraciones y elaborar estudios sobre la situación
demográfica del país en los aspectos de su composición poblacional, su
distribución territorial y el nivel y tendencias de su crecimiento.
6. Proponer, en el ámbito de su competencia, las acciones necesarias
para la implementación de reformas políticas.
7. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en lo relacionado con la
programación y ejecución de la legislación electoral y el
empadronamiento de los ciudadanos.
8. Intervenir en la convocatoria para los actos eleccionarios que le
competen e intervenir en la difusión pública de los procedimientos y
normas útiles a la ciudadanía durante el acto eleccionario.
9. Intervenir en la elaboración de reformas y adecuación de la
legislación en materia de partidos políticos y conceder franquicias e
intervenir en la distribución de los aportes del Fondo Partidario
Permanente a las agrupaciones políticas.
10. Desarrollar las acciones necesarias para la implementación de
reformas políticas, realizando el relevamiento de opiniones y de
propuestas y la elaboración de proyectos de normas modificatorias de
aquellas que rigen el funcionamiento del sistema político.
11. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en las propuestas de
reforma de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y en las relaciones con las
convenciones que se reúnen a tal efecto.
12. Intervenir en los temas conexos con la declaración de estado de
sitio, intervenciones del gobierno federal a las provincias y a la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, la sanción de leyes de amnistía
política y en lo relativo a la concesión del derecho de asilo.
13. Dirigir la realización estudios e investigaciones que sirvan de
insumo en materia de políticas demográficas y de fortalecimiento de la
identidad nacional.
14. Entender en las relaciones con las colectividades extranjeras en el
área de su competencia y llevar un registro actualizado de las mismas.
15. Proponer políticas para el desarrollo e integración de las áreas de
frontera y el afianzamiento de la identidad nacional.
16. Coordinar, en el ámbito de su competencia, la aplicación de la Ley
N° 22.352 y el Decreto Ley N° 15.385 (Ley N° 12.913) en todo lo
relacionado con la preservación de la seguridad de las áreas y zonas de
frontera.
17. Intervenir en la gestión de los centros de frontera.
18. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en lo concerniente a los
actos de carácter patriótico, efemérides, feriados, custodia de
emblemas y símbolos nacionales, uso de emblemas y símbolos extranjeros
e intervenir en lo relativo a la erección y emplazamiento de monumentos.
19. Entender en la coordinación del Consejo Federal de Población.
20. Mantener la vinculación institucional en materia poblacional y
migratoria con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.
21. Entender en el diseño de las políticas del ARCHIVO GENERAL DE LA
NACIÓN.
22. Ejercer el control tutelar de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO
NACIONAL DE LAS PERSONAS, de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES, de
la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE PARQUES NACIONALES y del INSTITUTO
NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS (INAI).
23. Coordinar acciones con organismos nacionales, provinciales, de la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y municipales, en el ámbito de su
competencia.
24. Evaluar y proponer las políticas de descentralización y
federalización del Sector Público Nacional.
25. Participar en los consejos federales y nacionales constituidos a
los fines de realizar el análisis de políticas públicas que sean
materia de competencia de las áreas de interior, turismo, ambiente y
deportes.
26. Entender en los temas atinentes a la Comisión Nacional de Ex
Combatientes de Malvinas.
27. Entender en la elaboración de estudios estadísticos de los actos
eleccionarios y difundir sus resultados.
28. Actuar como autoridad de aplicación del Reglamento General para la
Publicidad de la Gestión de Intereses en el ámbito del PODER EJECUTIVO
NACIONAL, como organismo coordinador en los Reglamentos Generales de
Audiencias Públicas para el PODER EJECUTIVO NACIONAL y para la
Elaboración Participativa de Normas, aprobadas por el Decreto N°
1172/03, y como coordinador de la Mesa de Coordinación Institucional
sobre Acceso a la Información Pública, creada por el Decreto N° 899/17.
29. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en las relaciones y en el
desenvolvimiento con los gobiernos de las provincias y el de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y en las relaciones y cuestiones
interjurisdiccionales, y coordinar políticas que coadyuven y fomenten
la formación de regiones en el territorio nacional, a los fines
establecidos en el artículo 124 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
30. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la elaboración de la
legislación nacional cuando sea necesario coordinar normas federales y
provinciales.
31. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la implementación y
coordinación de las políticas y acciones tendientes a garantizar la
autonomía en los gobiernos municipales.
32. Definir las medidas necesarias para el cumplimiento de las
políticas que hacen a la protección de la comunidad, colaborando con
los entes nacionales, provinciales o privados, frente a desastres
naturales o causados por el hombre, y a ilícitos que por su naturaleza
sean de su competencia.
33. Impulsar la formulación, implementación y ejecución de la política
ambiental y su desarrollo sostenible como política de Estado, en el
marco de lo dispuesto en el artículo 41 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, en
los aspectos técnicos relativos a la política y la gestión ambientales
de la Nación, proponiendo y elaborando regímenes normativos relativos
al ordenamiento ambiental del territorio y su calidad ambiental.
34. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en la elaboración,
ejecución y fiscalización de las acciones del área tendientes a lograr
la protección y la defensa de los derechos de las comunidades indígenas
y su plena inclusión en la sociedad, con intervención de los
Ministerios que tengan asignadas competencias en la materia, a los
efectos previstos en el artículo 75, inciso 17 de la CONSTITUCIÓN
NACIONAL.
35. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en lo atinente a la
nacionalidad, derechos y obligaciones de los extranjeros y su
asimilación e integración con la comunidad nacional.
36. Asistir al Jefe de Gabinete de Ministros en las funciones de
Autoridad de Aplicación de las leyes que regulan el ejercicio de las
actividades en materia de turismo, ambiente y deportes.
37. Entender en las tareas de apoyo legal, técnico, administrativo y
financiero de las áreas asignadas a su órbita.
38. Coordinar las acciones de relaciones institucionales, ceremonial y
protocolo de las distintas reparticiones y organismos de la
VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR.
VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR
SUBSECRETARÍA DE INTERIOR OBJETIVOS
1. Asistir al Vicejefe de Gabinete del
Interior en la vinculación institucional en materia poblacional y
migratoria con el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN.
2. Coordinar la elaboración de investigaciones y estudios en materia de
política demográfica e identidad nacional.
3. Mantener vinculaciones con organismos nacionales e internacionales
que producen información sobre el comportamiento de variables
demográficas y migratorias.
4. Coordinar los trabajos de elaboración de diagnósticos sobre el
comportamiento de las variables demográficas y sobre sus
particularidades sociales, económicas y regionales.
5. Proponer proyectos de normas inherentes a las migraciones internas e
internacionales.
6. Asistir al Vicejefe de Gabinete del Interior en la elaboración de
las políticas y supervisar la gestión del ARCHIVO GENERAL DE LA NACIÓN.
7. Asistir al Vicejefe de Gabinete del Interior en el ejercicio del
control tutelar de la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS
PERSONAS y de la DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES.
8. Proponer al Vicejefe de Gabinete del Interior proyectos de políticas
de descentralización y federalización del Sector Público Nacional.
9. Asistir al Vicejefe de Gabinete del Interior en la gestión de los
Centros de Frontera previstos de la Ley N° 22.352.
VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR
SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS
OBJETIVOS
1. Programar, organizar y ejecutar las
tareas que la legislación vigente asigna al Ministerio en materia
electoral y de partidos políticos.
2. Participar en las propuestas de reforma de la CONSTITUCIÓN NACIONAL
y en las relaciones con las convenciones que se reúnan a tal efecto.
3. Proponer los proyectos de convocatoria para los actos eleccionarios
que le competen y participar en la difusión pública de los
procedimientos y normas útiles a la ciudadanía durante el acto
eleccionario
4. Proponer las medidas conducentes para perfeccionar el Registro
Nacional de Electores y custodiar los ejemplares autenticados del
padrón electoral.
5. Asistir al Vicejefe de Gabinete del Interior en la elaboración de
reformas y adecuación de la legislación en materia de partidos
políticos, y participar en la concesión de franquicias y distribución
de los aportes del Fondo Partidario Permanente a las agrupaciones
políticas.
6. Intervenir en la elaboración de reformas y adecuación de la
legislación en materia institucional y programar, planificar, ejecutar
y realizar el seguimiento de la política de fortalecimiento de las
instituciones democráticas.
7. Participar en el desarrollo de las acciones necesarias para la
implementación de reformas políticas, realizando el relevamiento de
opiniones y de propuestas y la elaboración de proyectos de normas
modificatorias de aquellas que rigen el funcionamiento del sistema
político.
8. Asistir al Vicejefe de Gabinete del Interior en la elaboración de
estudios estadísticos de los actos eleccionarios y difundir sus
resultados.
9. Asistir en la planificación, elaboración, ejecución y seguimiento de
las políticas, programas y proyectos orientados a la comunidad y a sus
instituciones representativas.
10. Promover la realización de actividades político-institucionales y
el desarrollo de normativa tendiente a consolidar la autonomía del
gobierno de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
11 . Asistir al Vicejefe de Gabinete del Interior en los temas conexos
con la declaración de estado de sitio, las intervenciones del gobierno
federal a las provincias, la sanción de leyes de amnistía política y en
lo relativo a la concesión del derecho de asilo.
12. Intervenir en los temas atinentes a la Comisión Nacional de Ex
Combatientes de Malvinas.
13. Intervenir, en el ámbito de sus competencias, en el marco de la Ley
General de Reconocimiento y Protección al Refugiado N° 26.165.
14. Asistir al Vicejefe de Gabinete del Interior en su actuación como
autoridad de aplicación del Reglamento General para la Publicidad de la
Gestión de Intereses en el ámbito del PODER EJECUTIVO NACIONAL, como
organismo coordinador en los Reglamentos Generales de Audiencias
Públicas para el PODER EJECUTIVO NACIONAL y para la Elaboración
Participativa de Normas, aprobadas por el Decreto N° 1172/03, y como
coordinador de la Mesa de Coordinación Institucional sobre Acceso a la
Información Pública, creada por el Decreto N° 899/17.
VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y
ADMINISTRATIVA DE INTERIOR
OBJETIVOS
1. Entender en el desarrollo de las
actividades de apoyo legal, técnico y administrativo de los distintos
Servicios Administrativos Financieros de la VICEJEFATURA DE GABINETE
DEL INTERIOR.
2. Asistir al VICEJEFE DE GABINETE DEL INTERIOR en el diseño del
anteproyecto de presupuesto de la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR
y en la evaluación de su cumplimiento.
3. Asistir, en el ámbito de su competencia, a las unidades ejecutoras
de las distintas categorías programáticas correspondiente a los
Servicios Administrativos Financieros de las áreas asignadas a su
órbita, en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria
y en las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio
financiero.
4. Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos
de la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR.
5. Entender en el despacho y la gestión documental de la VICEJEFATURA
DE GABINETE DEL INTERIOR.
6. Entender en la instrucción de las informaciones sumarias, como así
también en los sumarios administrativos y disciplinarios de la
VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR.
7. Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las
contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios y
demás adquisiciones efectuadas por los servicios Administrativos
Financieros de la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR.
8. Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión
administrativa, presupuestaria y financiero-contable de programas,
proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas
con financiamiento externo de la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR.
9. Intervenir en la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y
contrataciones, y de las actividades de control y monitoreo de
programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias
técnicas con financiamiento externo de la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL
INTERIOR.
10. Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial,
de infraestructura, de mantenimiento, de administración de bienes
muebles e inmuebles y de servicios de la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL
INTERIOR.
11. Entender en la administración y coordinación de los sistemas y
recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones de la
VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR.
12. Dirigir el diseño e implementación de las políticas de seguridad de
la información, transparencia e integridad que se desarrollen en el
ámbito de su competencia, de acuerdo a las previsiones que establezca
la Autoridad de Aplicación en cada materia.
13. Coordinar el suministro de información pública en los términos de
la Ley N° 27.275 en relación a los fines, competencias y funcionamiento
de las áreas de la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR.
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y
ADMINISTRATIVA DE INTERIOR
SUBSECRETARÍA LEGAL DE INTERIOR
OBJETIVOS
1. Coordinar el servicio jurídico de la
VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR, en lo que respecta a la emisión
de dictámenes.
2. Coordinar con las áreas de la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR
con competencia en la materia el análisis jurídico de los proyectos
normativos por ellas elaborados, con carácter previo a su dictado.
3. Dirigir la representación y patrocinio del ESTADO NACIONAL, en lo
que es competencia de la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR, en los
asuntos judiciales, prejudiciales y arbitrajes, así como en la
contestación de los requerimientos del Poder Judicial.
4. Monitorear el accionar de las unidades organizativas con competencia
en temas legales existentes en el ámbito de la VICEJEFATURA DE GABINETE
DEL INTERIOR.
5. Asistir a la Secretaría en la intervención que le compete en materia
de proyectos de leyes y actos administrativos.
6. Supervisar la elaboración, celebración, ejecución y aplicación de
los convenios, acuerdos y demás instrumentos de carácter jurídico
relativos a su competencia.
7. Asistir a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en relación
con los contratos de obras y servicios públicos de la VICEJEFATURA DE
GABINETE DEL INTERIOR.
8. Coordinar el asesoramiento legal que brinde la Secretaría en todas
aquellas materias que sean competencia de la VICEJEFATURA DE GABINETE
DEL INTERIOR.
9. Intervenir en la tramitación de informaciones sumarias, y en los
sumarios administrativo-disciplinarios que se instruyan en la
VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR.
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y
ADMINISTRATIVA DE INTERIOR
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA DE INTERIOR
OBJETIVOS
1. Asistir en el diseño de la política
presupuestaria de la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR y en la
evaluación de su cumplimiento, con excepción de las cuestiones
relativas a turismo, ambiente y deportes.
2. Colaborar con las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas de la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR, en la
formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en las
modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero, con
excepción de las cuestiones relativas a turismo, ambiente y deportes.
3. Asistir, en el ámbito de su competencia, a las unidades ejecutoras
de las distintas categorías programáticas, en la obtención de los
recursos humanos, materiales, equipamientos tecnológicos e insumos
necesarios para el cumplimiento de los objetivos y metas previstos en
la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR con excepción de las
cuestiones relativas a turismo, ambiente y deportes.
4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que
presta servicio, así como la planificación de las actividades de
administración general de la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR con
excepción de las cuestiones relativas a turismo, ambiente y deportes.
5. Coordinar la aplicación de la política de administración del
personal y de los recursos tecnológicos, informáticos y de
comunicaciones, de la política de seguridad de la información, así como
la gestión de los espacios físicos de la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL
INTERIOR con excepción de las cuestiones relativas a turismo, ambiente
y deportes.
6. Participar en la ejecución operativa de los procesos de gestión
administrativa, presupuestaria y financiero-contable de programas,
proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas
con financiamiento externo de la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR
con excepción de las cuestiones relativas a turismo, ambiente y
deportes, como así también de proyectos de participación
público-privada, en lo que es materia de su competencia.
7. Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y
contrataciones, y de las actividades de control y monitoreo de
programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias
técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de participación
público-privada, en lo que es materia de su competencia.
8. Colaborar cuando le sea requerido en la gestión presupuestaria,
contable y financiera en los temas vinculados a los Organismos
Descentralizados y Entes actuantes en la órbita de la VICEJEFATURA DE
GABINETE DEL INTERIOR.
VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR
SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS
OBJETIVOS
1. Asistir al Vicejefe de Gabinete del
Interior en las actividades político-institucionales que, en el marco
de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y la forma federal de gobierno, el Gobierno
Nacional, desarrolle con las provincias y con la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES y las correspondientes a las relaciones interprovinciales.
2. Promover políticas públicas y acuerdos a nivel federal y regional,
tendientes a la armonización entre las políticas del Gobierno Nacional
y los Gobiernos Provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y
municipales, con miras al desarrollo federal.
3. Intervenir en la evaluación técnica de la asignación del Fondo de
Aportes del Tesoro Nacional a las provincias, de conformidad con lo
dispuesto por el artículo 5° de la Ley N° 23.548.
4. Entender en el análisis de los proyectos de legislación nacional en
los que sea necesario coordinar normas nacionales, provinciales y
municipales.
5. Entender en la formulación y ejecución de políticas de
descentralización y coordinar las políticas inherentes a la
regionalización de las provincias y las iniciativas de desarrollo
regional, conforme con lo dispuesto en el artículo 124 de la
CONSTITUCIÓN NACIONAL.
6. Asesorar en el ámbito de su competencia en lo relativo al régimen
jurídico de las aguas de los ríos interprovinciales y sus afluentes.
7. Asistir al Vicejefe de Gabinete del Interior, en coordinación con
otras áreas, en la promoción de la reforma política a nivel provincial
y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en el ámbito de su competencia.
8. Celebrar convenios con las provincias, con la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES, con los municipios y con otras Entidades gubernamentales,
organizaciones civiles y organismos internacionales para el desarrollo
e implementación de los programas y acciones de su competencia.
9. Impulsar la realización de acuerdos entre los municipios para la
solución de problemáticas regionales o de interés común y a la
optimización de la cooperación internacional dirigida a éstos.
10. Asistir técnicamente a los municipios para la innovación de los
sistemas administrativos locales y el fortalecimiento de su capacidad
de gestión.
11 . Actuar como unidad ejecutora de proyectos de fortalecimiento
institucional de los gobiernos provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES y municipales, en el marco de su competencia.
12. Participar, en coordinación con otras áreas de la Administración
Pública Nacional con competencia específica en la materia, en la
evaluación y seguimiento de los sistemas financieros de los Estados
provinciales, los procesos de privatizaciones y desregulación y en
general todo lo atinente al examen y resolución de las cuestiones
objeto de controversia en el campo económico, financiero y/o fiscal
entre la Nación y las provincias.
13. Diseñar planes y coordinar acciones con los gobiernos de las
provincias, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y con los municipios,
en el ámbito de su competencia, asesorando en la formulación y gestión
de proyectos de carácter federal, y coordinar con el MINISTERIO DE
ECONOMÍA el desarrollo de las políticas y programas de asistencia a las
provincias, a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y a los municipios.
14. Asistir al Vicejefe de Gabinete del Interior en su participación en
el FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL, creado por la
Ley N° 24.855, y en lo atinente a otros fondos fiduciarios y
fideicomisos vinculados a su competencia.
15. Asistir al Vicejefe de Gabinete del Interior en el monitoreo y
seguimiento del cumplimiento de las obligaciones asumidas en carácter
de autoridad de aplicación de las normas que establecen su competencia.
16. Participar, en coordinación con los organismos competentes en la
materia, en las acciones de prevención y respuesta requeridas para la
protección civil de los habitantes ante hechos del hombre y de la
naturaleza, coordinando con los gobiernos provinciales.
17. Elaborar medidas que sirvan como insumo para la definición de las
políticas que hacen a la protección de la comunidad y colaborar con los
entes nacionales, provinciales o privados para hacer frente a desastres
naturales o causados por el hombre y a ilícitos que, por naturaleza,
sean de su competencia.
SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LAS
PROVINCIAS
OBJETIVOS
1. Desarrollar acciones de
fortalecimiento institucional a nivel provincial y regional, orientadas
a la promoción del desarrollo económico y social.
2. Asistir a la Secretaría en la promoción de la reforma política a
nivel provincial y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
3. Coordinar, con las distintas dependencias de la VICEJEFATURA DE
GABINETE DEL INTERIOR y con los Ministerios con competencia en la
materia, los aspectos vinculados con el apoyo institucional a las
políticas de desarrollo provincial y municipal.
4. Participar en el análisis de la determinación, encuadre y
seguimiento de lo dispuesto en el artículo 5° de la Ley N° 23.548 del
Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias.
5. Proponer, en el ámbito de su competencia, instrumentos de asistencia
a las provincias y a la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, en
coordinación las áreas de la Administración Pública Nacional con
competencia en la materia.
6. Participar, en el ámbito de su competencia y con los organismos
correspondientes, en la instrumentación de lo vinculado con el régimen
de coparticipación federal de impuestos y en el seguimiento y control
de la aplicación de la normativa vigente en la materia, o de regímenes
especiales de transferencia de recursos nacionales a las provincias.
7. Promover acciones de coordinación de las políticas de endeudamiento
del Gobierno Nacional con relación a los gobiernos provinciales y
municipales, y realizar el seguimiento de los niveles de endeudamiento
de estos últimos y de su incidencia en sus finanzas públicas.
8. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en el desarrollo de las
relaciones con los gobiernos de las provincias y de la CIUDAD AUTÓNOMA
DE BUENOS AIRES y a lo vinculado con cuestiones interjurisdiccionales.
9. Dirigir la elaboración de estudios y diagnósticos relevantes para la
planificación estratégica regional.
10. Asistir a la Secretaría en lo atinente a la celebración de
convenios con las provincias, con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES,
con entidades gubernamentales, organizaciones civiles y organismos
internacionales para el desarrollo e implementación de los programas y
acciones de su competencia.
11. Proponer a la Secretaría acciones de prevención y respuesta
requeridas para la protección civil de los habitantes ante hechos del
hombre y de la naturaleza, coordinando con los Gobiernos Provinciales y
con los organismos con competencia en la materia.
12. Asistir a la Secretaría, en la formulación de las medidas y
políticas para la protección de la comunidad y colaborar, en el ámbito
de su competencia, con los entes nacionales, provinciales o privados
para hacer frente a desastres naturales o causados por el hombre, y a
ilícitos que por naturaleza sean de su competencia.
SECRETARÍA DE PROVINCIAS Y MUNICIPIOS
SUBSECRETARÍA DE RELACIONES CON LOS
MUNICIPIOS
OBJETIVOS
1. Coordinar la implementación de los
proyectos referidos al mejoramiento de la capacidad de gestión de los
gobiernos municipales, a la modernización de sus sistemas
administrativos y de gestión y al fortalecimiento de la capacidad de
gerenciamiento de las políticas públicas de los gobiernos municipales.
2. Diseñar, evaluar y proponer cursos de acción a seguir en materia de
promoción y desarrollo de micro-regiones, proponer planes y proyectos,
como así también diseñar los instrumentos adecuados para su
implementación y capacitación.
3. Participar en la suscripción de convenios con gobiernos municipales,
entidades gubernamentales, organizaciones civiles y organismos
internacionales, en el marco de su competencia.
4. Asistir a la Secretaría en su relación con las autoridades
municipales, así como en el intercambio de información para la
elaboración de informes y análisis vinculados a la implementación de
las políticas públicas, planes y programas de la Secretaría.
5. Proponer planes y programas tendientes a la descentralización de
funciones desde las provincias hacia los municipios, en el ámbito de su
competencia.
6. Proponer y desarrollar mecanismos de coordinación institucional,
nacional y sectorial en materia de su competencia.
7. Dirigir la elaboración de diagnósticos que sean de utilidad para la
planificación estratégica de micro-regiones.
VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR
SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y
DEPORTES
OBJETIVOS
1. Intervenir en la formulación de las políticas de turismo, ambiente y
deportes en el ámbito nacional.
2. Definir, implementar y ejecutar planes, programas y proyectos
vinculados al turismo, al ambiente y a los deportes, conforme las
directrices que imparta el Vicejefe de Gabinete del Interior.
3. Intervenir en lo relativo al alcance y aplicación normativa
inherente al ámbito de su competencia.
4. Entender en lo relativo al impacto de los planes, programas y
proyectos ejecutados, desarrollando una metodología acorde y
estratégica para cada área en el ámbito de su competencia.
5. Asistir al Vicejefe de Gabinete del Interior en la formulación,
implementación y ejecución de la política ambiental y su desarrollo
sostenible, en el marco de lo dispuesto en el artículo 41 de la
CONSTITUCIÓN NACIONAL, en los aspectos técnicos relativos a la política
ambiental y a la gestión ambiental de la Nación, a los regímenes
normativos relativos al ordenamiento ambiental del territorio y su
calidad ambiental.
6. Participar, en el ámbito de su competencia, en la formulación de
programas para su evaluación ante organismos de financiamiento externo,
como también proyectos de participación público-privada y programas de
financiamiento internacional para el sector turístico, deportivo y
ambiental.
7. Participar, en coordinación con los demás organismos nacionales con
competencia en la materia, en la planificación, ejecución y supervisión
de obras de infraestructura para las áreas bajo su competencia.
8. Participar, en coordinación con las áreas competentes del MINISTERIO
DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO y conforme a
las directrices que imparta la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR,
en la representación de la REPÚBLICA ARGENTINA en todas las reuniones,
convenciones, foros y eventos internacionales vinculadas a las áreas
del ámbito de su competencia.
9. Entender en la celebración de instrumentos jurídicos y/o acuerdos
con las organizaciones y organismos locales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES, provinciales, nacionales, regionales e internacionales,
de carácter público- privado, gubernamentales o no gubernamentales, en
el ámbito de sus competencias.
10. Asistir al Vicejefe de Gabinete del Interior en lo relativo a la
convocatoria y coordinación operativa de las actividades del Consejo
Nacional del Deporte y la Actividad Física y del Consejo Federal de
Turismo.
11 . Asistir al Vicejefe de Gabinete del Interior en sus competencias
vinculadas con el Consejo Federal del Medio Ambiente (COFEMA).
12. Gestionar los programas de turismo social y responsable dirigidos a
los grupos vulnerables de la sociedad.
13. Entender en las actividades turísticas y deportivas que se
desarrollen en las Unidades Turísticas de Chapadmalal y Embalse.
14. Impulsar y entender en las estrategias de innovación para la mejora
del turismo, del medio ambiente y del deporte, y promover el desarrollo
de la biotecnología, en el ámbito de su competencia.
15. Impulsar y entender en las estrategias de innovación para la mejora
del turismo, del medio ambiente y del deporte, y promover el desarrollo
de la biotecnología y la aplicación de la inteligencia artificial, en
el ámbito de su competencia.
16. Promover la generación y difundir la información estadística sobre
las áreas de su competencia.
17. Asistir en lo relativo a la promoción y desarrollo de la actividad
turística en el país, así como en el establecimiento de planes,
programas y proyectos que aseguren el crecimiento y desarrollo del
turismo nacional e internacional receptivo de manera responsable y
sostenible.
18. Ejercer la presidencia del INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCIÓN
TURÍSTICA, como así también la Presidencia el Comité Interministerial
de Facilitación Turística y entender en lo relativo a la promoción
turística internacional.
19. Entender, en el ámbito de su competencia, en la Administración del
FONDO NACIONAL DE TURISMO.
20. Entender en las propuestas de declaración de "Fiesta Nacional" y de
interés turístico de aquellos eventos que, originados en condiciones
naturales o acontecimientos económicos, culturales, deportivos o
históricos, se convierten por su trascendencia en instrumentos de
promoción turística nacional o internacional.
21. Colaborar con las áreas competentes del MINISTERIO DE ECONOMÍA y
para fines exclusivamente vinculados al sector turístico, en la
política nacional de navegación aerocomercial, así como en las acciones
referidas a la percepción, depósito y fiscalización del impuesto sobre
pasajes aéreos al exterior en vuelos regulares o no regulares de
pasajeros.
22. Asistir a la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR en el ejercicio
del control tutelar de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.
23. Intervenir en todo lo relativo a la preservación y administración y
a la gestión sostenible de los bosques, parques y reservas nacionales,
áreas protegidas y monumentos naturales, recursos hídricos, flora y
fauna silvestre y preservación del suelo, en el ámbito de su
competencia.
24. Intervenir en la promoción del desarrollo sostenible de los
asentamientos humanos, garantizando la calidad de vida y conservación
de los recursos naturales.
25. Intervenir en el relevamiento, conservación, recuperación,
protección y uso sostenible de los recursos naturales, renovables y no
renovables.
26. Intervenir en la planificación y ordenamiento ambiental del
territorio nacional, su espacio costero marino y su plataforma
continental, en el ámbito de su competencia.
27. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en el control y
fiscalización ambiental y en la prevención de la contaminación.
28. Formular, ejecutar y evaluar políticas, programas y proyectos
vinculados a productos químicos y residuos, incluyendo los
domiciliarios, de generación universal, especiales, peligrosos y/o
cualquier otro que pudiere estar previsto en normativa especial, en el
ámbito de competencia de la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR.
29. Colaborar en todo lo relacionado a las acciones preventivas ante
emergencias naturales y catástrofes climáticas.
30. Elaborar promover e implementar políticas planes proyectos y
programas relacionados con la mitigación y adaptación climática,
vinculadas a la preservación ambiental.
31. Entender, en el marco de su competencia en lo relativo a la Ley N°
26.815, en la organización, sostenimiento y gestión del Servicio
Nacional de Manejo del Fuego.
32. Intervenir en la asignación de recursos destinados al fomento del
deporte a nivel nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES y municipal, en el marco de su competencia específica.
33. Asistir al Vicejefe de Gabinete del Interior en las facultades
asignadas como socio fundador del ENTE NACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO
DEPORTIVO, creado por la Ley N° 26.573.
34. Entender en la elaboración y aplicación de políticas de promoción
de la práctica, el desarrollo y la competencia deportiva en las
distintas disciplinas olímpicas y paralímpicas, dentro de los programas
y juegos nacionales y regionales; todo ello en coordinación con las
federaciones nacionales, el Comité Olímpico Argentino (COA), Comité
Paralímpico Argentino (COPAR) y el Ente Nacional de Alto Rendimiento
Deportivo (ENARD).
35. Intervenir en la realización de los torneos federativos proyectados
por el Comité Paralímpico Argentino (COPAR), instrumentando el apoyo
para la presencia del equipo técnico deportivo especializado y los
clasificadores funcionales para el desarrollo de cada torneo.
36. Intervenir en la coordinación y ejecución programas de promoción y
desarrollo del deporte de alto rendimiento sobre la base de los
estándares internacionales de cada disciplina.
37. Intervenir en las tareas de apoyo legal, administrativo y
financiero de la Secretaría, en coordinación con la SECRETARÍA DE
COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA DE INTERIOR.
SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y
DEPORTES
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES
OBJETIVOS
1. Dirigir y coordinar el desarrollo de
las actividades de apoyo legal, técnico y administrativo de la
SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES, en coordinación con la
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA DE INTERIOR.
2. Intervenir en el diseño de la política presupuestaria de la
SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES y en la evaluación de su
cumplimiento, y coordinar el diseño y aplicación de políticas
administrativas y financieras de la Secretaría, en coordinación con la
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA DE INTERIOR.
3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas en la formulación, programación y ejecución
presupuestaria, y en las modificaciones que se proyecten durante el
ejercicio financiero; y coordinar las acciones que hacen al desarrollo
de las tareas relacionadas con los aspectos económicos, financieros,
contables, patrimoniales, de sistemas informáticos, de control de
gestión de las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas de la SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES, en
coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA
DE INTERIOR.
4. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas y las unidades ejecutoras de préstamos, efectuando los
trámites administrativos necesarios para la gestión de los recursos
humanos y la obtención de materiales, equipamiento tecnológico y de
todo otro insumo necesario para el cumplimiento de los objetivos y
metas de la SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES, en coordinación
con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA DE INTERIOR.
5. Entender en la aplicación de la política de recursos humanos,
organización, sistemas administrativos, informáticos, comunicaciones y
bienes, y en la administración de los espacios físicos de la SECRETARÍA
DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y
ADMINISTRATIVA DE INTERIOR.
6. Supervisar la aplicación de los sistemas de computación de datos y
promover el desarrollo e implantación de la inteligencia artificial en
la SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES.
7. Entender en la gestión documental de la SECRETARÍA DE TURISMO,
AMBIENTE Y DEPORTES, en coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN
LEGAL Y ADMINISTRATIVA DE INTERIOR.
8. Coordinar el servicio jurídico de la SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE
Y DEPORTES, junto con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y
ADMINISTRATIVA DE INTERIOR.
9. Participar en la instrucción de los sumarios administrativos
disciplinarios de la SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES, en
coordinación con la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA
DE INTERIOR.
10. Coordinar en las actividades prejudiciales tendientes al recupero
de créditos a favor del TESORO NACIONAL en el ámbito de la SECRETARÍA
DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES, en coordinación con la SECRETARÍA DE
COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA DE INTERIOR.
11. Asistir en la ejecución operativa de los procesos de gestión
administrativa, presupuestaria, financiera-contable, de adquisiciones y
contrataciones y de las actividades de supervisión, control y monitoreo
de programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y
asistencias técnicas con financiamiento externo, como así también de
proyectos de participación público-privada, de competencia de la
SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y DEPORTES, en coordinación con la
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA DE INTERIOR.
SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y
DEPORTES
SUBSECRETARÍA DE TURISMO
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría en la
formulación de las políticas de turismo en el ámbito nacional.
2. Definir, implementar y ejecutar planes, programas y proyectos en el
área de su competencia, conforme las directrices que imparta la
Secretaría.
3. Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la aplicación de la
Ley Nacional de Turismo N° 25.997 y demás normas que regulen la
actividad turística.
4. Coordinar las políticas de registro, autorización de operación y
fiscalización de prestadores turísticos.
5. Entender en lo relativo a la implementación de la Ley N° 25.599 y
sus modificatorias.
6. Evaluar el impacto de los planes, programas y proyectos ejecutados
por la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR, en el ámbito de su
competencia.
7. Asesorar, en el ámbito de su competencia, sobre cuestiones
relacionadas con las inversiones en materia turística.
8. Asistir a la Secretaría, en el ámbito de su competencia, en la
planificación, ejecución, implementación, desarrollo y supervisión de
las obras de infraestructura turística a nivel nacional.
9. Participar, en el ámbito de su competencia, en la solicitud,
formulación y seguimiento de programas y proyectos con financiamiento
internacional.
10. Asistir a la Secretaría en la representación de la REPÚBLICA
ARGENTINA en reuniones y eventos internacionales vinculados al sector
turístico.
11. Intervenir, en el marco de su competencia, en el desarrollo de las
relaciones institucionales con las organizaciones y organismos locales,
provinciales, nacionales, regionales e internacionales, de carácter
público y/o privados vinculados a la actividad turística.
12. Coordinar el Consejo Federal de Turismo, de acuerdo a los
lineamientos establecidos por la Secretaría.
13. Promover la innovación y transformación digital en el sector
turístico.
14. Dirigir la elaboración de información estadística sobre el sector
turístico y de las políticas implementadas.
15. Asistir a la Secretaría en la elaboración, ejecución y coordinación
de la política nacional de navegación aerocomercial, así como en las
acciones referidas a la percepción, depósito y fiscalización del
impuesto sobre pasajes aéreos al exterior en vuelos regulares o no
regulares de pasajeros, exclusivamente relacionados al área de turismo.
16. Intervenir en el desarrollo de políticas para la promoción y
desarrollo de la actividad turística en el país, que aseguren el
crecimiento y desarrollo del turismo nacional e internacional
receptivo, de manera responsable y sostenible.
17. Asistir en la celebración de Convenios con entidades públicas y
privadas, en el ámbito de su competencia.
18. Coordinar y ejecutar la asignación de apoyo económico a entidades
públicas y/o privadas, en el marco de sus competencias específicas en
materia turística.
19. Entender en las estrategias institucionales para el fomento y
prestación del turismo social y responsable y de las Unidades
Turísticas de Embalse y Chapadmalal.
SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y
DEPORTES
SUBSECRETARÍA DE AMBIENTE
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría en la
formulación, implementación y ejecución de la política ambiental y su
desarrollo sostenible, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 41 de
la CONSTITUCIÓN NACIONAL y demás normas y Convenios que regulan la
materia.
2. Intervenir en la promoción y elaboración de regímenes normativos
relativos al ordenamiento ambiental del territorio y su calidad
ambiental.
3. Colaborar con las provincias y con la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES en la gestión ambiental sostenible de los recursos hídricos,
bosques, flora y fauna silvestre y en la preservación del suelo.
4. Participar en la promoción del desarrollo sostenible de los
asentamientos humanos, mediante acciones que garanticen la calidad de
vida y la disponibilidad y conservación de los recursos naturales.
5. Asistir a la Secretaría en las relaciones con las organizaciones no
gubernamentales vinculadas a los temas ambientales y al desarrollo
sostenible, y establecer un sistema de información pública sobre el
estado del ambiente y las políticas que se desarrollan.
6. Intervenir las solicitudes de acceso a la información pública
ambiental y su procedimiento conforme lo previsto en la Ley N° 25.831.
7. Participar, en el ámbito de su competencia, en la elaboración de
políticas y programas para la preservación de los parques y reservas
nacionales, áreas protegidas y monumentos naturales.
8. Asistir a la Secretaría en el diseño, planificación, implementación,
monitoreo y evaluación de los planes, programas y proyectos en el marco
de la Ley 26.331 de Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de
Bosques Nativos.
9. Asistir a la Secretaría en la implementación y diseño de políticas,
programas y proyectos vinculados a la preservación, prevención,
monitoreo, fiscalización, control y recomposición ambiental.
10. Asistir a la Secretaría en la planificación y ordenamiento
ambiental del territorio nacional, su espacio costero marino y su
plataforma continental.
11. Participar, en el ámbito de su competencia, en el control y
fiscalización ambiental y en la prevención de la contaminación.
12. Entender en los aspectos relativos a las competencias otorgadas a
la Autoridad Ambiental Nacional por la Ley N° 24.449 y su Decreto
Reglamentario N° 779/95 y normas complementarias.
13. Colaborar, en el ámbito de su competencia, en la solicitud,
formulación y seguimiento de programas y proyectos con financiamiento
internacional.
14. Entender en los procedimientos de evaluación de impacto ambiental,
en el marco de sus competencias.
15. Proponer a la Secretaría políticas, programas y proyectos
vinculados a productos químicos y residuos, incluyendo los
domiciliarios, de generación universal, especiales, peligrosos y/o
cualquier otro que pudiere estar previsto en normativa especial, en el
ámbito de competencia de la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR.
16. Asistir a la Secretaría en la representación del ESTADO NACIONAL
ante organismos internacionales e interjurisdiccionales, vinculados a
la política ambiental nacional.
17. Integrar el Consejo Federal del Medio Ambiente (COFEMA) y
proporcionar los instrumentos de gestión necesarios para su
funcionamiento como ámbito de concertación federal de política
ambiental.
18. Participar, en el ámbito de su competencia, en los temas relativos
a la aplicación de la Ley N° 26.815 y colaborar con la Secretaría en la
organización, sostenimiento y gestión del Servicio Nacional de Manejo
del Fuego creado por la Ley mencionada.
19. Asistir a la Secretaría en la elaboración, promoción e
implementación de políticas, planes, proyectos y programas relacionados
con los objetivos establecidos por la Ley N° 27.520.
20. Intervenir en la implementación de la política de educación
ambiental en los ámbitos formales y no formales, articulando acciones a
esos efectos con la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE CAPITAL
HUMANO y con las Jurisdicciones y actores relevantes en la materia.
21. Colaborar con la Secretaría en las cuestiones vinculadas al control
tutelar de la ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES.
22. Articular, en coordinación con organismos locales, nacionales,
regionales, multilaterales u otras organizaciones públicas y/o privadas
vinculadas al área de su incumbencia, la integración de la política
ambiental en las políticas públicas sectoriales.
SECRETARÍA DE TURISMO, AMBIENTE Y
DEPORTES
SUBSECRETARÍA DE DEPORTES
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría en la
promoción y el desarrollo en el país de la actividad física y deportiva
en todas sus formas.
2. Participar en la planificación del uso de los recursos aplicados al
desarrollo del deporte en general.
3. Asistir a la Secretaría en el desarrollo de una estrategia
articulada para el fomento del deporte, en el diseño de programas y
proyectos, en su etapa de desarrollo y alto rendimiento a nivel
federal, promoviendo los principios de la ética deportiva y haciendo
partícipe de ella a todos los integrantes del sistema deportivo
nacional.
4. Promover y asistir las prácticas deportivas a nivel competitivo
nacional, regional e internacional.
5. Entender en el desarrollo del deporte de base en todo el territorio
de la REPÚBLICA ARGENTINA, en coordinación con los organismos
nacionales, provinciales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y
municipales y con instituciones privadas.
6. Asistir a la Secretaría en la promoción de sistemas integrados de
planificación, proyecto, dirección y supervisión de las obras de
infraestructura deportiva a nivel nacional, considerando especialmente
el desarrollo de centros regionales de alto y mediano rendimiento y de
tecnología aplicada al deporte que permitan aumentar la cantidad de
competencias internacionales que se desarrollan en el país.
7. Colaborar, en el ámbito de su competencia, en la solicitud,
formulación y seguimiento de programas y proyectos con financiamiento
internacional.
8. Intervenir en la promoción y en la orientación del entrenamiento
deportivo y el desarrollo de competencias, en coordinación con los
organismos públicos o privados correspondientes.
9. Desarrollar políticas de promoción de la igualdad de género en el
deporte, las cuales articularán estrategias de promoción y de remoción
de obstáculos administrativos y/o normativos en todos los ámbitos de
competencia y práctica.
10. Intervenir en la formación permanente de los recursos humanos que
actúan en las actividades físicas y deportivas.
11. Desarrollar políticas de promoción del deporte adaptado e inclusivo
para personas con discapacidad.
12. Coordinar y ejecutar programas de promoción y desarrollo del
deporte de alto rendimiento sobre la base de los estándares
internacionales de cada disciplina.
13. Coordinar la asignación, administración y otorgamiento de becas,
subsidios, subvenciones u otro instrumento similar estipulado para el
fomento de la actividad deportiva, en la cancelación de dichos
beneficios en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo de los
beneficiarios, y en la inhabilitación de los mismos hasta su
regularización, de acuerdo a los términos de la reglamentación
correspondiente.
14. Articular con el Ente Nacional de Alto Rendimiento Deportivo
(ENARD) las políticas del Deporte de Alto Rendimiento.
15. Articular con el MINISTERIO DE SALUD, con los actores sanitarios
competentes en cada caso y con el Ente Nacional de Alto Rendimiento
Deportivo (ENARD) las acciones necesarias para brindar el apoyo
preventivo sanitario para el desarrollo de las actividades físicas y
deportivas.
16. Entender en la promoción de la investigación científica en el campo
del deporte, así como en la asistencia al deportista, cualquiera sea su
nivel competitivo, en el cuidado de su salud, en la mejora de su
rendimiento y en la prevención del dopaje, en coordinación con los
organismos competentes en la materia.
17. Implementar medidas activas para la erradicación de cualquier tipo
de práctica discriminatoria, xenofóbica y/o racista en el ámbito del
deporte, en coordinación con los demás organismos nacionales con
competencia en la materia.
18. Entender en lo relativo a la implementación de la Ley N° 27.098.
19. Asistir a la Secretaría en la elaboración y aplicación de políticas
de promoción de la práctica, el desarrollo y la competencia deportiva
en las distintas disciplinas deportivas, dentro de los programas y
juegos nacionales y regionales; todo ello en coordinación con las
federaciones nacionales, el Comité Olímpico Argentino (COA), el Comité
Paralímpico Argentino (COPAR), y el Ente Nacional de Alto Rendimiento
Deportivo (ENARD).
20. Asistir a la Secretaría en la realización de los torneos
federativos proyectados por el Comité Paralímpico Argentino (COPAR),
instrumentando el apoyo para la presencia del equipo técnico deportivo
especializado y los clasificadores funcionales para el desarrollo de
cada torneo.
21. Coordinar, de acuerdo con lo establecido por la Ley N° 26.912, la
representación de la VICEJEFATURA DE GABINETE DEL INTERIOR ante la
COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE.
22. Diseñar, en articulación con el MINISTERIO DE SALUD, estrategias
para la asistencia médica en competencias deportivas.
PLANILLA ANEXA AL ARTÍCULO 21°
(ANEXO II)
XVIII.- MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y
TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y
ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS
1. Dirigir el diseño e implementación de las políticas administrativas,
presupuestarias y financieras del Servicio Administrativo Financiero de
la Jurisdicción.
2. Coordinar el desarrollo de las actividades de apoyo legal, técnico y
administrativo del Servicio Administrativo Financiero del Ministerio.
3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas en la formulación y programación de la ejecución
presupuestaria y en las modificaciones que se proyecten durante el
ejercicio financiero.
4. Entender en la administración y desarrollo de los recursos humanos
del Ministerio.
5. Entender en el despacho y la gestión documental del Ministerio.
6. Entender en la instrucción de los sumarios administrativos y
disciplinarios del Ministerio.
7. Intervenir en la ejecución de las acciones necesarias para las
contrataciones y compra de bienes, locación de obras y servicios, y
demás adquisiciones efectuadas por el Servicio Administrativo
Financiero del Ministerio.
8. Entender en la ejecución operativa y de los procesos de gestión
administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,
proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas
con financiamiento externo de la Jurisdicción.
9. Intervenir en la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y
contrataciones, y de las actividades de auditoría y monitoreo de
programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias
técnicas con financiamiento externo del Ministerio.
10. Entender en las cuestiones vinculadas con la gestión patrimonial,
de infraestructura, mantenimiento, administración de bienes muebles e
inmuebles y servicios del Ministerio.
11 . Entender en la administración y coordinación de los sistemas y
recursos tecnológicos, informáticos y de comunicaciones del Ministerio.
12. Dirigir el diseño e implementación de las políticas de seguridad de
la información, transparencia e integridad que se desarrollen en el
ámbito de la Jurisdicción, de acuerdo a las previsiones que establezca
la Autoridad de Aplicación en cada materia.
13. Dirigir el cumplimiento, por parte del Ministerio, de las
previsiones establecidas en la Ley N° 27.275, actuando en
representación del Ministerio ante la AGENCIA DE ACCESO A LA
INFORMACIÓN PÚBLICA.
14. Asistir al Ministro en materia de comunicación, prensa, relaciones
institucionales, ceremonial y protocolo, así como también en el
seguimiento de gestión de la Jurisdicción.
15. Coordinar el servicio jurídico de la Jurisdicción, en lo que
respecta a la emisión de dictámenes del Ministerio.
SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA
SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA
OBJETIVOS
1. Asistir en el diseño de la política presupuestaria del Servicio
Administrativo Financiero de la Jurisdicción y en la evaluación de su
cumplimiento.
2. Colaborar con las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas del Servicio Administrativo Financiero de la Jurisdicción
en la formulación y programación de la ejecución presupuestaria y en
las modificaciones que se proyecten durante el ejercicio financiero.
3. Asistir a las unidades ejecutoras de las distintas categorías
programáticas, efectuando los trámites administrativos necesarios para
la obtención de los recursos humanos, materiales, equipamientos
tecnológicos y los insumos necesarios para el cumplimiento de los
objetivos y metas previstos en el Ministerio.
4. Efectuar la coordinación administrativa de las áreas a las que
presta servicio, así como la planificación de las actividades de
administración general del Servicio Administrativo Financiero de la
Jurisdicción.
5. Coordinar la aplicación de la política de administración del
personal y de los recursos tecnológicos, informáticos y de
comunicaciones, de la política de seguridad de la información, así como
la gestión de los espacios físicos del Ministerio.
6. Participar en la ejecución operativa de los procesos de gestión
administrativa, presupuestaria y financiera-contable de programas,
proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias técnicas
con financiamiento externo de la Jurisdicción, como así también de
proyectos de participación público-privada, en lo que es materia de su
competencia.
7. Coordinar la ejecución de los procedimientos de adquisiciones y
contrataciones, y de las actividades de auditoría y monitoreo de
programas, proyectos, cooperaciones técnicas, donaciones y asistencias
técnicas con financiamiento externo y/o proyectos de participación
público-privada, en lo que es materia de su competencia.
MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO
SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL
ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA
OBJETIVOS
1. Asistir al Ministro en la elaboración y ejecución de la política
nacional relacionada a la transformación del Estado y la función
pública.
2. Elaborar y diseñar políticas que promuevan el perfeccionamiento de
la organización y el funcionamiento de la Administración Pública
Nacional, con el objetivo de reducir el gasto público y propender a una
administración pública moderna y eficiente.
3. Diseñar, proponer y coordinar las políticas de transformación y
modernización del Estado en las distintas áreas del Gobierno Nacional,
Administración central y descentralizada, y determinar los lineamientos
estratégicos y la propuesta de las normas reglamentarias en la materia.
4. Diseñar y coordinar políticas, programas y proyectos que tengan como
fin reducir el tamaño del Estado eliminando tareas innecesarias,
duplicadas y/u obsoletas, con la intervención de las áreas competentes.
5. Asistir al Ministro en la elaboración de propuestas de reforma y
modernización del Estado transversales en los niveles nacional,
provincial y municipal con vistas al desarrollo económico y social, el
mejoramiento integral de las respectivas organizaciones administrativas
y asesorar en relación a la determinación de las prioridades
correspondientes.
6. Asistir al Ministro en la elaboración de actos administrativos que
busquen optimizar el Estado, promover el perfeccionamiento de la
organización y el funcionamiento de la Administración Pública Nacional,
impulsar su digitalización y eliminar ineficiencias.
7. Asistir al Ministro en la reorganización del Sector Público Nacional
para lograr la mayor economía, eficiencia, eficacia y racionalización
de sus estructuras administrativas y reducir su actual
sobredimensionamiento.
8. Asistir a las distintas jurisdicciones y entidades de la
Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada en el
diseño, implementación y evaluación de medidas encaminadas a mejorar la
calidad y eficiencia de la gestión pública.
9. Entender en el análisis y propuesta del diseño de la estructura de
la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada.
10. Asistir al Ministro en la implementación de las políticas relativas
a la mejora estratégica de los recursos humanos y su capacitación, la
política salarial del sector público, el proceso de ingreso, la
promoción y el desarrollo de carrera de los agentes de la
Administración Pública Nacional y en la propuesta de las normas
reglamentarias en la materia.
11 . Entender en la formulación de políticas nacionales en materia de
recursos humanos, gestión del empleo público, evaluaciones de desempeño
y compensaciones, en el ámbito de su competencia.
12. Asistir al Ministro en la transformación, modernización y
desarrollo de la política de gestión del empleo público tendiendo a la
optimización y fortalecimiento de los recursos humanos de la
Administración.
13. Integrar las Comisiones Negociadoras que se constituyan en el marco
de la Ley N° 14.250 y sus modificatorias en las que intervengan
organismos descentralizados, comprendiendo en estos últimos a las
instituciones de seguridad social y entes estatales, empresas y
Sociedades del Estado, como parte del sector empleador.
14. Asesorar y/o intervenir frente a requerimientos, consultas o
presentaciones efectuadas por parte de entidades gremiales,
estableciendo un criterio uniforme para toda la Administración Pública
Nacional.
15. Representar al ESTADO NACIONAL en las negociaciones colectivas en
las cuales el mismo sea parte, en coordinación con las demás
Jurisdicciones y Entidades competentes.
16. Ejercer la representación del Estado empleador en el Consejo de
Administración del Fondo Permanente de Capacitación y Recalificación
Laboral (FOPECAP) y asistir técnicamente en la formulación y evaluación
de los programas académicos a financiar por el referido Fondo.
17. Entender en la interpretación de la normativa de empleo público y
relaciones laborales de empleo público, en el ámbito de su competencia.
18. Entender en la sistematización de los procesos de administración de
los recursos humanos de la Administración Pública Nacional: liquidación
de salarios, justificación de inasistencias, otorgamiento y
convalidación de licencias y protección de la salud en el trabajo, en
coordinación con la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de
la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
19. Asistir al Ministro en la temática de gestión y empleo público
concerniente al Consejo Federal de la Función Pública (COFEFUP).
20. Asistir al Ministro en el diseño, desarrollo e implementación de
políticas públicas de fortalecimiento institucional y en la promoción
de políticas de integridad en la función pública, en coordinación con
los organismos del ESTADO NACIONAL con competencias en la materia.
21 . Asistir al Ministro en el diseño, desarrollo e implementación de
las políticas de capacitación y carrera administrativa para el personal
de la Administración Pública Nacional.
22. Entender en la elaboración de planes y programas tendientes a la
vinculación y la cooperación técnico-académica en el ámbito de su
competencia, con universidades nacionales e internacionales, Entidades
y/o centros académicos, de formación y/o investigación, organismos
internacionales y organizaciones de la sociedad civil.
23. Entender en la conducción del Cuerpo de Administradores
Gubernamentales.
24. Proponer, en el ámbito de su competencia específica, la estrategia
y estándares sobre tecnologías de la información, comunicaciones
asociadas y otros sistemas electrónicos de tratamiento de información
de la Administración Pública Nacional.
25. Asesorar en lo relativo a la mejora de los procesos, incorporación
de tecnologías, infraestructura informática y sistemas y tecnologías de
gestión del Sector Público Nacional, en el marco de su competencia
específica.
26. Asistir al Ministro en los aspectos relativos a la promoción e
implementación de los canales y plataformas digitales a fin de alcanzar
un gobierno digital y tecnológico al servicio del ciudadano y del
sector productivo, en el marco de su competencia.
27. Proponer, en el marco de su competencia, mejoras en el diseño de
los procedimientos administrativos y en su relación con los servicios
que ésta brinda a los ciudadanos, a fin de propiciar su simplificación,
transparencia y colaborar en los desarrollos informáticos
correspondientes, en coordinación con la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN,
CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
28. Participar en la incorporación y mejoramiento de los procesos,
tecnologías, infraestructura informática y sistemas y tecnologías de
gestión del Sector Público Nacional, con la intervención de las áreas
competentes.
29. Colaborar en la elaboración y ejecución de políticas vinculadas al
desarrollo, uso y fomento del software público, su interoperabilidad,
estandarización y reutilización por parte del ESTADO NACIONAL, con la
intervención de las áreas competentes.
30. Promover acuerdos con organismos provinciales y locales, en el
ámbito de su competencia.
SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA
SUBSECRETARÍA DE REFORMA ESTATAL
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría en el diseño de políticas que promuevan el
perfeccionamiento de la organización y el funcionamiento general de la
Administración Pública Nacional.
2. Intervenir en el diseño y elaboración de estándares para la medición
y monitoreo de la gestión pública.
3. Proponer el dictado de actos administrativos que propicien la
optimización y transparencia de los procedimientos administrativos,
articulando acciones con las áreas con competencia especifica de la
Jurisdicción.
4. Colaborar, en el ámbito de su competencia, en lo concerniente al
Consejo Federal de la Función Pública (COFEFUP).
5. Proponer lineamientos relacionados con el fortalecimiento
institucional y la promoción de políticas de integridad en la función
pública, en coordinación con las áreas con competencia del ESTADO
NACIONAL.
6. Desarrollar y administrar instrumentos de seguimiento y análisis
referidos a las políticas públicas de integridad y fortalecimiento
institucional en el ámbito de la Administración Pública Nacional, en
coordinación con las áreas con competencia del ESTADO NACIONAL.
7. Asistir a la Secretaría en la evaluación de la información originada
en las Jurisdicciones cuyas competencias se encuentran vinculadas con
los sistemas de control del Sector Público Nacional, las políticas
públicas de integridad y fortalecimiento institucional del ESTADO
NACIONAL, con el fin de obtener coherencia en el accionar de la
administración e incrementar su eficacia.
8. Establecer pautas y criterios metodológicos para la implementación
de un modelo de gestión por resultados en los organismos de la
Administración Pública Nacional.
9. Diseñar programas de desarrollo y fortalecimiento de la cultura
organizacional en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración
Pública Nacional.
SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA
SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y
MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO
OBJETIVOS
1. Asistir a la Secretaría en la planificación y formulación de
políticas nacionales en materia de recursos humanos y gestión de la
política salarial.
2. Promover la realización de programas dirigidos al desarrollo y
modernización de la gestión del empleo público en los organismos del
Sector Público Nacional, brindando asistencia técnica en la materia.
3. Implementar las políticas de evaluación de desempeño de los recursos
humanos del Estado, y controlar la correcta ejecución de las políticas
de selección y reclutamiento de personal.
4. Supervisar el análisis de la información vinculada a la evolución
del empleo público, el diseño y la administración de la política
salarial del personal de la Administración Pública Nacional.
5. Asistir en la sistematización de los procesos de administración de
los recursos humanos tales como, liquidación de salarios, justificación
de inasistencias, otorgamiento y convalidación de licencias y
protección de la salud en el trabajo.
6. Colaborar con los gobiernos provinciales, municipales y de la CIUDAD
AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES en el desarrollo de capacidades de gestión de
empleo público.
7. Entender en la sistematización de las normas, doctrina y criterios
jurisprudenciales relativos a la gestión de las relaciones laborales en
el ámbito del Sector Público Nacional.
8. Asistir a la Secretaría en la interpretación y el control en la
aplicación de la normativa que rige las relaciones laborales de empleo
público, realizando estudios y propuestas normativas, proponiendo
acciones para revisar y consolidar la legislación referida.
9. Coordinar la implementación de mecanismos de interacción con las
áreas vinculadas a la gestión de las relaciones laborales y de recursos
humanos del Sector Público Nacional.
10. Asistir a la Secretaría en las Comisiones Negociadoras que se
constituyan en el marco de la Ley N° 14.250 y sus modificatorias, en
las que intervengan organismos descentralizados, comprendiendo en estos
últimos a las instituciones de seguridad social y entes estatales o
empresas y Sociedades del Estado, como parte del sector empleador.
11 . Intervenir en el análisis, aprobación y aplicación de las medidas
relativas a la política salarial de la Administración Pública Nacional
y de los sistemas de incentivos del empleo público.
12. Entender en el diseño y planificación de las políticas para la
capacitación permanente del personal del Sector Público Nacional y
supervisar su correcta ejecución a través del INSTITUTO NACIONAL DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA, creado por la Ley N° 20.173.
13. Asistir a la Secretaría en la formulación del Plan Federal de
Formación y Capacitación en Gestión Pública, y monitorear su
implementación.
14. Asistir a la Secretaría en la elaboración de planes y programas
tendientes a la vinculación y la cooperación técnico-académica en el
ámbito de su competencia, con universidades nacionales e
internacionales, Entidades y/o centros académicos, de formación y/o
investigación, organismos internacionales y organizaciones de la
sociedad civil.
MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO
SECRETARÍA DE SIMPLIFICACIÓN DEL ESTADO
OBJETIVOS
1. Diseñar y ejecutar la política nacional y los proyectos relacionados
con la desregulación económica, la simplificación y la
desburocratización de los trámites y procesos del Sector Público
Nacional.
2. Asistir al Ministro en la elaboración de actos administrativos
tendientes a aumentar la competitividad, eliminar cargas burocráticas,
facilitar el funcionamiento de los mercados, impulsar el crédito,
disminuir regulaciones y controles, aumentar la libertad económica y
disminuir los costos del sector privado y productivo, en coordinación
con las áreas competentes de la Administración Pública Nacional.
3. Proponer y elaborar actos administrativos que propicien la
simplificación y/o supriman las restricciones a la oferta de bienes y
servicios, así como aquellas exigencias normativas que distorsionen los
precios de mercado, en coordinación con las áreas competentes de la
Administración Pública Nacional.
4. Revisar y analizar, junto con las áreas con competencia en la
materia de la Administración Pública Nacional, toda normativa y acto
administrativo que genere una carga burocrática excesiva, y/o una
limitación al libre funcionamiento del mercado.
5. Colaborar en el diseño de la política de simplificación y
desburocratización de los trámites y procesos del Sector Público
Nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y
municipal, articulando acciones con las áreas con competencia
específica.
6. Intervenir en la formulación de políticas, propuestas,
implementación, evaluación, revisión integral de los marcos
regulatorios y control de los procesos y trámites del ESTADO NACIONAL,
con especial atención en aquellos que afectan al sector productivo y a
la inversión, coordinando acciones con las áreas de la Administración
Pública con competencia específica en la materia.
7. Asistir al Ministro en la definición y monitoreo de los temas
vinculados a la simplificación de trámites y procesos de la
Administración Pública Nacional centralizada, descentralizada y
organismos desconcentrados, con especial foco en aquellos concernientes
al sector productivo nacional en coordinación con las áreas
sustanciales en la materia.
8. Promover, en el marco de su competencia, los principios de calidad
regulatoria y la aplicación de estándares internacionales, en materia
de simplificación y desburocratización de los trámites y procesos en el
Sector Público Nacional, provincial, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS
AIRES y municipal, a fin de facilitar la competitividad, el libre
mercado y promover el desarrollo productivo de la REPÚBLICA ARGENTINA.
9. Asistir al Ministro en el impulso de los principios de calidad
regulatoria y aplicación de estándares internacionales en materia de
simplificación y desburocratización de trámites y procesos del Sector
Público Nacional.
10. Participar en el ámbito de su competencia en la elaboración de
programas de capacitación del personal de la Administración Pública
Nacional centralizada, descentralizada y organismos desconcentrados en
materia de desregulación, simplificación y desburocratización, para el
dictado de actos administrativos, coordinando acciones con las áreas
competentes de la Jurisdicción.
11 . Colaborar, en el marco de su competencia, con las provincias, la
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y los municipios en procesos de
desarrollo administrativo y tecnológico, coordinando las acciones con
las áreas competentes de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y
TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
12. Promover, en el ámbito de su competencia, procesos de reforma y
modernización transversales al Sector Público Nacional, coadyuvando
asimismo con los sectores públicos provinciales y locales, protegiendo
la interacción estratégica entre el Estado, los ciudadanos y la matriz
productiva, destinadas a fortalecer e impulsar una agenda común de
mejora regulatoria que incluya políticas de revisión normativa, de
desregulación, simplificación y desburocratización, fomentando el uso
de herramientas tecnológicas, en coordinación con las áreas con
competencia específica de la Administración Pública Nacional.
13. Participar, en el ámbito de su competencia específica, en la
planificación de las políticas dirigidas al sector productivo y de los
procesos de seguimiento, monitoreo y evaluación de los planes y
programas de desburocratización para que el sistema productivo y
comercial opere con eficiencia en su relacionamiento con el ESTADO
NACIONAL.
14. Diseñar, proponer e implementar planes y programas de control de
gestión destinados a facilitar el cumplimiento de las metas de
desburocratización, desregulación y simplificación de trámites y
procesos, para facilitar la toma de decisiones y promover la mejora
continua de los mismos, como también de monitoreo del cumplimiento de
los principios de buenas prácticas establecidos en la materia.
15. Diseñar e implementar una metodología de análisis de impacto
regulatorio, con el fin de supervisar que los beneficios de las mismas
sean superiores a sus costos.
16. Participar, en el ámbito de su competencia, en el diseño de la
estrategia de inserción internacional del país en relación con
organismos internacionales en que la REPÚBLICA ARGENTINA sea parte o
tenga participación, en coordinación con las áreas competentes de la
Administración Pública Nacional.
17. Participar en el Comité de Política Regulatoria de la Organización
para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).
18. Promover, en coordinación con la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA
Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la implementación
de herramientas tecnológicas en todos los procesos del Sector Público
Nacional, a fin de agilizar el intercambio de información entre las
distintas áreas del ESTADO NACIONAL, basado en el objetivo estratégico
de alcanzar un gobierno digital y tecnológico al servicio del ciudadano
y del sector productivo.
19. Proponer, en coordinación con la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA
Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, diseños en los
procedimientos administrativos que propicien su simplificación y
transparencia, en el marco de su competencia.
20. Asistir al Ministro en la promoción de acuerdos con organismos
provinciales y locales, en el ámbito de su competencia.
21 . Asistir al Ministro en la revisión de esquemas tributarios,
excepciones impositivas y regímenes especiales que generen privilegios
o distorsiones en el funcionamiento de los mercados y la economía.
22. Diseñar y proponer proyectos de reformas estructurales que impulsen
la creación de empleo, el desarrollo económico, la equiparación de las
estructuras tributarias y la eliminación de los privilegios, en el
marco de su competencia.
SECRETARÍA DE SIMPLIFICACIÓN DEL ESTADO
SUBSECRETARÍA DE DESREGULACIÓN
OBJETIVOS
1. Ejecutar planes, programas y proyectos de simplificación en el
ámbito nacional de los trámites de la Administración Pública Nacional
centralizada, descentralizada y organismos desconcentrados.
2. Ejecutar planes, programas, proyectos y participar en el diseño de
medidas e instrumentos para la promoción y ejecución de las políticas
de desregulación y simplificación de trámites, bajo la aplicación de
los principios de calidad regulatoria.
3. Asistir a la Administración Pública centralizada, descentralizada,
organismos desconcentrados del ámbito nacional, así como a las
provincias y a los municipios a su requerimiento, en la formulación de
programas de seguimiento y evaluación para la implementación de
reformas basadas en la calidad regulatoria y simplificación de trámites
y procesos.
4. Asistir a los organismos del Sector Público Nacional en el diseño de
políticas de innovación administrativa que tiendan a la mejora de los
procesos, y coordinar acciones para lograr la ejecución de las mismas,
en coordinación con las áreas con competencia específica de la
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA de la JEFATURA DE
GABINETE DE MINISTROS.
5. Colaborar en la formulación de políticas, propuestas,
implementación, evaluación, revisión integral de todos los marcos
regulatorios, con especial atención en aquellos que afectan al sector
productivo y a la inversión, directa o indirectamente, en el marco de
su competencia.
6. Asistir a la Secretaría en la promoción de acuerdos con organismos
provinciales y locales, en materia de su competencia.
7. Colaborar en el diseño de mecanismos que permitan establecer canales
de consulta pública ciudadana, así como su publicación y difusión.
SECRETARÍA DE SIMPLIFICACIÓN DEL ESTADO
SUBSECRETARÍA DE CALIDAD REGULATORIA
OBJETIVOS
1. Analizar el cumplimiento a las normas referidas a desregulación,
desburocratización y simplificación administrativa de los proyectos y
anteproyectos de actos administrativos, de la Administración Pública
nacional centralizada, descentralizada y organismos desconcentrados en
el ámbito nacional, proponiendo, en su caso, modificaciones con
sujeción a las normas jurídicas aplicables.
2. Proponer los contenidos estratégicos y las modalidades para la
formación de expertos en los niveles gerenciales que conforman la
Administración Pública Nacional, en los temas de competencia de la
Secretaría, en coordinación con las áreas con competencia específica de
la Jurisdicción.
3. Realizar estudios acerca de normativa que implique una carga
administrativa o costos a las empresas y ciudadanos según mejores
prácticas internacionales.
4. Implementar planes, programas y proyectos para el diseño de medidas
e instrumentos para la promoción y ejecución de las políticas de
calidad regulatoria promovidas por el gobierno nacional, gestionar y
velar por el cumplimiento de las herramientas de análisis de impacto
regulatorio.
5. Asistir a la Secretaría en el análisis de las normas referidas a
desregulación, de los proyectos y anteproyectos de actos
administrativos, de la administración de gobierno e institucionales que
se sometan a consideración del PODER EJECUTIVO NACIONAL y demás asuntos
que tramiten en la Secretaría proponiendo, en su caso, modificaciones
con sujeción a las normas jurídicas aplicables.
6. Asistir a la Secretaría en la promoción de acuerdos con organismos
provinciales y locales, en materia de su competencia.
SECRETARÍA DE SIMPLIFICACIÓN DEL ESTADO
SUBSECRETARÍA DE REFORMAS ESTRUCTURALES
OBJETIVOS
1. Identificar y analizar esquemas tributarios, excepciones impositivas
y regímenes especiales que generen privilegios o distorsiones en el
funcionamiento de los mercados y la economía.
2. Asistir a la Secretaría en la elaboración de proyectos de reformas
estructurales que impulsen la creación de empleo, el desarrollo
económico, la equiparación de las estructuras tributarias y la
eliminación de los privilegios.
3. Dirigir la realización de estudios acerca de reformas estructurales
necesarias para la creación de empleo, el desarrollo económico, la
equiparación de las estructuras tributarias y la eliminación de los
privilegios.
4. Asesorar a las áreas competentes en la elaboración de proyectos de
ley, decretos y actos administrativos que propicien la creación de
empleo, el desarrollo económico, la equiparación de las estructuras
tributarias y la eliminación de los privilegios, en el marco de su
competencia específica.
5. Gestionar la celebración de acuerdos con organismos provinciales y
locales, en materia de su competencia.
PLANILLA
ANEXA AL ARTÍCULO 22°
(ANEXO III)
PRESIDENCIA DE LA NACIÓN
Organismos descentralizados
SINDICATURA GENERAL DE LA NACION
I - SECRETARÍA GENERAL
Organismos Descentralizados
AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR
Empresas y Entes del Sector Público
Nacional
SUBSECRETARÍA DE VOCERÍA Y
COMUNICACION DE GOBIERNO
RADIO Y TELEVISION ARGENTINA SOCIEDAD DEL ESTADO
AGENCIA DE PUBLICIDAD DEL ESTADO SOCIEDAD ANONIMA UNIPERSONAL (APE
S.A.U.)
CONTENIDOS PÚBLICOS SOCIEDAD DEL ESTADO
IV BIS- SECRETARÍA DE INTELIGENCIA DE
ESTADO
Organismos Desconcentrados
SERVICIO DE INTELIGENCIA ARGENTINO (SIA)
AGENCIA DE SEGURIDAD NACIONAL (ASN)
AGENCIA FEDERAL DE CIBERSEGURIDAD (AFC)
DIVISIÓN DE ASUNTOS INTERNOS (DAI)
V - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Organismos Descentralizados
COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA ATÓMICA (CNEA)
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN,
CIENCIA Y TECNOLOGÍA
BANCO NACIONAL DE DATOS GENÉTICOS (BNDG)
COMISIÓN NACIONAL DE ACTIVIDADES ESPACIALES (CONAE)
ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES (ENACOM)
AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO
TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN (ANPIDTI)
CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS (CONICET)
VICEJEFATURA DE GABINETE
EJECUTIVA
AGENCIA DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA (AAIP)
AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO (AABE)
VICEJEFATURA DE GABINETE DEL
INTERIOR
ADMINISTRACIÓN DE PARQUES NACIONALES
INSTITUTO NACIONAL DE ASUNTOS INDÍGENAS (INAI)
DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES
REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS (RENAPER)
Empresas y Entes del Sector Público
Nacional
SECRETARÍA DE INNOVACIÓN,
CIENCIA Y TECNOLOGÍA
CORREO OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA
EMPRESA ARGENTINA DE SOLUCIONES SATELITALES (AR-SAT)
VEHÍCULO ESPACIAL DE NUEVA GENERACIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA
VICEJEFATURA DE GABINETE
EJECUTIVA
SECRETARÍA EJECUTIVA
CORPORACIÓN ANTIGUO PUERTO MADERO SOCIEDAD ANÓNIMA
VICEJEFATURA DE GABINETE DEL
INTERIOR
SECRETARÍA DE TURISMO,
AMBIENTE Y DEPORTES
INSTITUTO NACIONAL DE PROMOCIÓN TURÍSTICA (INPROTUR)
COMISIÓN NACIONAL ANTIDOPAJE (CNAD)
ENTE NACIONAL DE ALTO RENDIMIENTO DEPORTIVO (ENARD)
IX.- MINISTERIO DE ECONOMÍA
Organismos Desconcentrados
INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y CENSOS (INDEC)
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y
COMERCIO
COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR
COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
UNIDAD EJECUTORA DEL RÉGIMEN DE VENTANILLA ÚNICA DE COMERCIO EXTERIOR
ARGENTINO (VUCEA)
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN SÍSMICA
SECRETARÍA DE TRANSPORTE
INSTITUTO ARGENTINO DEL TRANSPORTE (IAT)
UNIDAD EJECUTORA DE LA OBRA DE SOTERRAMIENTO DEL CORREDOR FERROVIARIO
CABALLITO-MORENO DE LA LÍNEA SARMIENTO
Organismos Descentralizados
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP)
COMISIÓN NACIONAL DE VALORES (CNV)
SUPERINTENDENCIA DE SEGUROS DE LA NACIÓN
SECRETARÍA DE HACIENDA
SUBSECRETARÍA DE INGRESOS
PÚBLICOS
TRIBUNAL FISCAL DE LA NACIÓN
SECRETARÍA DE ENERGÍA
ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE)
ENTE NACIONAL REGULADOR DEL GAS (ENARGAS)
SECRETARÍA DE MINERÍA
SERVICIO GEOLOGICO MINERO ARGENTINO (SEGEMAR)
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y
COMERCIO
AGENCIA REGULATORIA DE LA INDUSTRIA DEL CÁÑAMO Y DEL CANNABIS MEDICINAL
(ARICCAME)
INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI)
INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI)
SECRETARÍA DE BIOECONOMÍA
INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIÓN Y DESARROLLO PESQUERO (INIDEP)
INSTITUTO NACIONAL DE LA AGRICULTURA FAMILIAR, CAMPESINA E INDÍGENA
INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS (INASE)
INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA AGROPECUARIA (INTA)
INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV)
SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA)
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
ENTE NACIONAL DE OBRAS HÍDRICAS DE SANEAMIENTO (ENOHSA)
INSTITUTO NACIONAL DEL AGUA (INA)
ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP)
TRIBUNAL DE TASACIONES DE LA NACIÓN (TTN)
SECRETARÍA DE TRANSPORTE
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE AVIACIÓN CIVIL (ANAC)
AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (ANSV)
COMISIÓN NACIONAL DE REGULACIÓN DEL TRANSPORTE (CNRT)
ENTE NACIONAL DE CONTROL Y GESTIÓN DE LA VÍA NAVEGABLE
JUNTA DE SEGURIDAD EN EL TRANSPORTE
ORGANISMO REGULADOR DEL SISTEMA NACIONAL DE AEROPUERTOS (ORSNA)
DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD (DNV)
Empresas y Entes del Sector Público
Nacional
SECRETARÍA DE HACIENDA
SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA
SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y
COMERCIO
CORPORACIÓN DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES
INSTITUTO DE LA MOVILIDAD
POLO TECNOLÓGICO CONSTITUYENTES SOCIEDAD ANÓNIMA
SECRETARÍA DE ENERGÍA
COMISIÓN MIXTA ARGENTINO- PARAGUAYA DEL RÍO PARANÁ
COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DE SALTO GRANDE
DIOXITEK SOCIEDAD ANÓNIMA
ENERGÍA ARGENTINA S.A.
ENTIDAD BINACIONAL YACYRETÁ
NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA
UNIDAD ESPECIAL SISTEMA DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA (UESTEE)
YACIMIENTO CARBONÍFERO DE RÍO TURBIO Y DE LOS SERVICIOS FERROPORTUARIOS
CON TERMINALES EN PUNTA LOYOLA Y RÍO GALLEGOS
SECRETARÍA DE MINERÍA
YACIMIENTOS MINEROS AGUA DE DIONISIO (YMAD)
SECRETARÍA DE BIOECONOMÍA
INNOVACIONES TECNOLÓGICAS AGROPECUARIAS SOCIEDAD ANÓNIMA (INTEA)
INSTITUTO NACIONAL DE LA YERBA MATE
SECRETARÍA DE TRANSPORTE
ADMINISTRACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS FERROVIARIAS SOCIEDAD DEL ESTADO
(ADIF)
ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS SOCIEDAD DEL ESTADO (AGPSE)
AEROLÍNEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANÓNIMA
BELGRANO CARGAS Y LOGÍSTICA SOCIEDAD ANÓNIMA
CORREDORES VIALES SOCIEDAD ANÓNIMA
DESARROLLO DEL CAPITAL HUMANO FERROVIARIO SOCIEDAD ANÓNIMA CON
PARTICIPACIÓN ESTATAL MAYORITARIA (DECAHF)
EMPRESA ARGENTINA DE NAVEGACIÓN AÉREA SOCIEDAD DEL ESTADO (EANA)
FERROCARRILES ARGENTINOS SOCIEDAD DEL ESTADO (FASE)
INTERCARGO SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL
OPERADORA FERROVIARIA SOCIEDAD DEL ESTADO (SOFSE)
PLAYAS FERROVIARIAS DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA
SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS
AGENCIA DE PLANIFICACIÓN
AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS SOCIEDAD ANÓNIMA (AYSA)
AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR)
ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO
ENTIDAD BINACIONAL PARA EL PROYECTO TÚNEL DE BAJA ALTURA FERROCARRIL
TRASANDINO CENTRAL (EBIFETRA)
ENTIDAD BINACIONAL PARA EL PROYECTO TÚNEL INTERNACIONAL PASO DE AGUA
NEGRA (EBITAN)
ENTIDAD BINACIONAL PARA EL PROYECTO TÚNEL INTERNACIONAL PASO LAS LEÑAS
(EBILEÑAS)
Entes del Sector Público Nacional
Financiero
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
BANCO DE INVERSIÓN Y COMERCIO EXTERIOR
BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA
BANCO HIPOTECARIO SOCIEDAD ANÓNIMA
Sociedades comprendidas en el artículo
15 de la Ley N° 26.741
SECRETARÍA DE ENERGÍA
YPF SOCIEDAD ANÓNIMA
YPF GAS SOCIEDAD ANÓNIMA
XVI. - MINISTERIO DE SALUD
Organismos Desconcentrados
SECRETARÍA DE ACCESO Y
EQUIDAD EN SALUD
COMISIÓN NACIONAL DE EVALUACIÓN DE TECNOLOGÍAS SANITARIAS Y EXCELENCIA
CLÍNICA (CONETEC)
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE
LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD "DOCTOR CARLOS G. MALBRÁN" (ANLIS)
INSTITUTO NACIONAL DE MEDICINA TROPICAL
Organismos Descentralizados
SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD "DOCTOR
CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS)
ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
(ANMAT)
AGENCIA NACIONAL DE DISCAPACIDAD (ANDIS)
SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD
INSTITUTO NACIONAL CENTRAL ÚNICO COORDINADOR DE ABLACIÓN E IMPLANTE
(INCUCAI)
INSTITUTO NACIONAL DEL CÁNCER (INC)
SUBSECRETARÍA DE INSTITUTOS Y
FISCALIZACIÓN
HOSPITAL NACIONAL "PROFESOR ALEJANDRO POSADAS”
HOSPITAL NACIONAL "DOCTOR BALDOMERO SOMMER”
HOSPITAL NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES
"LICENCIADA LAURA BONAPARTE”
HOSPITAL NACIONAL Y COMUNIDAD "DR. RAMÓN
CARRILLO”
INSTITUTO NACIONAL DE REHABILITACIÓN PSICOFÍSICA DEL SUR "DOCTOR JUAN
OTIMIO TESONE”
Empresas y Entes del Sector Público
Nacional
INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
(INSSJP)
PLANILLA
ANEXA AL ARTÍCULO 28°