INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA

Resolución General 16/2024

RESOG-2024-16-APN-IGJ#MJ

Ciudad de Buenos Aires, 23/07/2024

VISTO:

La Resolución General IGJ Nº 15/24, RESOG-2024-15-APN-IGJ#MJ, del 15 de Julio, publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina el 16 de Julio bajo el N° 46017/2024, y

CONSIDERANDO:

1. Que, se han advertido cuestiones de formato, derivadas de incidencias informáticas que alteraron numeraciones que afectan la exposición de ciertos artículos correspondientes al Anexo “A” y al Anexo “B” de la referida Resolución.

2. Que, a los fines de resguardar la adecuada correlación de los artículos, incisos y subincisos de dichos Anexos, corresponde publicar las rectificaciones necesarias, que en nada afectan el contenido de la Resolución General N° 15/24.

3. Que, asimismo, las correcciones aludidas no implican cambios en las numeraciones e indicaciones plasmadas en los Anexos, por lo que la presente no conlleva modificaciones que excedan de la implementación del correcto articulado cuyo ordenamiento no fue alterado, sino adecuado a las formas originarias previstas en esa Resolución General.

4. Que, a los fines de una mejor comprensión por parte de los administrados de la normativa puesta en vigencia, resulta conveniente realizar una nueva publicación integral y completa del Anexo “A” y del Anexo “B” de la Resolución General N° 15/24.

Por ello,

EL INSPECTOR GENERAL DE JUSTICIA

RESUELVE:

Artículo 1°— Publíquese nuevamente de manera integral el Anexo “A” (IF-2024-77105957-APN-IGJ#MJ) y el Anexo “B” (IF-2024-77103550-APN-IGJ#MJ) de la Resolución General N° 15/24, de conformidad con las adecuaciones formales pertinentes, los cuales forman parte de la presente Resolución General.

Artículo 2° — Regístrese como Resolución General. Publíquese. Dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Comuníquese a las Direcciones y Jefaturas de los Departamentos del Organismo, a los Funcionarios a cargo de la Oficina de Sociedades Extranjeras y Asuntos Especiales, y de la Oficina Judicial, y al Ente de Cooperación Técnica y Financiera, encareciendo a éste ponga la presente resolución en conocimiento de los colegios profesionales que participan en el mismo. Para los efectos indicados, pase a la Delegación Administrativa. Oportunamente Archívese.

Daniel Roque Vitolo

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución General se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 24/07/2024 N° 47828/24 v. 24/07/2024

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII)