ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución 464/2024

RESOL-2024-464-APN-ENRE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 24/07/2024

Visto el Expediente N° EX-2024-70224267-APN-SD#ENRE, la Resolución del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) N° 437 de fecha 16 de julio de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 1 de la Resolución del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) N° 437 de fecha 16 de julio de 2024, se aprobaron los valores tarifarios de aplicación para el sistema de medición autoadministrada de la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.), aplicables a los usuarios alcanzados por el nuevo régimen de Tarifa Social Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires aprobado por la Resolución del MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES N° 771 de fecha 25 de junio de 2024 (Resolución N° RESO-2024-771-GDEBA-MIYSPGP), que se detalló en el IF-2024-74038465-APN-ARYEE#ENRE, con vigencia a partir de la CERO HORAS (00:00 h) del día 1 de junio de 2024.

Que, como consecuencia de un error material, se consignó el valor tarifario de 110,382 $/kWh para la categoría R6, consumos entre 501-600 kWh, del Grupo 2.

Que el valor correspondiente a dicha categoría R6 es de 115,382 $/kWh.

Que el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1.759/72 T.O. 2017 determinó que en cualquier momento podrán rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión.

Que se ha emitido el dictamen jurídico exigido por el artículo 7 inciso d) punto (ii) de la Ley Nacional de Procedimiento Administrativo N° 19.549.

Que el ENRE es competente y el Interventor se encuentra facultado para el dictado de este acto, en virtud de lo dispuesto en los artículos 2, 40 al 49, 56 incisos a), b), d) y s) y 63 incisos a) y g) de la Ley N° 24.065, el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto N° 1.759/72 T.O. 2017, los artículos 4 y 6 del Decreto N° 55 de fecha 16 de diciembre de 2023 y artículos 1 y 3 de la Resolución de la SECRETARÍA DE ENERGÍA (SE) N° 1 de fecha 20 de diciembre de 2023.

Por ello,

EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1.- Reemplazar el valor tarifario para la categoría R6, consumos entre 501-600 kWh, del Grupo 2 contenido en el IF-2024-74038465-APN-ARYEE#ENRE - que forma parte integrante de la Resolución del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) N° 437 de fecha 16 de julio de 2024-, donde dice “110,382 $/kWh”, debe decir “115,382 $/kWh”.

ARTÍCULO 2.- Notifíquese a EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.) y a las Asociaciones de Defensa del Usuario y/o Consumidor registradas.

ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Dario Oscar Arrué

e. 26/07/2024 N° 48391/24 v. 26/07/2024