ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución 464/2024
RESOL-2024-464-APN-ENRE#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 24/07/2024
Visto el Expediente N° EX-2024-70224267-APN-SD#ENRE, la Resolución del
ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) N° 437 de fecha 16 de
julio de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante el artículo 1 de la Resolución del ENTE NACIONAL
REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) N° 437 de fecha 16 de julio de
2024, se aprobaron los valores tarifarios de aplicación para el sistema
de medición autoadministrada de la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y
COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.), aplicables a los
usuarios alcanzados por el nuevo régimen de Tarifa Social Eléctrica de
la Provincia de Buenos Aires aprobado por la Resolución del MINISTERIO
DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES
N° 771 de fecha 25 de junio de 2024 (Resolución N°
RESO-2024-771-GDEBA-MIYSPGP), que se detalló en el
IF-2024-74038465-APN-ARYEE#ENRE, con vigencia a partir de la CERO HORAS
(00:00 h) del día 1 de junio de 2024.
Que, como consecuencia de un error material, se consignó el valor
tarifario de 110,382 $/kWh para la categoría R6, consumos entre 501-600
kWh, del Grupo 2.
Que el valor correspondiente a dicha categoría R6 es de 115,382 $/kWh.
Que el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos
Decreto N° 1.759/72 T.O. 2017 determinó que en cualquier momento podrán
rectificarse los errores materiales o de hecho y los aritméticos,
siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión.
Que se ha emitido el dictamen jurídico exigido por el artículo 7 inciso
d) punto (ii) de la Ley Nacional de Procedimiento Administrativo N°
19.549.
Que el ENRE es competente y el Interventor se encuentra facultado para
el dictado de este acto, en virtud de lo dispuesto en los artículos 2,
40 al 49, 56 incisos a), b), d) y s) y 63 incisos a) y g) de la Ley N°
24.065, el artículo 101 del Reglamento de Procedimientos
Administrativos Decreto N° 1.759/72 T.O. 2017, los artículos 4 y 6 del
Decreto N° 55 de fecha 16 de diciembre de 2023 y artículos 1 y 3 de la
Resolución de la SECRETARÍA DE ENERGÍA (SE) N° 1 de fecha 20 de
diciembre de 2023.
Por ello,
EL INTERVENTOR DEL ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Reemplazar el valor tarifario para la categoría R6,
consumos entre 501-600 kWh, del Grupo 2 contenido en el
IF-2024-74038465-APN-ARYEE#ENRE - que forma parte integrante de la
Resolución del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) N° 437
de fecha 16 de julio de 2024-, donde dice “110,382 $/kWh”, debe decir
“115,382 $/kWh”.
ARTÍCULO 2.- Notifíquese a EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA
NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.) y a las Asociaciones de Defensa
del Usuario y/o Consumidor registradas.
ARTÍCULO 3.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Dario Oscar Arrué
e. 26/07/2024 N° 48391/24 v. 26/07/2024