AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

Disposición 81/2024

DI-2024-81-APN-ANSV#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 24/07/2024

VISTO el EX-2021-93610023-APN-DGA#ANSV, las leyes 24.449, 26.363, los decretos 195 del 26 de febrero de 2024, 293 del 8 de abril de 2024, 588 del 8 de julio de 2024 y la disposición ANSV 75 del 8 de julio de 2024 y

CONSIDERANDO:

Que por ley 26.363 se creó la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV), como organismo descentralizado actualmente actuante en la órbita de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, conforme los decretos 195/2024 y 293/2024.

Que por disposición ANSV 75/2024 se constituyó domicilio legal en Avenida Belgrano N° 737, planta baja de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y se estableció el horario de atención de la mesa de entradas, salidas y archivo entre las ocho (8) y las dieciséis (16) horas, en días hábiles administrativos.

Que la medida citada había sido suscripta el 5 de julio de 2024 y publicada en Boletín Oficial el 8 de julio de 2024, por la entonces Directora Ejecutiva del Organismo.

Que sin embargo, por Decreto 588 del 8 de julio de 2024 le fue aceptada la renuncia a partir del 7 de junio de 2024, y fue designado el actual titular a partir del 11 de junio de 2024.

Que por consecuencia, corresponde confirmar la disposición referida, en los términos del artículo 19 inciso b) de la ley 19.549.

Que el servicio jurídico de la ANSV ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en el ejercicio de las facultades conferidas por el inciso b del artículo 7º de la ley 26.363.

Por ello,

EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1º: Confirmar la Disposición ANSV N° 75/2024 en todas sus partes.

ARTÍCULO 2º: Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Registro Oficial y archívese.

Pedro Scarpinelli

e. 26/07/2024 N° 48487/24 v. 26/07/2024