MINISTERIO DE ECONOMÍA

Resolución 622/2024

RESOL-2024-622-APN-MEC

Ciudad de Buenos Aires, 29/07/2024

Visto el expediente EX-2024-73493958- -APN-ST#MEC, la ley 17.285 y sus modificaciones, la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones, los decretos 101 del 16 de enero de 1985, 239 del 15 de marzo de 2007, 1770 del 29 de noviembre de 2007, 50 del 19 de diciembre de 2019, 8 del 10 de diciembre de 2023, 131 del 14 de febrero de 2024, 195 del 23 de febrero de 2024, 293 del 5 de abril de 2024 y 606 del 11 de julio de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el decreto 239 del 15 de marzo de 2007 se creó la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) como organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Secretaría de Transporte del entonces Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

Que por el decreto 8 del 10 de diciembre de 2023 se modificó la Ley de Ministerios -t.o. 1992-, creándose el entonces Ministerio de Infraestructura, y estableciéndose que los compromisos y obligaciones asumidos por el ex-Ministerio de Transporte, estarían a cargo del entonces Ministerio de Infraestructura, considerándose transferidos los créditos presupuestarios, unidades organizativas, bienes, personal con sus cargos y dotaciones vigentes a la fecha, hasta tanto se aprueben las estructuras correspondientes.

Que posteriormente, por el decreto 195 del 23 de febrero de 2024 se modificó nuevamente la Ley de Ministerios -t.o. 1992-, y se estableció que los compromisos y obligaciones asumidos por el entonces Ministerio de Infraestructura estarán a cargo del Ministerio de Economía, considerándose transferidos los créditos presupuestarios, unidades organizativas, bienes, personal con sus cargos y dotaciones vigentes a la fecha, hasta tanto se apruebe la estructura organizativa del citado Ministerio de Economía.

Que a través del artículo 6° del decreto 293 del 5 de abril de 2024, se sustituyeron del Anexo III -Ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados-, aprobado por el artículo 3° del decreto 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, los Apartados IX, Ministerio de Economía y XVII, Ministerio de Capital Humano, por los que, con igual denominación, obran en la Planilla Anexa (IF-2024-27758590-APN-MEC) al artículo 6° antes mencionado.

Que por el decreto 131 del 14 de febrero de 2024 se designó a partir del 2 de enero de 2024, en el cargo de Administrador Nacional de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), organismo descentralizado actuante en el ámbito del entonces Ministerio de Infraestructura, al doctor Gustavo Miguel Marón (D.N.I. N° 22.059.953).

Que mediante el decreto 606 del 11 de julio de 2024, se dispuso la intervención de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, por el plazo de ciento ochenta (180) días corridos.

Que el 12 de julio de 2024 el doctor Gustavo Miguel Marón presentó su renuncia al cargo de Administrador Nacional de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC). (cf., NO-2024-73190723-APN-ANAC#MEC).

Que han tomado intervención la Dirección de Administración y Gestión de Recursos, la Dirección de Sistemas y Comunicaciones, el Departamento Patrimonio y Suministros y el Departamento de Tesorería, todos ellos dependientes de la Dirección General Legal, Técnica y Administrativa y han manifestado que el doctor Gustavo Miguel Marón no adeuda conceptos exigibles.

Que ha tomado la intervención de su competencia la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía.

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones y el inciso c del artículo 1° del decreto 101 del 16 de enero de 1985.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Dase por aceptada, a partir del 12 de julio de 2024, la renuncia presentada por el doctor Gustavo Miguel Marón (D.N.I. 22.059.953) al cargo de Administrador Nacional de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC), organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía.

ARTÍCULO 2°.- Agradéncese al citado funcionario los valiosos servicios prestados en el desempeño de su cargo.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Luis Andres Caputo

e. 31/07/2024 N° 49086/24 v. 31/07/2024