MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 733/2024

RESOL-2024-733-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 01/08/2024

VISTO el Expediente EX-2024-75555086- -APN-DNNYRPJYMP#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus modificatorias, y la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que ante la UNIDAD FISCAL SANTA FE, provincia homónima, a cargo del co-ayudante Doctor Diego ORZUZA KOCK, tramita la causa Nº FRO 27181/2022, caratulada “NN SOBRE INFRACCIÓN LEY 23.737 “.

Que la mencionada UNIDAD FISCAL, solicitó a este Ministerio, mediante oficio de fecha 28 de junio de 2024, se ofrezca recompensa para aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr la detención del prófugo Diego Roberto TORRES, Argentino, titular del DNI N° 31.196.378, nacido el 21 de noviembre de 1984, alias “Pete”, “Campero” o “Licenciado”, de 1,75 de altura, tez morena, cabellos oscuros y ojos color marrón, sobre quien pesa orden de detención con fecha 19 de junio de 2024.

Que el nombrado TORRES, se encuentra prófugo en relación al delito previsto en el Art. 5 inc. “C” de la Ley 23.737, por realizar actividades vinculadas al tráfico de 29.491,81 gramos de cocaína.

Que sus últimos domicilios conocidos se encuentran en calle Solís N° 646 de la localidad de Puerto Gaboto, departamento San Jerónimo, y calles Maciel y Vicente Zara 00, localidad San José del Rincón, departamento La Capital, ambos de la provincia de Santa Fe. Asimismo, fue observado por última vez en la Escuela Rural N° 6319 “Gustavo Martínez Zuviría”, ubicada en Manguruyu s/, como así también en un inmueble sobre la Ruta Provincial N° 1 KM 27, ambos la localidad de Santa Rosa de Calchines, provincia de Santa Fe.

Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que el artículo 1° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG establece los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de recompensa; por su parte, el artículo 2º indica que los montos podrán modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito cometido, según lo estime la titular de esta Cartera.

Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4°, inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias, y en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538; y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias, y la RESOL-2019-828-APN-MSG.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Ofrécese como recompensa, dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000), destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr la detención del prófugo Diego Roberto TORRES, titular del DNI N° 31.196.378, nacido el 21 de noviembre de 1984, alias “Pete”, “Campero” o “Licenciado”, de 1,75 de altura, tez morena, cabellos oscuros y ojos color marrón, sobre quien pesa orden de detención con fecha 19 de junio de 2024.

ARTÍCULO 2°.- Quienes cuenten con información podrán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio, llamando a la línea gratuita 134.

ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe la representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada, preservando la identidad del aportante.

ARTÍCULO 4º.- Encomiéndase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio la difusión de la parte dispositiva y el Anexo de la presente en medios de comunicación escritos, radiales o televisivos de circulación nacional.

ARTÍCULO 5°.- Instrúyese a las Fuerzas Federales de Seguridad para que procedan a la difusión y publicación, en todas sus formas, del afiche que obra como (IF-2024-75627616-APN-DNNYRPJYMP#MSG), correspondiente a la recompensa ofrecida, formando parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6º.- La presente medida entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Patricia Bullrich

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 05/08/2024 N° 50579/24 v. 05/08/2024

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)