INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución 500/2024


RESOL-2024-500-APN-INCAA#MCH


Ciudad de Buenos Aires, 09/08/2024

VISTO el EX-2024-55952535--APN-SGS#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, las Leyes N° 17.741 (t.o. 2001) y Nº 24.156 y, los Decretos N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002, y Nº 202 de fecha 28 de febrero de 2024, las Resoluciones INCAA N° 917-E de fecha 6 de julio de 2023, Nº 16-E de fecha 11 de marzo de 2024, Nº 27-E de fecha 9 de abril de 2024, y;

CONSIDERANDO:

Que por medio de la ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, se establece que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES tiene a su cargo el fomento y regulación de la actividad cinematográfica en todo el Territorio de la República, y en el exterior, en cuanto se refiere a la cinematografía nacional, de acuerdo con las disposiciones que la propia ley establece.

Que el artículo 3º de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias establece los deberes y atribuciones del Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

Que es facultad de la máxima autoridad del Organismo establecer medidas para el fomento de la actividad cinematográfica y de otros medios audiovisuales.

Que es requisito indispensable para llevar a cabo las medidas de fomento establecida en la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) y modificatorias y Decreto Nº 1536/2022, tener en cuenta lo establecido en el artículo 33 de la Ley Nº 24.156 que establece: “No se podrán adquirir compromisos para los cuales no quedan saldos disponibles de créditos presupuestarios, ni disponer de los créditos para una finalidad distinta a la prevista.”.

Que la Resolución INCAA N° 917-E/2023, establece abonar el reintegro en razón de mayores costos para producciones en zona desfavorable, entendiendo por tales las Provincias de la región patagónica.

Que en virtud del déficit presupuestario y financiero existente, y con el objetivo de retomar el equilibrio necesario para que este Instituto pueda financiarse con sus propios ingresos, como así también, debido a la reestructuración, funcionamiento y el establecimiento de un nuevo marco regulatorio para el apoyo al cine es que resulta necesario, sobre la base de los criterios de oportunidad, mérito y conveniencia, dejar sin efecto la Resolución INCAA N° 917-E/2023.

Que la GERENCIA DE POLÍTICAS PÚBLICAS, la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES, y la GERENCIA GENERAL han tomado la intervención que les compete.

Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge de la Ley Nº 17.741 (t.o.2001) y sus modificatorias y los Decretos Nº 1536/2002 y N° 202/2024.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Dejar sin efecto la Resolución INCAA N° 917-E/2023.

ARTÍCULO 2°.- Establecer que la presente Resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y oportunamente archívese.

Carlos Luis Pirovano

e. 13/08/2024 N° 53065/24 v. 13/08/2024