AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS
Resolución 115/2024
RESOL-2024-115-APN-ANMAC#MSG
Ciudad de Buenos Aires, 16/08/2024
VISTO, el Expediente Nº EX-2024-85198434-APN-DNAAJYM#ANMAC, las Leyes
Nros. 27.701, 27.192, los Decretos N° 2098 del 03 de diciembre de 2008,
N° 1421 del 8 de agosto de 2002, N° 1282 del 2 de octubre de 2007, las
Decisiones Administrativas N° 479 del 17 de Mayo de 2016, la Resolución
ANMAC N° 20 del 7 de noviembre de 2016, la Decisión Administrativa N°
300 del 11 de mayo de 2024 y Decretos N° 8 del 10 de diciembre de 2023,
y,
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.701 se aprobó el Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2023, prorrogada por el
Decreto 88/2023 de fecha 27 de diciembre de 2023.
Que por la Ley N° 27.192 se crea la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES
CONTROLADOS, como un ente descentralizado en el ámbito del MINISTERIO
DE JUSTICIA y DERECHOS HUMANOS de la NACION, con autarquía económico
financiera, personería jurídica propia y capacidad de actuación en el
ámbito del derecho público y privado, que tiene como misión la
aplicación, control y fiscalización de la Ley Nacional de Armas y
Explosivos N° 20.429 y sus normas complementarias y modificatorias.
Que por medio del Decreto N° 1282/07 y la Disposición RENAR N° 123/06 y
sus modificatorias se ha aprobado la estructura organizativa del ex
REGISTRO NACIONAL DE ARMAS.
Que en dicho marco, a través de la Decisión Administrativa N° 479/16
fue aprobada la estructura organizativa de primer nivel operativo de la
ANMaC.
Que mediante la Decisión Administrativa N° 300 del 11 de mayo de 2024
se designó transitoriamente al Señor Juan Andrés FIRPO, DNI 22.049.099
en el cargo extraescalafonario de Jefe de Gabinete de la AGENCIA
NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS, organismo descentralizado actuante
en la órbita del MINISTERIO DE SEGURIDAD, con rango de Director
Nacional y con una remuneración equivalente al Nivel A - Grado 0 del
Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA
NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº
2098/08, Función Ejecutiva Nivel I del citado Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial.
Que con fecha 26 de julio de 2024 el Sr. FIRPO ha presentado la
renuncia a su cargo designado por Decisión Administrativa 300/2024, con
efecto inmediato a partir del día 30 de agosto de 2024.
Que ha tomado debida intervención la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de
la DIRECCION NACIONAL DE ADMINISTRACION, ASUNTOS JURIDICOS Y
MODERNIZACION de la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS.
Que en virtud de los establecido por la nueva Ley de Ministerios en el
Artículo 16 del Decreto N° 8 del 10 de diciembre de 2023, se sustituye
el Artículo 1° de la Ley 27.192 el que queda redactado de la siguiente
manera: “Creación: Crease la AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES
CONTROLADOS, ente descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE
SEGURIDAD, con autarquía económica financiera, personería jurídica
propia y capacidad de actuación en el ámbito del derecho público y
privado”.
Que el suscripto resulta competente para emitir el acto en virtud de lo
dispuesto en los artículos 1°, 12° y 13° de la Ley 27.192, artículo 1°
inc c) del Decreto 101/85 y el Decreto 80/2024 del 24 de enero de 2024.
Por ello,
EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS
RESUELVE:
ARTICULO 1°.- .- Aceptase con fecha 31 de agosto de 2024, la renuncia
presentada por el Sr. Juan Andrés FIRPO, DNI 22.049.099, en el cargo
extraescalafonario de Jefe de Gabinete de la AGENCIA NACIONAL DE
MATERIALES CONTROLADOS, organismo descentralizado actuante en la órbita
del MINISTERIO DE SEGURIDAD, con rango de Director Nacional y con una
remuneración equivalente al Nivel A - Grado 0 del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, con Función Ejecutiva
Nivel I del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial.
ARTICULO 2°.- Comuníquese, notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.
Juan Pablo Allan
e. 20/08/2024 N° 55240/24 v. 20/08/2024