JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
Resolución 106/2024
RESOL-2024-106-APN-JGM
Ciudad de Buenos Aires, 22/08/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-61480796- -APN-DACYGD#AABE, la Ley
Complementaria Permanente de Presupuesto N° 11.672 (t.o. 2014) y sus
modificatorios, la Ley N° 27.431 y sus modificatorios, la Ley N° 27.701
de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2023, prorrogada por el Decreto N° 88 de fecha 26 de diciembre de 2023,
los Decretos N° 1382 de fecha 9 de agosto de 2012 y sus modificatorios,
su Decreto Reglamentario N° 2670 de fecha 1º de diciembre de 2015,
modificado por su similar N° 636 de fecha 18 de julio de 2024, N° 167
de fecha 2 de marzo de 2018, N° 62 de fecha 21 de enero de 2019, N° 598
de fecha 29 de agosto de 2019, N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y
sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 5 de fecha 11 de
enero de 2024, las Resoluciones Nº 507 de fecha 7 de julio de 2023 y N°
97 de fecha 29 de julio de 2024, ambas de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, y
CONSIDERANDO:
Que mediante las actuaciones citadas en el Visto tramita la creación de
la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD BIENES DECOMISADOS”, y
las designaciones del Señor Federico Nicolás TAIANO (DNI 32.821.666)
como Titular y del Doctor Daniel Alfredo MUÑIZ (DNI 11.765.888) como
Subtitular, ambos de la mencionada Unidad, entre otras medidas.
Que el artículo 108 de la Ley N° 27.431 incorporó a la Ley
Complementaria del Presupuesto Nº 11.672 (t.o. 2014) y sus
modificatorios, la facultad del PODER EJECUTIVO NACIONAL para crear
Unidades Ejecutoras Especiales Temporarias y/o para gestionar planes,
programas y proyectos de carácter transitorio y excepcional, pudiendo
determinar la estructura, el funcionamiento y asignación de recursos
humanos que correspondan, estableciendo que dichas unidades tendrán una
duración que no exceda los DOS (2) años, pudiendo ser prorrogadas
siempre que estén previstas en el Presupuesto del año siguiente al
vencimiento del plazo.
Que, asimismo, por el artículo 1º del Decreto Nº 167 de fecha 2 de
marzo de 2018 se facultó a los Ministros a crear, en sus respectivos
ámbitos, Unidades Ejecutoras Especiales Temporarias en los términos del
artículo 108 de la Ley Nº 27.431 y a designar a los titulares de las
mismas, previa intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO
ORGANIZACIONAL del MINISTERIO DE DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL
ESTADO.
Que mediante el Decreto Nº 1382 de fecha 9 de agosto de 2012 y sus
modificatorios se creó la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL
ESTADO, que es el Órgano Rector, centralizador de toda la actividad de
administración de bienes muebles e inmuebles del ESTADO NACIONAL,
ejerciendo en forma exclusiva la administración de los bienes inmuebles
del Estado Nacional, siendo su objetivo “la coordinación de las
políticas, normas y procedimientos relacionados con los bienes
inmuebles del Estado Nacional, el control permanente de la actividad
inmobiliaria estatal y la intervención en toda operación inmobiliaria
de la totalidad de las Jurisdicciones y Entidades que conforman el
Sector Público Nacional” y cuenta entre sus funciones la de “proponer
las políticas, normas y procedimientos respecto de la utilización y
disposición de los bienes inmuebles del Estado Nacional”.
Que, en concordancia con ello, el artículo 44 del Reglamento Anexo al
Decreto Nº 2670 de fecha 1º de diciembre de 2015, modificado por el
Decreto N° 636 de fecha 18 de julio de 2024, establece que todo acto de
disposición de inmuebles de propiedad del Estado Nacional será
centralizado por la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.
Que por el artículo 3º del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de
2019 y sus modificatorios se aprobaron los ámbitos jurisdiccionales en
los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados,
entre ellos la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, como
organismo descentralizado en la órbita de la VICEJEFATURA DE GABINETE
EJECUTIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que mediante la Resolución N° 507 de fecha 7 de julio de 2023 de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se creó en el ámbito de la AGENCIA
DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO la Unidad Ejecutora Especial
Temporaria “UNIDAD DE DESARROLLO - MERCADO DE HACIENDA”, con el objeto
de diseñar y ejecutar el Máster Plan de desarrollo urbano del predio
delimitado por la Avenida Directorio, la Avenida Murguiondo, la Avenida
Eva Perón, la Avenida Lisandro de la Torre y la Avenida De los
Corrales, de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, conocido como “MERCADO
DE HACIENDA”.
Que las actuales necesidades de gestión tornan necesario unificar los
cursos de acción seguidos en el marco de la Unidad Ejecutora antes
mencionada, a otros programas y grandes proyectos urbanos a partir de
una gestión unificada de la interacción entre la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO y los organismos de la
Administración Pública Nacional, del GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES, las provincias y los municipios, posibilitando su
adecuada evaluación, diseño y ejecución.
Que, en dicho contexto, los objetivos asignados a la “UNIDAD DE GRANDES
PROYECTOS URBANOS” que se crea por acto separado, torna aconsejable que
sea dicha Unidad quien tenga a su cargo la continuidad de las acciones
encaradas por la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD DE
DESARROLLO – MERCADO DE HACIENDA”, correspondiendo, consecuentemente,
derogar la Resolución Nº 507/23 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que, por otra parte, el Decreto Nº 598 del 29 de agosto de 2019
instruyó a la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO para que
proceda a la inmediata enajenación de los bienes que ingresen al
patrimonio de los organismos del Sector Público Nacional comprendidos
en el inciso a) del artículo 8° de la Ley N° 24.156 y sus
modificatorias, provenientes de decomisos ordenados por resoluciones
judiciales, salvo que se disponga un destino específico para su uso y/o
utilización.
Que el artículo 13 del RÉGIMEN PROCESAL DE LA ACCIÓN CIVIL DE EXTINCIÓN
DE DOMINIO, aprobado por el Decreto N° 62 de fecha 21 de enero de 2019,
establece que durante la tramitación del proceso de extinción de
dominio, la administración y el mantenimiento de los bienes muebles e
inmuebles sometidos a medidas cautelares de desapoderamiento estará a
cargo de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.
Que, asimismo, por el artículo 23 del Código Penal de la Nación
Argentina, se establece el decomiso de las cosas que han servido para
cometer el hecho y de las cosas o ganancias que son el producto o el
provecho del delito, en favor del ESTADO NACIONAL, de las provincias o
de los municipios, salvo los derechos de restitución o indemnización
del damnificado y de terceros.
Que la figura de la UNIDAD EJECUTORA ESPECIAL TEMPORARIA, instaurada
por el artículo 108 de la Ley Nº 27.431 y sus modificatorios y el
Decreto Nº 167/18, es la que mejor se ajusta a las necesidades actuales
del Organismo para el desarrollo de la “UNIDAD BIENES DECOMISADOS”.
Que en consecuencia, se considera pertinente crear la Unidad Ejecutora
Especial Temporaria “UNIDAD BIENES DECOMISADOS”, con dependencia de la
AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO, organismo
descentralizado en la órbita de la VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, con el objeto de articular y
dirigir, en coordinación con las jurisdicciones de la Administración
Pública Nacional correspondientes según el ámbito de sus respectivas
competencias, las distintas acciones conducentes a la organización de
los bienes decomisados y bienes muebles.
Que la mencionada Unidad quedará disuelta a los DOS (2) años de la
entrada en vigencia de la presente medida, en los términos de lo
dispuesto por la Ley Complementaria Permanente de Presupuesto Nº 11.672
(t.o. 2014) y sus modificatorios, o hasta el cumplimiento del objetivo
para el cual fue creada si se realiza con anterioridad.
Que mediante la Resolución N° 97 de fecha 29 de julio de 2024 de la
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, se designó como Titular al
Arquitecto Alejandro Guillermo MAREQUE (DNI 16.518.545) a partir del 2
de febrero de 2024 y hasta el 31 de mayo de 2024 y al Doctor Daniel
Alfredo MUÑIZ (DNI 11.765.888), como Subtitular, ambos de la Unidad
Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD DE DESARROLLO – MERCADO DE
HACIENDA” creada por la Resolución Nº 507/23 de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS, habiendo presentado los mismos sus renuncias a dichos
cargos.
Que el señor Federico Nicolás TAIANO (DNI 32.821.666) y el Doctor
Daniel Alfredo MUÑIZ reúnen las condiciones de idoneidad y experiencia
necesarias para cumplir con las responsabilidades y funciones de
Titular y Subtitular, respectivamente, de la Unidad Ejecutora Especial
Temporaria que se crea por la presente.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DISEÑO ORGANIZACIONAL del MINISTERIO DE
DESREGULACIÓN Y TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO y la OFICINA NACIONAL DE
PRESUPUESTO dependiente de la SUBSECRETARÍA DE PRESUPUESTO de la
SECRETARÍA DE HACIENDA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, han tomado la
intervención que les compete.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la AGENCIA DE
ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS
JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN
LEGAL Y ADMINISTRATIVA de la VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA, ambas
dependientes de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, han tomado la
intervención de su competencia.
Que el presente acto se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 1º del Decreto Nº 167/18.
Por ello,
EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Créase la Unidad Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD
BIENES DECOMISADOS”, con dependencia de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO, organismo descentralizado en la órbita de la
VICEJEFATURA DE GABINETE EJECUTIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS, con el objeto de asistir al citado organismo en el diseño e
implementación de un circuito de optimización de las acciones propias
de la Agencia conducentes a la enajenación de los bienes que ingresen
al patrimonio del ESTADO NACIONAL como consecuencia de decomisos
efectuados por orden del Poder Judicial, como así también de la
atención de la administración y el mantenimiento de los bienes muebles
e inmuebles en los cuales se hayan ordenado medidas cautelares de
desapoderamiento, en el marco jurídico de lo normado en los Decretos N°
62 de fecha 21 de enero de 2019 y 598 de fecha 29 de agosto de 2019.
ARTÍCULO 2º.- La Unidad Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD BIENES DECOMISADOS” tendrá como objetivos:
1. Efectuar un relevamiento interno de bienes muebles e inmuebles incorporados a la actividad de la Agencia, con base en:
a. Resoluciones judiciales que ejecuten decomisos.
b. Resoluciones judiciales relativas a medidas cautelares de desapoderamiento.
c. Resoluciones judiciales relativas a medidas cautelares genéricas.
2. Elaborar y proponer una clasificación de bienes muebles e inmuebles
incorporados a la actividad de la Agencia, de acuerdo con la naturaleza
del quehacer a cargo de la misma, respecto de ellos, como insumo para
la toma de decisiones.
3. Articular con las Jurisdicciones y Entidades de la Administración
Pública Nacional con competencia específica vinculada con los Objetivos
de la Agencia para el diseño e implementación de circuitos de
optimización de la administración, mantenimiento y enajenación de
bienes decomisados y/o que fueran objeto de medidas de
desapoderamiento, a cargo de la misma.
4. Colaborar, en el ámbito de su competencia, con la producción de
información vinculada al cumplimiento del Decreto N° 826 de fecha 17 de
junio de 2011 y sus modificatorios.
5. Informar con carácter previo a los Tribunales intervinientes, cuando
la Agencia disponga actos relacionados con la administración y
mantenimiento de bienes sometidos a medidas cautelares.
6. Colaborar con el diseño e implementación de una plataforma de acceso
público para facilitar y agilizar la compra de los bienes que ingresen
a la Agencia a los fines de su enajenación.
7. Identificar la necesidad de modificaciones normativas relacionadas
con la administración, el mantenimiento y la enajenación de bienes
decomisados y/o que fueran objeto de medidas de desapoderamiento, a
cargo de la Agencia, elevando proyectos de modificación.
8. Coordinar la participación de las reparticiones de la Agencia en el
diseño de los circuitos vinculados con la optimización de la
administración, mantenimiento y enajenación de bienes decomisados y/o
que fueran objeto de medidas de desapoderamiento a cargo de la misma.
9. Identificar las necesidades de celebración de convenios o protocolos
con otras dependencias del PODER EJECUTIVO NACIONAL, MINISTERIO PÚBLICO
FISCAL o PODER JUDICIAL, vinculados con la optimización de la
administración, mantenimiento y enajenación de bienes decomisados y/o
que fueran objeto de medidas de desapoderamiento, y elevarlas a
consideración de la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO.
ARTÍCULO 3º.- La Unidad Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD BIENES
DECOMISADOS” estará a cargo de un funcionario fuera de nivel con rango
y jerarquía Director Nacional y remuneración equivalente al Nivel A,
Grado 0, Función Ejecutiva I en carácter de Titular y de un funcionario
fuera de nivel con jerarquía de Director y remuneración equivalente al
Nivel B, Grado 0, Función Ejecutiva III, en carácter de Subtitular,
ambos del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del
Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), homologado por el Decreto
Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios.
ARTÍCULO 4º.- La Unidad creada mediante el artículo 1º de esta medida
quedará disuelta a los DOS (2) años de la entrada en vigencia de la
presente resolución, o hasta el cumplimiento del objetivo para el cual
fue creada si se realiza con anterioridad.
ARTÍCULO 5º.- Acéptase la renuncia presentada por el Doctor Daniel
Alfredo MUÑIZ (DNI 11.765.888) al cargo de Subtitular de la Unidad
Ejecutora Especial Temporaria “UNIDAD DE DESARROLLO – MERCADO DE
HACIENDA” creada por la Resolución Nº 507 de fecha 7 de julio de 2023
de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 6º.- Desígnase al señor Federico Nicolás TAIANO (DNI
32.821.666), en el cargo de Titular de la Unidad Ejecutora Especial
Temporaria “UNIDAD BIENES DECOMISADOS” creada por el artículo 1º de la
presente medida.
ARTÍCULO 7º.- Desígnase al Doctor Daniel Alfredo MUÑIZ (DNI
11.765.888), en el cargo de Subtitular de la Unidad Ejecutora Especial
Temporaria “UNIDAD BIENES DECOMISADOS” creada por el artículo 1º de la
presente medida.
ARTÍCULO 8º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
resolución será atendido con cargo a las partidas específicas del
presupuesto vigente de la Entidad 205 – AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE
BIENES DEL ESTADO de la Jurisdicción 25 – JEFATURA DE GABINETE DE
MINISTROS.
ARTÍCULO 9º.- La presente medida entrará en vigencia el día siguiente
de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 10.- Derógase la Resolución Nº 507/23 de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
ARTÍCULO 11.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Guillermo Francos
e. 26/08/2024 N° 57108/24 v. 26/08/2024