MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO

Resolución 594/2024

RESOL-2024-594-APN-MCH

Ciudad de Buenos Aires, 22/08/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-73332196-APN-DGRRHH#MDS, la Ley de Presupuesto N° 27.701 prorrogada por la Decisión Administrativa N° DA-2024-5-APN-JGM del 11 de enero del 2024, el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº DNU-2023-8-APN-PTE del 10 de diciembre de 2023, los Decretos N° DECTO-2019-50-APN-PTE del 19 de diciembre de 2019, N° DECTO-2023-11-APN-PTE del 10 de diciembre de 2023, N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, N° 355 del 22 de mayo de 2017 modificado por el Decreto N° DECTO-2018-859-APN-PTE del 26 de diciembre de 2018, las Decisiones Administrativas N° 6 del 12 de enero del 2018, N° 338 del 16 de marzo de 2018, N° DECAD-2020-723-APN-JGM del 05 de mayo de 2020 y su modificatoria N° DECAD-2021-1164-APN-JGM del 30 de noviembre de 2021, las Resoluciones de la Secretaría Legal y Técnica N° RESOL-2022-87-APN-SLYT del 01 de diciembre de 2022 del entonces Ministerio de Desarrollo Social N° RESOL-2023-2387-APN-MDS del 01 de diciembre de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 27.701 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, prorrogada por la Decisión Administrativa N° DA-2024-5-APN-JGM.

Que por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 338/2018, se asignaron al entonces MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL los cargos conforme lo prescripto en el artículo 2° de la Decisión Administrativa N° 6/2018.

Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº DNU-2023-8-APN-PTE se sustituyó el artículo 1° de la Ley de Ministerios con sus modificatorias, creándose, entre otros, el MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.

Que por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, se aprobó el Organigrama de aplicación de la Administración Nacional Centralizada hasta nivel de Subsecretaría, aprobando, asimismo, sus respectivos objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, y se mantienen vigentes las aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente mantendrán las acciones, dotaciones y personal con sus respectivos cargos, niveles, situación de revista y suplementos vigentes a la fecha, hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas.

Que por la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-723-APN-JGM y su modificatoria N° DECAD-2021-1164-APN-JGM se aprobaron las estructuras organizativas de primer y segundo nivel operativo del entonces MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.

Que por la Resolución de la Secretaría Legal y Técnica N° RESOL-2022-87-APN-SLYT se designó, entre otros agentes, al Licenciado Miguel Ángel VILLELLI (DNI N° 22.645.039) en la Planta Permanente, como Gestor de Proyectos de Desarrollo Informático , Nivel B - Grado 8, Agrupamiento General - Tramo General, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, en la SECRETARÍA LEGAL Y TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.

Que por el artículo 3° del Decreto N° 355/2017 y su modificatorio, se estableció que las asignaciones transitorias de funciones serán efectuadas en sus respectivas jurisdicciones por los Ministros y los Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y asimismo que dichos actos administrativos deberán ser publicados en el Boletín Oficial.

Que por razones de oportunidad, mérito y conveniencia y con el fin de no resentir las responsabilidades de esta cartera ministerial, se hace impostergable proceder a la asignación de funciones que tramita por las presentes.

Que, asimismo, ha tomado la intervención que le compete la Oficina Nacional de Empleo Público de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, referida al segundo párrafo del artículo 112 del Decreto N° 2098/2008, autorizando a proceder con la asignación de funciones transitorias por excepción.

Que el artículo citado establece que en todos los casos se requerirá la previa intervención de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a los efectos de dar cumplimiento a lo establecido por las Decisiones Administrativas N° 6/2018 y N° 338/2018, o la norma que la sustituya en el futuro.

Que han tomado las intervenciones que les compete la Dirección de Programación y Ejecución Presupuestaria de la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.

Que el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO ha tomado la intervención de su competencia.

Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de NIÑEZ, ADOLESCENCIA y FAMILIA de la SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA y FAMILIA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO ha procedido a la intervención de su competencia.

Que ha tomado la debida intervención la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.

Que la SUBSECRETARIA LEGAL de la SECRETARIA DE COORDINACION LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios y sus normas modificatorias y complementarias, Decreto N° 355/2017 y su modificatorio N° DECTO-2018-859-APN-PTE y el Decreto N° DECTO-2023-11-APN-PTE.

Por ello,

LA MINISTRA DE CAPITAL HUMANO

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Asígnase con carácter transitorio, a partir del dictado de la presente medida, la función de Director Nacional de Seguridad Alimentaria de la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, Nivel A – Grado 0, Función Ejecutiva Nivel I aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, al agente perteneciente a la planta permanente Licenciado Miguel Ángel VILLELLI (DNI N° 22.645.039), Nivel B, Grado 8, Tramo General, Agrupamiento General del referido Convenio.

ARTÍCULO 2°.- Dispónese que la asignación transitoria de la función en el cargo mencionado en el artículo segundo, se extenderá hasta tanto se instrumente su cobertura definitiva con arreglo a los respectivos regímenes de selección, no pudiendo superar el plazo de TRES (3) años, conforme lo dispuesto por los artículos 110 y 111 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 3°.- Establécese que la asignación de funciones citada en el artículo anterior se realiza conforme lo preceptuado en el artículo 109 y con excepción al artículo 112, ambos del citado Decreto N° 2098/2008 y sus modificatorios.

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 88 - MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, Sub jurisdicción 2 - SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA.

ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Sandra Pettovello

e. 26/08/2024 N° 57120/24 v. 26/08/2024