MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO
Resolución 594/2024
RESOL-2024-594-APN-MCH
Ciudad de Buenos Aires, 22/08/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-73332196-APN-DGRRHH#MDS, la Ley de
Presupuesto N° 27.701 prorrogada por la Decisión Administrativa N°
DA-2024-5-APN-JGM del 11 de enero del 2024, el Decreto de Necesidad y
Urgencia Nº DNU-2023-8-APN-PTE del 10 de diciembre de 2023, los
Decretos N° DECTO-2019-50-APN-PTE del 19 de diciembre de 2019, N°
DECTO-2023-11-APN-PTE del 10 de diciembre de 2023, N° 2098 del 3 de
diciembre de 2008 y sus modificatorios, N° 355 del 22 de mayo de 2017
modificado por el Decreto N° DECTO-2018-859-APN-PTE del 26 de diciembre
de 2018, las Decisiones Administrativas N° 6 del 12 de enero del 2018,
N° 338 del 16 de marzo de 2018, N° DECAD-2020-723-APN-JGM del 05 de
mayo de 2020 y su modificatoria N° DECAD-2021-1164-APN-JGM del 30 de
noviembre de 2021, las Resoluciones de la Secretaría Legal y Técnica N°
RESOL-2022-87-APN-SLYT del 01 de diciembre de 2022 del entonces
Ministerio de Desarrollo Social N° RESOL-2023-2387-APN-MDS del 01 de
diciembre de 2023, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 27.701 se aprobó el Presupuesto General de la
Administración Nacional para el Ejercicio 2023, prorrogada por la
Decisión Administrativa N° DA-2024-5-APN-JGM.
Que por el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 338/2018, se
asignaron al entonces MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL los cargos
conforme lo prescripto en el artículo 2° de la Decisión Administrativa
N° 6/2018.
Que por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº DNU-2023-8-APN-PTE se
sustituyó el artículo 1° de la Ley de Ministerios con sus
modificatorias, creándose, entre otros, el MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
Que por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, se aprobó el
Organigrama de aplicación de la Administración Nacional Centralizada
hasta nivel de Subsecretaría, aprobando, asimismo, sus respectivos
objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al
MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, y se mantienen vigentes las aperturas
estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría, las que
transitoriamente mantendrán las acciones, dotaciones y personal con sus
respectivos cargos, niveles, situación de revista y suplementos
vigentes a la fecha, hasta tanto se concluya con la reestructuración de
las áreas afectadas.
Que por la Decisión Administrativa N° DECAD-2020-723-APN-JGM y su
modificatoria N° DECAD-2021-1164-APN-JGM se aprobaron las estructuras
organizativas de primer y segundo nivel operativo del entonces
MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.
Que por la Resolución de la Secretaría Legal y Técnica N°
RESOL-2022-87-APN-SLYT se designó, entre otros agentes, al Licenciado
Miguel Ángel VILLELLI (DNI N° 22.645.039) en la Planta Permanente, como
Gestor de Proyectos de Desarrollo Informático , Nivel B - Grado 8,
Agrupamiento General - Tramo General, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO
PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de
diciembre de 2008 y sus modificatorios, en la SECRETARÍA LEGAL Y
TÉCNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN.
Que por el artículo 3° del Decreto N° 355/2017 y su modificatorio, se
estableció que las asignaciones transitorias de funciones serán
efectuadas en sus respectivas jurisdicciones por los Ministros y los
Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y asimismo que dichos actos
administrativos deberán ser publicados en el Boletín Oficial.
Que por razones de oportunidad, mérito y conveniencia y con el fin de
no resentir las responsabilidades de esta cartera ministerial, se hace
impostergable proceder a la asignación de funciones que tramita por las
presentes.
Que, asimismo, ha tomado la intervención que le compete la Oficina
Nacional de Empleo Público de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS,
referida al segundo párrafo del artículo 112 del Decreto N° 2098/2008,
autorizando a proceder con la asignación de funciones transitorias por
excepción.
Que el artículo citado establece que en todos los casos se requerirá la
previa intervención de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS a los
efectos de dar cumplimiento a lo establecido por las Decisiones
Administrativas N° 6/2018 y N° 338/2018, o la norma que la sustituya en
el futuro.
Que han tomado las intervenciones que les compete la Dirección de
Programación y Ejecución Presupuestaria de la SECRETARÍA NACIONAL DE
NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
Que el Servicio Jurídico Permanente del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO ha tomado la intervención de su competencia.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA de NIÑEZ, ADOLESCENCIA y
FAMILIA de la SECRETARIA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA y FAMILIA del
MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO ha procedido a la intervención de su
competencia.
Que ha tomado la debida intervención la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA
del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
Que la SUBSECRETARIA LEGAL de la SECRETARIA DE COORDINACION LEGAL Y
ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO ha tomado la
intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones
conferidas por la Ley de Ministerios y sus normas modificatorias y
complementarias, Decreto N° 355/2017 y su modificatorio N°
DECTO-2018-859-APN-PTE y el Decreto N° DECTO-2023-11-APN-PTE.
Por ello,
LA MINISTRA DE CAPITAL HUMANO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Asígnase con carácter transitorio, a partir del dictado
de la presente medida, la función de Director Nacional de Seguridad
Alimentaria de la SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, Nivel A – Grado 0, Función Ejecutiva
Nivel I aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) homologado por
el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, al
agente perteneciente a la planta permanente Licenciado Miguel Ángel
VILLELLI (DNI N° 22.645.039), Nivel B, Grado 8, Tramo General,
Agrupamiento General del referido Convenio.
ARTÍCULO 2°.- Dispónese que la asignación transitoria de la función en
el cargo mencionado en el artículo segundo, se extenderá hasta tanto se
instrumente su cobertura definitiva con arreglo a los respectivos
regímenes de selección, no pudiendo superar el plazo de TRES (3) años,
conforme lo dispuesto por los artículos 110 y 111 del Convenio
Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE
EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus
modificatorios.
ARTÍCULO 3°.- Establécese que la asignación de funciones citada en el
artículo anterior se realiza conforme lo preceptuado en el artículo 109
y con excepción al artículo 112, ambos del citado Decreto N° 2098/2008
y sus modificatorios.
ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente
Resolución Ministerial será atendido con cargo a las partidas
específicas de la Jurisdicción 88 - MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, Sub
jurisdicción 2 - SECRETARÍA NACIONAL DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA.
ARTICULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Sandra Pettovello
e. 26/08/2024 N° 57120/24 v. 26/08/2024