MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 796/2024
RESOL-2024-796-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 22/08/2024
Visto el expediente EX-2024-83827489- -APN-DGDA#MEC, la Ley de Bases y
Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos N° 27.742, el
decreto 695 del 2 de agosto de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que por el artículo 5° de la Ley de Bases y Puntos de Partida para la
Libertad de los Argentinos N° 27.742 se autorizó al Poder Ejecutivo
para modificar, transformar, unificar, disolver o liquidar los fondos
fiduciarios públicos.
Que mediante el artículo 1° del decreto 695 del 2 de agosto de 2024 se
aprobó la Reglamentación del Título II - Reforma del Estado - de la Ley
de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos Nº
27.742.
Que en el artículo 1° del anexo I al decreto 695/2024 se estableció que
el Ministerio de Economía propondría al Poder Ejecutivo Nacional, según
corresponda, la modificación, transformación, unificación, liquidación
o disolución de los fondos fiduciarios públicos de conformidad con las
reglas establecidas en los incisos a, b y c del artículo 5° de la ley
27.742 y las que surgieran de sus normas de creación, instrumentos
constitutivos u otra disposición que resultara aplicable.
Que, asimismo, mediante el artículo 2° del mismo anexo se facultó al
Ministerio de Economía para dictar las normas complementarias que
resultaran necesarias.
Que por lo expuesto, corresponde instruir a la Secretaría Legal y
Administrativa de esta cartera para propiciar las actuaciones
administrativas respecto de los fondos fiduciarios sujetos a lo
dispuesto en el artículo 1° del anexo I al decreto 695/2024 y
proponerlas ante el Poder Ejecutivo Nacional.
Que, asimismo, deviene indispensable facultar a la citada secretaría a
dictar los actos administrativos conducentes para la implementación de
la presente medida.
Que para dotar de criterios uniformes a los procedimientos de
liquidación de los fondos fiduciarios públicos disueltos, corresponde
aprobar las “MEDIDAS PARA LA LIQUIDACIÓN DE LOS FONDOS FIDUCIARIOS
DISUELTOS”, que como anexo (IF-2024-87548559-APN-SLYA#MEC) integra la
presente medida.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el decreto 695/2024.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Instrúyese a la Secretaría Legal y Administrativa del
Ministerio de Economía para propiciar las actuaciones administrativas
respecto de los fondos fiduciarios sujetos a lo dispuesto en el
artículo 1° del anexo I al decreto 695 del 2 de agosto de 2024 y
proponerlas ante el Poder Ejecutivo Nacional.
ARTÍCULO 2°.- Facúltase a la Secretaría Legal y Administrativa para
dictar las normas aclaratorias y complementarias que sean necesarias
para la implementación de la presente resolución.
ARTÍCULO 3°.- Apruébanse las “MEDIDAS PARA LA LIQUIDACIÓN DE LOS FONDOS
FIDUCIARIOS DISUELTOS”, que como anexo (IF-2024-87548559-APN-SLYA#MEC)
forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Luis Andres Caputo
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 26/08/2024 N° 57109/24 v. 26/08/2024
(Nota
Infoleg:
Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la
edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el
siguiente link: Anexos)