AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO

DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA

Disposición 20/2024

DI-2024-20-APN-DGA#ACUMAR

Ciudad de Buenos Aires, 23/08/2024

VISTO el EX-2024-70654312- -APN-SG#ACUMAR la Ley N° 26.168, la Ley N° 2.217 de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, la Ley N° 13.642 de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, la Resolución Nº 30/2023 (RESOL-2023-30-APN-ACUMAR#MOP) y la Resolución N° 24/2024 (RESOL-2024-24-APN-ACUMAR#MINF) de la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 26.168 creó la AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO (ACUMAR) como ente de derecho público interjurisdiccional, con competencias en el área de la Cuenca Matanza Riachuelo, a la que adhirieron los Gobiernos de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y de la PROVINCIA DE BUENOS AIRES, mediante las Leyes N° 2.217 y N° 13.642, respectivamente.

Que, si bien fue creada bajo la órbita del ESTADO NACIONAL, la Autoridad de Cuenca es un ente creado entre personas públicas estatales correspondientes a distintas esferas de competencia constitucional, que cuenta con facultades delegadas por las tres jurisdicciones que la componen.

Que la citada Ley de creación establece en su artículo 2º in fine que ACUMAR dictará sus reglamentos de organización interna y de operación.

Que en uso de sus facultades la ACUMAR dictó la Resolución N° 30/2023, mediante la cual aprobó el “REGLAMENTO INTERNO DE USO DE FONDO ROTATORIO, ANTICIPO DE FONDOS Y CAJAS CHICAS DE ACUMAR” y los formularios “RENDICIÓN DE GASTOS - CAJA CHICA” y “RENDICIÓN DE ANTICIPO DE FONDOS”, como ANEXOS I y II y como ANEXO III el listado de las Cajas Chicas correspondientes a las áreas de ACUMAR.

Que por Disposición del Director Administrativo Financiero de ACUMAR DI-2024-101-APN-DGAMB#ACUMAR se aprobó el ANEXO III (IF-2024-72590568-APN-DGA#ACUMAR) de la Resolución N° 30/2023 (RESOL-2023-30-APN-ACUMAR#MOP).

Que conforme lo establecido en el artículo 8° de la Resolución N° 30/2023, es facultad del responsable de la DIRECCIÓN GENERAL ADMINISTRATIVA, modificar la distribución de los montos de Cajas Chicas, no pudiendo aumentar el total asignado por esa resolución, pero si disminuirlo en virtud de las necesidades de cada área.

Que de esta forma se busca contribuir a la eficaz y eficiente ejecución de los objetivos de ACUMAR, permitiendo el adecuado acceso a los bienes y servicios necesarios, adoptando medidas acordes a sus fines.

Que conforme lo establecido en el inciso b) del artículo 8° del Reglamento de Organización Interna, aprobado por la Resolución N° 24/2024 de ACUMAR, los Directores Generales tienen facultades para dictar Disposiciones sobre cuestiones o asuntos de su competencia o aquellos que le fueran delegados.

Que la DIRECCIÓN DE ASUNTOS JURÍDICOS Y JUDICIALES de ACUMAR ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de la facultades conferidas por la Ley 26.168, RESOL-2024-30-APN-ACUMAR#MEC, y la Resolución N° 24/2024.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL ADMINISTRATIVO DE LA AUTORIDAD DE CUENCA MATANZA RIACHUELO

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébese el ANEXO III (IF-2024-88357345-APN-DAYF#ACUMAR) que forma parte de la presente y sustituirá al ANEXO III de la Resolución N° 30/2023 (RESOL-2023-30-APN-ACUMAR#MOP).

ARTÍCULO 2°.- La presente entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, notifíquese a la Secretaria General de ACUMAR, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese

Carlos Javier Barba

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 28/08/2024 N° 58131/24 v. 28/08/2024

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)



IF-2024-88357345-APN-DAYF#ACUMAR