MINISTERIO DE ECONOMÍA
Resolución 828/2024
RESOL-2024-828-APN-MEC
Ciudad de Buenos Aires, 30/08/2024
Visto el expediente EX-2024-91536764-APN-DGDA#MEC, la ley 27.742, los
decretos 749 del 22 de agosto de 2024 y 764 del 27 de agosto de 2024,
la resolución 814 del 27 de agosto de 2024 del Ministerio de Economía
(RESOL-2024-814-APN-MEC), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Título VII de la ley 27.742 se creó el Régimen de
Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), el cual tiene por
finalidades, entre otras, incentivar las Grandes Inversiones nacionales
y extranjeras en la República Argentina a fin de garantizar la
prosperidad del país, promover el desarrollo económico, desarrollar y
fortalecer la competitividad de los diversos sectores económicos,
incrementar las exportaciones de mercaderías y servicios al exterior
comprendidas en las actividades desarrolladas en el RIGI y favorecer la
creación de empleo (cf., artículos 165 y 166 de la ley 27.742).
Que en el artículo 122 de la Reglamentación del Título VII - Régimen de
Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) de la ley 27.742, aprobada
por el decreto 749 del 22 de agosto de 2024, se estableció que la
Autoridad de Aplicación del RIGI es el Ministerio de Economía.
Que en el artículo 123 de la citada reglamentación se dispone que el
Ministerio de Economía deberá conformar un Comité Evaluador de
Proyectos que evaluará las solicitudes de adhesión al RIGI y los planes
de inversión presentados por los Vehículos de Proyecto Único (VPU).
Que a través del artículo 1° de la resolución 814 del 27 de agosto de
2024 del Ministerio de Economía (RESOL-2024-814-APN-MEC) se creó el
Comité Evaluador de Proyectos RIGI, el cual tendrá a su cargo la
evaluación final de las solicitudes de adhesión al RIGI y los planes de
inversión presentados por los Vehículos de Proyecto Único (VPU).
Que se estima conveniente modificar el artículo 1° de la referida
resolución e incluir en dicho Comité Evaluador de Proyectos RIGI al
titular de la Vicejefatura de Gabinete Ejecutiva de la Jefatura de
Gabinete de Ministros.
Que, asimismo, mediante el artículo 3° del decreto 764/2024 se
sustituyó del Anexo I -Organigrama de Aplicación de la Administración
Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-, aprobado por el
artículo 1° del decreto 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus
modificatorios, el Apartado IX, Ministerio de Economía.
Que a través del citado decreto se incorporó a la estructura
organizativa de este ministerio a la Secretaría de Coordinación de
Energía y Minería, estableciendo entre sus objetivos asistir al
Ministro en la aplicación del Título VII – Régimen de Incentivo para
Grandes Inversiones (RIGI) de la ley 27.742, en el ámbito de su
competencia, así como coordinar la aplicación del Título VII - Régimen
de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) de la ley 27.742, en el
ámbito de la Jurisdicción.
Que por ello, resulta necesario modificar el artículo 2° de la citada
resolución 814/2024 del Ministerio de Economía
(RESOL-2024-814-APN-MEC), disponiendo que la referida Secretaría de
Coordinación de Energía y Minería actuará como Unidad de Coordinación
RIGI.
Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención que le compete.
Que esta medida se dicta en virtud de las facultades previstas en el decreto 749/2024.
Por ello,
EL MINISTRO DE ECONOMÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Sustitúyese el segundo párrafo del artículo 1° de la
resolución 814 del 27 de agosto de 2024 del Ministerio de Economía
(RESOL-2024-814-APN-MEC) por el siguiente:
“El Comité Evaluador de Proyectos RIGI estará integrado por el titular
de la Vicejefatura de Gabinete Ejecutiva de la Jefatura de Gabinete de
Ministros, por el titular de la Secretaría de Planeamiento Estratégico
Normativo de la Presidencia de la Nación y por los titulares de las
Secretarías de Coordinación de Energía y Minería, de Producción y de
Infraestructura, y de las Secretarías de Finanzas, de Hacienda y Legal
y Administrativa, todas del Ministerio de Economía”.
ARTÍCULO 2°.- Sustitúyese el primer párrafo del artículo 2° de la
resolución 814/2024 del Ministerio de Economía (RESOL-2024-814-APN-MEC)
por el siguiente:
“La Secretaría de Coordinación de Energía y Minería actuará como Unidad de Coordinación RIGI”.
ARTÍCULO 3°.- La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
Luis Andres Caputo
e. 03/09/2024 N° 59580/24 v. 03/09/2024