MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO
Resolución 631/2024
RESOL-2024-631-APN-MCH
Ciudad de Buenos Aires, 09/09/2024
VISTO el Expediente Nº EX-2024-49604093- -APN-SSGA#MCH, la Ley Marco de
Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164 y su Decreto
reglamentario Nº 1421 de fecha 8 de agosto de 2002, la Ley Nº 27.701,
los Decretos Nº 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, Nº 355 de fecha
22 de mayo de 2017 y su modificatorio, Nº 50 de fecha 19 de diciembre
de 2019 y sus modificatorios, Nº 8 de fecha 10 de diciembre de 2023, Nº
86 de fecha 26 de diciembre de 2023 y Nº 88 de fecha 26 de diciembre de
2023, la Decisión Administrativa Nº 1428 de fecha 7 de agosto de 2020 y
su modificatoria, y
CONSIDERANDO
Que por el Decreto N° 88/23 se dispuso que a partir del 1º de enero de
2024 regirán las disposiciones de la Ley Nº 27.701 de Presupuesto
General de la Administración Nacional, en virtud de lo establecido por
el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas
de Control del Sector Público Nacional Nº 24.156 y sus modificatorias.
Que por el Decreto Nº 8/23 se sustituyó el artículo 1º de la Ley de
Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus
modificatorios, y se incorporó, entre otros, el MINISTERIO DE CAPITAL
HUMANO.
Que, asimismo, por el precitado Decreto se estableció que se consideran
transferidos los créditos presupuestarios, unidades organizativas,
bienes, personal con sus cargos y dotaciones vigentes a la fecha, del
entonces MINISTERIO DE CULTURA al MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, hasta
tanto se aprueben las estructuras correspondientes.
Que el cargo de Director del MUSEO NACIONAL DE ARTE DECORATIVO del ex
MINISTERIO DE CULTURA, actual SECRETARÍA DE CULTURA de este MINISTERIO
DE CAPITAL HUMANO, Nivel B, con Función Ejecutiva Nivel III, se
encuentra vacante.
Que atento a la particular naturaleza de las tareas asignadas a la
mencionada Unidad Organizativa y con el objeto de asegurar el normal
desenvolvimiento de la Jurisdicción, resulta necesario proceder a la
asignación de funciones con carácter transitorio en el mencionado
cargo, hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas
afectadas, en los términos del Título X del Convenio Colectivo de
Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO
(S.I.N.E.P.), homologado por el Decreto Nº 2098/08, y del Artículo 15,
inciso a), del Anexo I al Decreto Nº 1421/02, reglamentario de la Ley
Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.
Que el Artículo 108 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del
Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (S.I.N.E.P.),
homologado por el Decreto Nº 2098/08, establece que la subrogancia
recaerá en el personal que reviste en calidad de permanente y goce de
estabilidad, por alguna de las causas que allí establece y siempre que
el período a cubrir sea superior a TREINTA (30) días corridos; y en el
inciso a) refiere al supuesto en que el cargo se halle vacante.
Asimismo, el artículo 112 del referido Convenio, prevé que el
reemplazante deberá cumplir con los requisitos exigidos para la
situación escalafonaria correspondiente al cargo subrogado y reunir la
especialidad profesional requerida por el mismo en caso que
corresponda, y que cuando resultase impostergable la cobertura
transitoria de un cargo, podrá solicitarse al órgano rector en materia
de Empleo Público autorización para proceder con la asignación de
funciones transitorias por excepción al cumplimiento de las exigencias
previstas.
Que en virtud de lo expuesto, corresponde proceder a la asignación de
la función director del MUSEO NACIONAL DE ARTE DECORATIVO del ex
MINISTERIO DE CULTURA, actual SECRETARÍA DE CULTURA, del MINISTERIO DE
CAPITAL HUMANO, al Licenciado Hugo Pascual PONTORIERO (C.U.I.L. Nº
20-21730500-5), quien revista en un cargo perteneciente a la Planta
Permanente del MUSEO NACIONAL DE ARTE DECORATIVO dependiente del ex
MINISTERIO DE CULTURA, actual SECRETARÍA DE CULTURA de este MINISTERIO
DE CAPITAL HUMANO Nivel B, Grado 11, Tramo Avanzado del Agrupamiento
Profesional del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (S.I.N.E.P.).
Que la asignación de funciones se otorga con autorización excepcional
por no reunir el Licenciado PONTORIERO los requisitos establecidos en
el artículo 112 del Convenio Colectivo Sectorial del SINEP homologado
por Decreto Nº 2098/08.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que se solicitó oportunamente la intervención de la SECRETARÍA DE
TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE
DE MINISTROS, continuadora de las competencias en materia de empleo de
la entonces SECRETARÍA DE GOBIERNO DE MODERNIZACIÓN, de conformidad con
las previsiones del artículo 3º del Decreto Nº 355/17.
Que el gasto que demande la presente medida, será imputado con cargo a
las partidas presupuestarias asignadas mediante la Ley Nº 27.701 del
Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio
2023, prorrogado por el Decreto Nº 88/23 y distribuido por la Decisión
Administrativa Nº 5/24.
Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención de su competencia.
Que la SUBSECRETARÍA LEGAL y la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN
ADMINISTRATIVA, ambas dependientes de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN
LEGAL Y ADMINISTRATIVA de este MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, han tomado
la intervención de sus competencias.
Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINITRATIVA de este
MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO ha intervenido conforme a su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones
emergentes del Artículo 3º del Decreto Nº 355/17 y sus modificatorios.
Por ello,
LA MINISTRA DE CAPITAL HUMANO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dar por asignadas transitoriamente, a partir del día 1º
de junio de 2024, las funciones de Director del MUSEO NACIONAL DE ARTE
DECORATIVO dependiente del ex MINISTERIO DE CULTURA actual SECRETARÍA
DE CULTURA de este MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, al Licenciado Hugo
Pascual PONTORIERO (C.U.I.L. Nº 20-21730500-5), agente de la Planta
Permanente, Nivel B, Grado 11, Tramo Avanzado, del Agrupamiento
Profesional del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (S.I.N.E.P.), y
autorizándose el pago de la Función Ejecutiva III, en los términos del
Título X del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del
SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (S.I.N.E.P.), homologado por el
Decreto Nº 2098/08 y de lo prescripto por el Artículo 15, inciso a) del
Anexo I al Decreto Nº 1421/02, con autorización excepcional por no
reunir el Licenciado PONTORIERO los requisitos establecidos en el
artículo 112 de dicho Convenio.
ARTÍCULO 2º.- Establecer que la asignación transitoria de funciones
dispuesta en el artículo precedente en el cargo allí mencionado se
extenderá hasta que concluya la reestructuración de las áreas
afectadas, no pudiendo superar el plazo de TRES (3) años, conforme lo
dispuesto en los artículos 110 y 111 del Convenio Colectivo de Trabajo
Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP).
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande la presente medida se atenderá con
cargo a las partidas presupuestarias correspondientes a la JURISDICCIÓN
88, SUBJURISDICCIÓN 01 – MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Sandra Pettovello
e. 10/09/2024 N° 61987/24 v. 10/09/2024