INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

Resolución 42/2024

RESOL-2024-42-APN-INV#MEC

Mendoza, Mendoza, 17/09/2024

VISTO el Expediente Nº EX-2024-97816304-APN-DD#INV del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA, la Ley Nacional de Alcoholes Nº 24.566 y las Resoluciones Nros. RESOL-2023-21-APN-INV#MEC de fecha 26 de julio 2023 y RESOL-2024-11-APN-INV#MEC de fecha 15 de mayo de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el expediente citado en el Visto, se propicia como constancia de inscripción ante el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV) de quienes estén comprendidos bajo la Ley Nacional de Alcoholes Nº 24.566, el “CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN DIGITAL” en reemplazo del Certificado de Inscripción que otorga este Organismo.

Que mediante la Resolución Nº RESOL-2023-21-APN-INV#MEC de fecha 26 de julio de 2023, el INV aprobó las definiciones y las exigencias mínimas que deben reunir los establecimientos de la industria de los alcoholes para ejercer su actividad.

Que como constancia de registro ante este Instituto, se entrega a los interesados un Certificado de Inscripción en soporte papel que acredita habilitación para ejercer la actividad denunciada.

Que en tal sentido el INV homologó a través de la Resolución Nº RESOL-2024-11-APN-INV#MEC de fecha 15 de mayo de 2024, un sistema informático denominado “Módulo Documentación Inscriptos” para la obtención del Certificado de Inscripción Digital, conforme a las normas de seguridad y de sistemas de autenticación dispuesto por el Decreto Nº 1.265 de fecha 15 de diciembre de 2016, sin costo para el inscripto.

Que la referida propuesta mejora la calidad de atención de este Instituto hacia sus inscriptos, simplificando procesos internos y utilizando sistemas informáticos para disminuir cargas sobre la obtención del comprobante de inscripción, en concordancia con el Plan de Modernización del Estado.

Que para tal efecto se cree conveniente que los inscriptos de la industria de alcoholes en general, obtengan la constancia de inscripción a través de medios digitales sin necesidad de tener que concurrir a las dependencias del INV para retirar dicho certificado.

Que la Coordinación de Asuntos Jurídicos de este Organismo, ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por las Leyes Nros. 14.878 y 24.566 y el Decreto Nº DECTO-2024-66-APN-PTE.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Establécese como constancia de inscripción ante el INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INV) de quienes estén bajo el régimen de la Ley Nacional de Alcoholes Nº 24.566, el “CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN DIGITAL”, cuyo modelo se acompaña como Anexo Nº IF-2024-97946032-APN-DNF#INV que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTÍCULO 2º.- El “CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN DIGITAL” será único e intransferible, personalizado e identificado con el número de inscripción del establecimiento ante el INV. Asimismo contará con un código de respuesta rápida (QR) que permitirá conocer los datos del titular, domicilio, actividad y la situación actual del inscripto.

ARTÍCULO 3º.- Este certificado de identificación será suministrado por el INV al titular del inscripto, persona autorizada o apoderado legal debidamente acreditado. Asimismo podrá ser generado por el responsable a través del sitio web https://servicios.inv.gob.ar, cuyas instrucciones para su obtención se encuentran en la página oficial de este Organismo.

ARTÍCULO 4º.- Los certificados existentes no pierden validez, no obstante al gestionarse tramitaciones de inscripción, transferencias o al ser solicitada su reposición por el interesado, serán reemplazados por el “CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN DIGITAL”.

ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y cumplido, archívese.

Carlos Raul Tizio Mayer

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 18/09/2024 N° 64251/24 v. 18/09/2024

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial)

ANEXO



CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN DEL ESTABLECIMIENTO

Tipo de Establecimiento: DESTILERÍA

Por el presente documento se acredita que:

Razón Social:

Ha cumplido con los requisitos para la inscripción que lo habilita para ejercer la actividad de: DESTILERÍA

Domicilio real en:

Localidad / Distrito:

Departamento / Partido:

Provincia:

Quedando inscripto en los registros del INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA con el Nº: XXXXXX


IF-2024-97946032-APN-DNF#INV