ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 683/2024

Resolución RESOL-2024-683-APN-ENRE#MEC

ACTA N° 1958

Expediente EX-2022-35001495-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 24 de SEPTIEMBRE de 2024

El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:

1.- Dar a publicidad la solicitud de ENERGÍA DE CATAMARCA SOCIEDAD ANÓNIMA CON PARTICIPACIÓN ESTATAL MAYORITARIA (EC SAPEM), a través de la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA POR DISTRIBUCION TRONCAL DEL NOROESTE ARGENTINO (TRANSNOA S.A.), para el otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública (CCyNP) de la obra consistente en la instalación de UN (1) nuevo transformador de potencia N° 2 - 132/33/13,2 kV - 30 MVA con sus campos de transformación y DOS (2) campos de salida de línea en 132 kV, con CINCO (5) salidas de distribuidor en 33 kV y DOS (2) salidas de 13,2 kV en la ET Pantanillo; su vinculación mediante una doble terna a la apertura de una de las ternas San Martin - Valle Viejo a la altura del Aeropuerto F. Varela; y la restitución de la antigua configuración San Martín - Catamarca, Provincia de Catamarca.

2.- La publicación ordenada en el artículo 1 de este acto se realizará mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), requiriendo a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga en la suya, ambas publicaciones por un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, y por DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia difusión donde las obras se construirán o donde puedan afectar eléctricamente; otorgando un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos, desde la última publicación efectuada, para que, quien lo considere procedente, presente observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo, por escrito, ante el ENRE.

3.- Establecer que, en caso de existir presentaciones fundadas, comunes entre varios usuarios, se convocará a una Audiencia Pública para permitir a las partes contestarlas y exponer sus argumentos.

4.- Disponer que, operado el vencimiento de los plazos fijados en el artículo 2 del presente acto sin que se registren presentaciones de oposición fundadas en los términos descriptos, se considerará otorgado el CCyNP para la Ampliación referida en el artículo 1 y se procederá a indicar esta condición en el Registro Informativo de Ampliaciones del Sistema de Transporte y Distribución de la página web del ENRE e informar a las partes.

5.- EC SAPEM deberá dar cumplimiento a los requerimientos técnicos efectuados por CAMMESA, TRANSNOA S.A., el Departamento Ambiental y el Departamento de Seguridad Pública del ENRE.

6.- Notifíquese a EC SAPEM, TRANSNOA S.A., CAMMESA y al ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS Y OTRAS CONCESIONES DE CATAMARCA.

7.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Firmado: Interventor del ENRE, Lic. Darío O. Arrué.-.

Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaría del Directorio.

e. 25/09/2024 N° 66794/24 v. 25/09/2024