ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 683/2024
Resolución RESOL-2024-683-APN-ENRE#MEC
ACTA N° 1958
Expediente EX-2022-35001495-APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 24 de SEPTIEMBRE de 2024
El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:
1.- Dar a publicidad la solicitud de ENERGÍA DE CATAMARCA SOCIEDAD
ANÓNIMA CON PARTICIPACIÓN ESTATAL MAYORITARIA (EC SAPEM), a través de
la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGIA ELECTRICA POR DISTRIBUCION TRONCAL
DEL NOROESTE ARGENTINO (TRANSNOA S.A.), para el otorgamiento del
Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública (CCyNP) de la obra
consistente en la instalación de UN (1) nuevo transformador de potencia
N° 2 - 132/33/13,2 kV - 30 MVA con sus campos de transformación y DOS
(2) campos de salida de línea en 132 kV, con CINCO (5) salidas de
distribuidor en 33 kV y DOS (2) salidas de 13,2 kV en la ET Pantanillo;
su vinculación mediante una doble terna a la apertura de una de las
ternas San Martin - Valle Viejo a la altura del Aeropuerto F. Varela; y
la restitución de la antigua configuración San Martín - Catamarca,
Provincia de Catamarca.
2.- La publicación ordenada en el artículo 1 de este acto se realizará
mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA
ELECTRICIDAD (ENRE), requiriendo a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL
MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga en la
suya, ambas publicaciones por un plazo de CINCO (5) días hábiles
administrativos, y por DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia
difusión donde las obras se construirán o donde puedan afectar
eléctricamente; otorgando un plazo de DIEZ (10) días hábiles
administrativos, desde la última publicación efectuada, para que, quien
lo considere procedente, presente observaciones u oposiciones sobre la
base de la existencia de perjuicios para el mismo, por escrito, ante el
ENRE.
3.- Establecer que, en caso de existir presentaciones fundadas, comunes
entre varios usuarios, se convocará a una Audiencia Pública para
permitir a las partes contestarlas y exponer sus argumentos.
4.- Disponer que, operado el vencimiento de los plazos fijados en el
artículo 2 del presente acto sin que se registren presentaciones de
oposición fundadas en los términos descriptos, se considerará otorgado
el CCyNP para la Ampliación referida en el artículo 1 y se procederá a
indicar esta condición en el Registro Informativo de Ampliaciones del
Sistema de Transporte y Distribución de la página web del ENRE e
informar a las partes.
5.- EC SAPEM deberá dar cumplimiento a los requerimientos técnicos
efectuados por CAMMESA, TRANSNOA S.A., el Departamento Ambiental y el
Departamento de Seguridad Pública del ENRE.
6.- Notifíquese a EC SAPEM, TRANSNOA S.A., CAMMESA y al ENTE REGULADOR DE SERVICIOS PÚBLICOS Y OTRAS CONCESIONES DE CATAMARCA.
7.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Firmado: Interventor del ENRE, Lic. Darío O. Arrué.-.
Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaría del Directorio.
e. 25/09/2024 N° 66794/24 v. 25/09/2024